Banco de Chile
GERENCIA GENERAL
Santiago, diciembre 14 de 2011
008340
Señor
Fernando Coloma Correa
Superintendente de Valores y Seguros
Presente
Ref: HECHO ESENCIAL. Emisor: BANCO DE CHILE
Señor Superintendente:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley N° 18.045 y el Capítulo 18-10 de la Recopilación Actualizada de Normas de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, informo como hecho esencial respecto de esta institución que con fecha 12 de diciembre en curso, el Banco de Chile y su filial Banchile Corredores de Seguros Limitada, han acordado con Banchile Seguros de Vida S.A. prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2012 los siguientes convenios en materia de seguros:
1. Convenio de Intermediación suscrito entre la sociedad filial Banchile Corredores de Seguros Limitada y la sociedad relacionada Banchile Seguros de Vida S.A.
2. Convenios suscritos por Banco de Chile con Banchile Seguros de Vida S.A.:
a) Convenio de Recaudación, Cobranza y Administración de Datos.
b) Convenio de Uso de Canales de Distribución.
c) Convenio de Uso de Marca Banchile.
d) Convenio de Desgravamen.
3. Acuerdo Marco para Banca Seguros suscritos entre Banco de Chile, Banchile Corredores de Seguros Limitada y Banchile Seguros de Vida S.A.
Se hace presente que Banchile Seguros de Vida S.A. es una empresa relacionada al Banco de Chile de acuerdo a lo previsto en el artículo 146 de la Ley sobre Sociedades Anónimas. A su turno, Banchile Corredores de Seguros Limitada es una sociedad filial del Banco de Chile, constituida de acuerdo al artículo 70 letra a) de la Ley General de Bancos.
Saluda atentamente a Ud.
/ N A a,
Arturo Taglé Quiroz
Gerente General
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=32a9cc7b717ee63e539ebb6967525580VFdwQmVFMVVSWGxOUkVVelRtcHJlazVCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909