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CASINO TERMAS DE CHILLAN S.A. 2013-10-03 T-15:46

C

MI A

2013100082845
03/10/2013 – 15:46 Operador: OJORQUE

Nro. Inscrip:175i – CENTRO DE DOCUMENTACION
SUPERINTENDENCIA
VALORES Y SEGUROS

TT

TERMAS CHILLAN

Chillán, 02 de Octubre de 2013

Señores
Superintendencia de Valores y Seguros
Alameda N*1449, piso 8?

Santiago.

Ref. : Comunica hechos esenciales.

Estimados señores:

En conformidad a lo dispuesto en el artículo 10? de la Ley 18.045, Ley de Mercado de
Valores, y a lo dispuesto en la Norma de Carácter General N*30 de 1989 y sus
modificaciones posteriores, emitida por la Superintendencia de Valores y Seguros, y
de acuerdo a las facultades e instrucciones que me fueron conferidas por sesión de
directorio de fecha 02 de Octubre de 2013 de la sociedad CASINO TERMAS DE
CHILLÁN S.A., en mi calidad de Gerente General de la misma, vengo en comunicar
los hechos esenciales siguientes.

La sociedad CASINO TERMAS DE CHILLÁN S.A. presentó el día 25 de Septiembre
de 2013 a la Superintendencia de Casinos de Juego, renuncia al permiso de
operación de casino de juego en la comuna de Pinto, que le fue concedido a la
sociedad por resolución exenta N*177 de fecha 21 de Julio de 2006, emitida por la
Superintendencia de Casinos de Juego, renuncia que se encuentra en trámite y que
requiere ser aceptada por el Consejo Resolutivo para hacerse efectiva en conformidad
a la ley 19.995 y su reglamento,

La sociedad CASINO TERMAS DE CHILLÁN S.A. procederá, a partir de las 02:00 am
del día 03 de Octubre de 2013, a suspender la operación del casino de juego que
actualmente opera, en cumplimiento de lo decretado por la Superintendencia de

Casinos de Juego, mediante resolución exenta N*443 de fecha 30 de Septiembre de
2013, que le fue notificada hoy.

La suspensión de operación del casino de juego ha sido decretada por el plazo de 120
días corridos desde su notificación, sin perjuicio de que dicho plazo podrá ser
ampliado por la Superintendencia de Casinos de Juego, como indica la resolución
antes citada. Además, y como indica la misma resolución, lo anterior es sin perjuicio
de lo que resuelva el Consejo Resolutivo sobre la renuncia presentada por la sociedad
operadora.

Sin otro particular, les saluda atentamente,

Humbert artoñp Donoso
Gerente (General
Casino Termas de Chillán S.A.

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=43a5b4e7fe173e69304b98bdd67c0f8eVFdwQmVFMTZSWGROUkVFMVRXcG5NRTVSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

Por Hechos Esenciales
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