Resumen corto:
Caja Reaseguradora de Chile S.A. cede cartera de contratos a MAPFRE Compañía de Seguros de Vida de Chile S.A. Contrato firmado el 17/05/2024, vigente desde el 01/06/2024. Marcelo Ulloa Chacón, Gerente General.
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CAJA – REASEGURADORA (2) DE CHILE Sistema MAPFRE
Santiago, 20 de mayo de 2024
Señora
Solange Bernstein Jáuregui Presidente
Comisión para el Mercado Financiero Presente
Ref.: Comunica Hecho Esencial
De nuestra consideración:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley N* 18.045 sobre Mercado de Valores, Norma de Carácter General N* 30, Circulares N* 662 y 991 de la Comisión para el Mercado Financiero (la Comisión), y demás normativa aplicable, y en concordancia con lo informado a esta Comisión mediante hechos esenciales de fecha 19 de diciembre de 2023 y 18 de marzo de 2024, actuando debidamente facultado al efecto, y en representación de Caja Reaseguradora de Chile S.A. (en adelante la “Sociedad), comunico a usted en calidad de hecho esencial lo siguiente:
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 27 del Decreto con Fuerza de Ley N* 251 de 1931, y en la Circular N* 925 de 1990 (la Circular 925), y habiéndose cumplido los términos y condiciones acordados por la Sociedad y MAPFRE COMPAÑIA DE SEGUROS DE VIDA DE CHILE S.A (MAPFRE) en el Contrato de Promesa de Cesión de Cartera celebrado entre dichas partes por escritura pública de fecha 19 de diciembre de 2023, el cual fue autorizado por esta Comisión mediante Resolución Exenta N* 2634 de fecha 15 de marzo de 2024, informamos a Usted que con fecha 17 de mayo de 2024, se celebró, por escritura pública, el Contrato de Cesión de Cartera de Contratos de Reaseguros (en adelante, el Contrato de Cesión).
Cabe señalar que conforme lo indicado en el Contrato de Cesión, la cesión producirá todos sus efectos legales a partir de las 00:00 horas del primer día del mes inmediatamente siguiente a aquel en que se celebre el mismo, esto es, el día 01 de junio de 2024 (Fecha de la Cesión). A partir de la Fecha de la Cesión, la Sociedad dejará de tener responsabilidad por aquellos contratos de reaseguros traspasados a MAPFRE, asumiendo esta última, frente a los respectivos reasegurados, todas las obligaciones asociadas a los mismos.
La cesión que da cuenta el Contrato de Cesión no grava los derechos de los reasegurados bajo los contratos de reaseguro cedidos ni modifica sus garantías.
Por último, y de acuerdo a lo dispuesto en la Circular 925, dentro del plazo de 10 días contado desde el día 17 de mayo de 2024, remitiremos a esta Comisión, copia del Contrato de Cesión y de los documentos que se protocolizaron junto con su otorgamiento.
Sin otro particular, saluda atentamente a usted,
Av. Apoquindo 4499 – 8 Piso – Teléfono 22338 1300 – Santiago – Chile CAJA – REASEGURADORA (6?) DE CHILE Sistema MAPFRE
CAJA REASEGURADORA DE CHILE S.A.
Marcelo Ulloa Chacón Gerente General
Av. Apoquindo 4499 – 8 Piso – Teléfono 22338 1300 – Santiago – Chile
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=2dfe7dfad527871d3639abb0f18d505aVFdwQmVVNUVRVEZOUkVrelQxUm5NazlCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1716243001