Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

CESCE CHILE ASEGURADORA S.A. 2011-07-07 T-17:12

C

CESCECHILE

GRUPO CESCE
Santiago 07 de Julio de 2011
GG/11083
Señor
Fernando Coloma Correa
Superintendente
Superintendencia de Valores y Seguros
Presente

REF. Comunica Hecho Esencial.

De mi consideración:

De conformidad con lo señalado en el numeral 1.1.4.4 de la Circular N* 991 de esa
Superintendencia, cumplo con comunicar que al día 20 de Junio del presente año los
accionistas de la Compañía de Seguros Cesce Chile S.A., han decidido no enterar el
saldo de aumento de capital acordado en Junta General Extraordinaria de Accionistas
celebrada el 20 de Junio de 2008. Esta circunstancia significa que el capital suscrito y
pagado actual de la sociedad es la suma de $2.523.266.213 dividido en 1.257.509
acciones. En cumplimiento de las formalidades exigidas por el artículo 33 del
reglamento de la Ley de Sociedades Anónimas, adjuntamos copia autorizada de la
declaración exigida por dicha disposición.

Saluda atentamente a usted,

a
Julio Espihoza T.
Gerente General
CESCE CHILE ASEGURADORA S.A.

JAIME MORANDE ORREGO

ABOGADO – NOTARIO PUBLICO
AMUNATEGUI N* 361
Santiago – Chile
e-mail: jmorandeO notariamorandeorrego.cl

1| Rep n*2513-2011

3 DECLARACION DISMINUCION DE A A
vá) SERVICIO DE ->

a ¡08 IMPUESTOS INTERNOS!

3 DE PLENO DERECHO 2 Uf iu 70

| [riscos]
e |Fscalizanos] $

7 CESCE CHILE ASEGURADORA S.A. – lo:

| REERERRKERAKAAEREAKAERREARARE RAR RAEE REA AREA RE RARE

10 EN SANTIAGO DE CHILE, a treinta dias del mes de Junio Del año dos mil
Y once, ante mí, JAIME MORANDE ORREGO, Notario Público, Titular de la

f| Décimo Séptima Notaría de Santiago, con oficio en Amunátegui trescientos

sesenta y uno, comparece don JULIO ESPINOZA TORO, chileno, casado,

Ni

ingeniero civil, cédula nacional de identidad número seis millones quinientos

cincuenta y seis mil ochocientos diecisiete guion nueve , en su carácter de
E a ¿Gerente General de la sociedad CESCE CHILE ASEGURADORA S.A.,
í sociedad anónima cerrada, del giro de su denominación, Rol Unico Tributario
18 número setenta y seis millones quince mil quinientos noventa y dos guion seis,
19 domiciliado en calle Apoquindo número cuatro mil uno, oficina doscientos uno,
20 comuna de Las Condes y ciudad de Santiago; mayor de edad, quien acredita
21| su identidad con la cédula anteriormente citada y expone: PRIMERO: Con fecha
22 quince de febrero de dos mil ocho , por escritura pública otorgada ante el
7 Notario de Santiago don ANDRES RUBIO FLORES, se constituyó la sociedad

CESCE CHILE ASEGURADORA S.A. Un extracto de dicha escritura fue
22 debidamente inscrito a fojas catorce mil ochocientos noventa número diez mil
A ciento siete del Registro de Comercio de Santiago, correspondiente el año dos

mil ocho. El estatuto social ha sido objeto de una sóla modificación, acordada
7 en la Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada el día veinte de

Junio de dos mil ocho, cuya Acta fue reducida a escritura pública con fecha

30 treinta de junio de dos mil ocho, en la Notaría de Santiago de don FELIX JARA

CoMociMEGAV22271.2011.6 dis cesce.doc

1 CADOT y cuyo extracto fue inscrito a fojas cuarenta y cuatro mil quinientos
veintiocho numero treinta mil seiscientos cincuenta y siete del Registro de
Comercio de Santiago correspondiente al año dos mil ocho. En esta última
escritura referida, la Junta Extraordinaria de Accionistas acordó aumentar el
capital social en la suma de seiscientos dos millones ciento cuarenta y un mil
cuatrocientos cuarenta pesos, mediante la emisión de trescientos veinte mil
doscientos ochenta y ocho acciones sin valor nominal de mil ochocientos
ochenta pesos cada una, que serían ofrecidas preferentemente a los
accionistas de la sociedad y que debían ser canceladas al contado, en dinero
efectivo y el saldo, en un plazo máximo de tres años contados desde su
suscripción.- SEGUNDO: Que según consta en los registros contables de la
sociedad, que el aumento de capital acordado en el año dos mil ocho se
suscribió y pagó parcialmente, colocándose solamente doscientos cincuenta y
siete mil quinientos nueve de las trescientos veinte mil doscientos ochenta y.
ocho acciones que se emitieron; razón por la cual, con fecha veinte de junio de
dos mil once, venció el plazo legal de tres años para pagar el aumento del
capital social acordado, produciéndose una disminución de capital de pleno
derecho en conformidad a lo dispuesto en el artículo once de la Ley dieciocho
mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas. De este modo, por el sólo
transcurso del plazo, el capital social de CESCE CHILE ASEGURADORA S.A.
quedó reducido de pleno derecho al monto efectivamente suscrito y pagado a
esa fecha, esto es, a la suma de dos mil quinientos veintitrés millones
doscientos sesenta y seis mil doscientos trece pesos.- CUARTO: Que en virtud
de lo anteriormente expuesto y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo treinta y tres del Reglamento de Sociedades Anónimas, contenido en el
Decreto Supremo número quinientos ochenta y siete del Ministerio de Hacienda,
del año mil novecientos ochenta y dos, don JULIO ESPINOZA TORO, en su
calidad de Gerente General de la sociedad, viene en dejar constancia que, con
fecha veinte de junio de dos mil once, el capital social de CESCE CHILE

ASEGURADORA S.A. quedó disminuido de pleno derecho a la suma de dos mil
RO

2

JAIME MORANDE ORREGO
ABOGADO – NOTARIO PUBLICO
AMUNATEGUI N* 361
Santiago – Chile
e-mail: jmorandeQnotariamorandeorrego.cl

4 pesos, dividido en un millon doscientos cincuenta y siete mil quinientos nueve
acciones.- QUINTO: Se faculta al portador de copia autorizada de la presente
escritura para requerir las inscripciones, subinscripciones o anotaciones
9 marginales que corresponda en el Registro de Comercio respectivo.- La
% personería de don Julio Espinoza Toro, como Gerente General de la sociedad
Cesce Chile Aseguradora S.A., consta de la escritura pública otorgada con
% fecha veitidos de febrero del año dos mil once en la Notaría de Santiago de don
1 Jaime Morande Orrego.- La presente escritura ha sido extendida según minuta
redactada por el abogado don IGOR KLIWADENKO MALIC.- En comprobante y
previa lectura firman.- Se da copia.- Anotada en el Libro de rfponoro con el

Úúmero dos mil quinientos trece guion dos mil once. Doy fe.-

A

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JULIO ESPINOZA TORO

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z3 SE OTORGA LA PRESENTE COPIA SIN AUTORIZAR PGR VEL NOTARIO PARA

24/ REQUERTR DEL S:I:I: CERTIFICADOS: PERTINENTES: , JULIO 6 del 2011:

C:docIMEGA122271.2011,6 dis cesce.doc

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=945819e0ff81c92b139f3244668bab07VFdwQmVFMVVRVE5OUkVWM1RYcG5lVTlCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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