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CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR LA ARAUCANA 2018-05-24 T-13:46

C

HECHO ESENCIAL La Araucana

CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LA ARAUCANA
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE VALORES N? 1.043

GGEN 0258

Santiago, 24 de mayo de 2018

Señor

Joaquín Cortez Huerta

Presidente

Comisión para el Mercado Financiero
Presente

De nuestra consideración:

En virtud de lo establecido en el artículo 9 y el inciso segundo del artículo 10 de la Ley N* 18.045,
y demás normas vigentes, y encontrándome debidamente facultado por el directorio de Caja de
Compensación de Asignación Familiar La Araucana (en adelante también “Caja La Araucana”), por
medio de la presente comunico a Ud. como hecho esencial lo siguiente:

1. Que en Directorio de Caja La Araucana celebrado con fecha 22 de mayo del presente, se ha
tomado conocimiento de las estimaciones de su Administración sobre el impacto que
genera la aplicación del dictamen N? 3.646, de 2 de febrero de 2017 (en adelante también el
“Dictamen”), complementado por el Dictamen N? 8.591, de 13 de marzo de 2017, ambos
de la Contraloría General de la República y cuya legalidad fue declarada por la Excma.
Corte Suprema, en fallo de 18 de marzo de 2018, al resolver el recurso de apelación de la
acción de protección pertinente.

2. Que ante el referido Dictamen, la Superintendencia de Seguridad Social (en adelante
también la “SUSESO”), emitió con fecha 23 de abril, la circular N*3355 (en adelante
también la “Circular”), en virtud de la cual esta última resolvió modificar la Circular
N*2.052 de 2003, que regula el Régimen de Prestaciones de Crédito Social, en lo que dice
relación con la solicitud y otorgamiento de dicha prestación, tratándose de funcionarios de
organismos públicos afiliados que se rijan por las disposiciones contenidas en la Ley
18.834,

3. Que con esta nueva normativa, la Contraloría General de la República resolvió cambiar su
jurisprudencia sostenida desde el año 2010 en la materia, indicando que los descuentos de
cuotas de crédito social, otorgados a los funcionarios públicos afiliados a las Cajas de
Compensación de Asignación Familiar, sometidos al Estatuto Administrativo de la Ley
N*18.834, no tenían naturaleza legal sino voluntaria. Esto implica una alteración en las
reglas con las cuales todas las Cajas han venido operando por años. De esta forma, los
descuentos por concepto de créditos sociales que soliciten de ahora en adelante los
funcionarios afiliados indicados precedentemente, no podrán exceder el 15% de su
remuneración líquida, límite previsto por la citada norma para todos los descuentos de
carácter voluntario. Hasta ahora y por tratarse de un descuento obligatorio, el límite era de
un 25%.

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La Araucana

4. Esta normativa ha entrado en vigencia con fecha 10 de mayo de 2018, habiéndose

notificado con fecha 9 de mayo de 2018 el respectivo cúmplase a lo resuelto por la Excma.
Corte Suprema. Lo anterior es consistente con lo dispuesto en la Circular de la SUSESO.

A diciembre de 2017, la cartera de afiliados de Caja La Araucana afectos a este fallo,
ascendía a $36.092MM, un 10.02% del total de cartera de Crédito Social. Atendido el
nuevo límite de endeudamiento, se estima un impacto de disminución en las nuevas
colocaciones de crédito social en hasta un 13% del total de colocaciones de la cartera.
Asimismo, ante este escenario, durante el 2018, se proyecta una disminución de la cartera
afecta en $6.389MM comparada con la existente a Diciembre 2017. Esta disminución
estimada de cartera, produce un menor ingreso proyectado de intereses y seguros de
$595MM y un aumento estimado en deterioro por riesgo de crédito de $1.131MM, para el
ejercicio 2018.

Finalmente, Caja La Araucana está estudiando las medidas comerciales, legales y
administrativas procedentes para revertir los efectos de la normativa en examen, y
requerirle a la SUSESO aclaración de algunos aspectos del procedimiento fijado en la
Circular N* 3355. Asimismo, mantendrá informados a sus afiliados y al mercado en general
de cualquier situación que afecte o cambie las estimaciones entregadas en el presente hecho
esencial.

Saluda atentamente a Ud.

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Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=c9f764019a957c209666c51445fad0e7VFdwQmVFOUVRVEZOUkVFMVRYcEZNVTFSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108

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