Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

CARBONIFERA VICTORIA DE LEBU S.A. 2013-03-13 T-16:15

C

GQ CARVILE S.A.
CARBONIFERA VICTORIA DE LEBU S,A.

GG N’ 20/2013.
HECHO ESENCIAL
CARBONIFERA VICTORIA DE LEBU S.A.
CARVILE S.A.
REGISTRO DE VALORES N’ 0355
Lebu, 13 de Marzo de 2013.
Señor

Fernando Coloma Correa
Superintendente de Valores y Seguros
Avenida Bernardo O”Higgins N* 1449, Piso 9

Santiago.

MAT.: Comunica citaciones a Juntas Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de Carbonífera Victoria
de Lebu_S.A.

De nuestra consideración:

Cumplo con informar a Usted, debidamente facultado por el Directorio, que en Sesión Ordinaria de
Directorio de Carbonífera Victoria de Lebu S.A. N* 418, celebrada el día 12 de Marzo del año en curso, el
Directorio acordó citar a Juntas Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas para el día 11 de Abril de 2013,
las que se celebrarán en las oficinas del Sistema de Empresas – SEP – ubicadas en calle Monjitas N* 392,
Piso 12, Santiago, a las 09:00 horas la Junta Ordinaria e inmediatamente a continuación de realizada la
primera, la Junta Extraordinaria, a fin de conocer y pronunciarse sobre las materias que se señalan a
continuación:

OBJETO DE LA JUNTA ORDINARIA DE ACCIONISTAS:

1.- Pronunciarse sobre la Memoria, Balance y demás Estados Financieros e Informe de los
Auditores Externos e Inspectores de Cuentas, correspondientes al ejercicio finalizado al 31 de
diciembre de 2012.

2.- Fijación de la remuneración de los Directores.

3.- Designación de Auditores Externos y de Inspectores de Cuentas para el ejercicio 2013.

4.- Tratar las demás materias que competen a esta Junta Ordinaria conforme a la Ley y a los
Estatutos de la Sociedad.

OBJETO DE LA JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS:

1.- Dejar sin efecto el último aumento de capital acordado por la Junta Extraordinaria de Accionistas
celebrada el 02 de Octubre de 2012, en la parte no suscrita y pagada a la fecha de la Junta y
efectuar las modificaciones estatutarias que procedan, en su caso;

2.- Disolución anticipada y liquidación de la sociedad;

3.- En caso de aprobarse la materia que precede, designar una Comisión Liquidadora y determinar
sus facultades, obligaciones, remuneración y plazo para cumplir su cometido;

4.- Adoptar todos los demás acuerdos que sean necesarios y procedentes para llevar adelante y
formalizar legalmente lo que decida la Junta, con relación a las materias que preceden.

Sin perjuicio de lo informado precedentemente, la comunicación a que se refiere el artículo 63 de la Ley N?
18.046, se enviará oportunamente a esa Superintendencia.

Saluda atentamente a Ud.,

Cord
erente General”

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=51444ec123d6fd1f39ff6745a355a69dVFdwQmVFMTZRWHBOUkVGNVRXcFplazFCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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