a Araucana
CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LA ARAUCANA
INSCRIPCIÓN EN REGISTRO DE VALORES N*1.043
HECHO ESENCIAL
GGEN 1045
Santiago, 04 de noviembre de 2016
Señor
Carlos Pavez Tolosa
Superitendente
Superintendencia de Valores y Seguros
Presente
Ref: Comunica Hecho Esencial
De nuestra consideración:
En virtud de lo establecido en el articulo 9 e inciso segundo del articulo 10 de la Ley N*18,045
y en cumplimiento a la Norma de Carácter General N*30 de esa Superintendencia, por la
presente vengo en comunicar a Ud., en carácter de hecho esencial lo siguiente:
En sesión de Comisión de Acreedores del 03 de noviembre de 2016, se acordó publicar,
además, como Hecho Esencial, el informe debidamente publicado con fecha 19 de octubre de
2016 en el Boletín Concursal de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, que
certifica al 28 de septiembre de 2016 el cumplimiento de las obligaciones de hacer,
obligaciones de no hacer y Covenants en el marco del Acuerdo de Reorganización Judicial de
La Araucana CCAF, emitido por el Interventor Concursal Sr. Felizardo Figueroa Barrueco.
En lo que se refiere a las obligaciones de hacer que deben ser cumplidas durante los primeros
6 meses desde el 28 de marzo de 2016, fecha en la que se ejecutorió el Acuerdo, el informe da
cuenta del cumplimiento de cada obligación mencionada, informando asimismo, que para los
casos de las obligaciones de constitución de garantía hipotecaria y de la presentación del
informe de externalización de las áreas de salud y recreación, la Comisión de Acreedores ha
ampliado el plazo de dichas obligaciones en 30 días adicionales.
En cuanto a las obligaciones de carácter permanente, el Interventor Concursal informa que 7
de las 12 obligaciones que corresponde revisar a esta fecha, ya estarían cumplidas, En las
siguientes 4 obligaciones se informa que La Araucana se encuentra en proceso de
cumplimiento:
– – Contar con un sistema para la trazabilidad de los ingresos y egresos.
– Implementar la nueva estructura de gobiernos corporativos.
– – Entregar información verídica y correcta a la Comisión de Acreedores.
– Aplicar un modelo propio de provisiones basado en pérdida esperada.
Óx
Para el caso de la obligación de carácter permanente de cumplir trimestralmente con todos los
Covenants financieros y de cartera, el Sr. Felizardo Figueroa indica que la obligación se encuentra
incumplida, pero que La Araucana cuenta con un periodo de cura de 90 días para dar cumplimiento
con aquellos Covenants que a la fecha se encuentran fuera de los limites acordados
En lo que se refiere a obligaciones de no hacer, el informe certifica que La Araucana ha dado
cumplimiento a todas esas obligaciones detalladas en el Acuerdo de Reorganización Judicial.
Por último en lo referido a los Covenants financieros y de cartera, el Interventor Concursal indica que 3
Covenants están con el plazo de cura antes mencionado, entregando comentarios para cada uno de
ellos.
A mayor abundamiento, se adjunta a este Hecho Esencial el certificado emitido y publicado por el Sr.
Felizardo Figueroa.
Saluda atentamente a usted,
PU A 3
ROBERT RIVAS CARRILLO
Gerente General
FSR/mos
e a PPPMAXA$óÓó $ Pf
www.laaraucana.cl
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CABG-AAC-AAEDBCA
SR ra Nc Me
FIGUEROA MONTES ÁNINAT € CÍA
ABOGADOS
TELEFONO (56) 2 2754 3000
EMAI: abogadaglimizl WEI aww. lima!
Aroquisvo ygto, Piso 15, Las CONDES
SantraGo or Cante
Santiago, 3 de octubre de 2016
Señor
Robert Rivas C.
Interventor
CAJA DE COMPENSACION DE
ASIGNACION FAMILIAR LA ARAUCANA
PRESENTE
Ref: Certificación al 28 de septiembre de 2016, sobre el cumplimiento de las
obligaciones de hacer, obligaciones de no hacer y covenants del Acuerdo
de Reorganización Judicial.-
De mi consideración:
Por medio de la presente, sírvase encontrar la Certificaciones que como
Interventor Concursal me corresponde hacer al 28 de septiembre de 2016, en
virtud del Acuerdo de Reorganización Judicial suscrito entre la C.C.A.F. La
Araucana y sus acreedores en la Junta de Acreedores celebrada el pasado 10
de marzo de 2016 en causa Rol N* C-28472-2015 que conoce el Vigésimo Quinto
Juzgado Civil de Santiago.
Al respecto, el tenor del Acuerdo de Reorganización Judicial en su
numeral VIII.- señala expresamente (fojas 2.658 y siguiente) que *.. VIIL-
DESIGNACIÓN DE INTERVENTOR CONCURSAL DE LA EMPRESA DEUDORA: El
Interventor Concursal que se designe tendrá las siguientes facultades y deberes: 7.-
Certificar el debido cumplimiento de las obligaciones a ser ejecutadas durante la Primera
Fase por parte de la Empresa Deudora y de sus entidades relacionadas que fueren parte
del presente Acuerdo de Reorganización Judicial …”.
De acuerdo a dicha disposición y a lo ya informado en la Comisión de
Acreedores celebrada el pasado 28 de septiembre de 2016, procedo a informar
a usted sobre los siguientes aspectos que me corresponde certificar transcurrido
6 meses de celebrado el Acuerdo Concursal de Reorganización, a saber;
OA
|
CABG-AAC-AAEDBCA
AAA AS
FIGUEROA MONTES AÁNINAT £ CÍA
ABOGADOS
O DE LIMIENT
OBLIGACIONES DE HACER
OBLIGACIONES DE NO HACER
COVENANTS FINANCIEROS
TÍTULO XIll ACUERDO DE REORGANIZACIÓN JUDICIAL
OBLIGACIONES DE HACER Y COVENANTS FINANCIEROS
A. OBLIGACIONES DE HACER.-
1, Ob: e lir dentro de los primeros 6 meses de
aprobado el ARJ (fojas 2665-2666]
“ .. [a] Se deberá haber iniciado proceso de venta de Activos Prescindibles, previa
autorización por parte del respectivo acreedor hipotecario. Dicha obligación
implica la contratación y otorgamiento de un mandato de venta a uno o más
tercero(s) externo(s) especializados. La contratación del (los) referido([s) tercero(s),
la efectuará la Empresa Deudora, sobre la base de una terna elaborada por la
Comisión de Acreedores …”
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Cumple,
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Observaciones.
Formalización € i
La C.C.A.F. Araucana según carta GGEN 0935 de 27 de septiembre de 2016
acreditó a este Interventor Concursal, la contratación de Colliers como una de
las empresas que tienen mandato para la venta de los activos prescindibles.
Además, a la fecha, ya se concretó la venta del inmueble que se encuentra en
Angol.
“ … (b) Haber propuesto dentro de los plazos antes establecidos a la Comisión de
Acreedores el Listado de Activos Prescindibles Adicionales, con su respectiva
singularización y valoración, informando asimismo las tasaciones
correspondientes a cada uno de ellos …”
CABG-AAC-AAEDBCA
VEO Cn LOCA cl rca D
FIGUEROA MONTES ÁNINAT 8 CÍA
ABOGADOS
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Cumple,
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Observaciones,
Formalización Cumplimiento:
La C.,C.A.F, Araucana junto carta GGEN 0935 de 27 de septiembre de 2016
acompañó a este Interventor Concursal, la lista de los activos prescindibles
adicionales y sus respectivas tasaciones,
*… fe) “Constitución legal y registro en el o los organismos correspondientes de
pco las garantías que se constituyen según el Acuerdo de Reorganización
Judicial ….”
Nota: Para efectos de orden práctico y mejor comprensión, esta letra la hemos dividido
en 4 items diferentes.
cl) Hipoteca de Bienes Inmuebles
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
En Proceso
Observaciones Interventor Concursal:
A la fecha de hoy no se ha terminado de constituir las hipotecas a favor de los
acreedores del Acuerdo de Reorganización Judicial, pero se acordó última
Reunión de Comisión de Acreedores celebrada el 28 de septiembre de 2016,
otorgar un nuevo “waiver” hasta el 28 de octubre de 2016. Motivo por el cual, se
considera que esta obligación todavia está en proceso,
Formalización Cumplimiento:
La C.C.A.F. Araucana según carta GGEN 0935/A1c3 de 27 de septiembre de
2016 envió a este Interventor Concursal, el estado de cada contrato de hipoteca,
adjuntando los contratos debidamente inscritos respecto de 26 inmuebles en
los Conservadores de Bienes Raíces correspondientes, quedando en actual
proceso de inscripción 16 inmuebles de un total de 42 inmuebles.
CABG-AAC-AAEDBCA
PER
FIGUEROA MONTES ÁNINAT £ CÍA
ABOGADOS
c2) Endoso pagarés créditos sociales
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Cumple.
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Observaciones.
Formalización Cumplimiento:
La C.C.A.F, Araucana según carta GGEN 0935/A1lc1 de 27 de septiembre de
2016 adjuntó a este Interventor Concursal el certificado de la empresa Iron
Mountain, encargada de la custodia de los pagarés sociales, donde consta que
el 100% de dichos pagarés -con cierre de marzo 2016-, se encuentran debidamente
endosados.
C3) Prendas Comerciales
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Cumple.
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Observaciones.
Formalización Cumplimiento:
El Banco Agente y Agente de Garantías con fecha 28 de septiembre de 2016
certificó a este Interventor Concursal que dichas prendas comerciales se han
realizado conforme al Acuerdo de Reorganización Judicial.
* .. Banco de Crédito e Inversiones declara en su calidad de Banco Agente y Agente de
Garantías ….. (2) Respecto a las prendas comerciales sobre los saldos de las cuentas
corrientes de la agencia, éstas no son indicadas en la carta de la Caja. Sin embargo, BCI
en su calidad de Banco Agente y Agente de Garantias certifica que dichas prendas
comerciales se han realizado conforme a lo estipulado en el ARJ…”.
C4) da So 5;
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Cumple.
4
CABG-AAC-AAEDBCA
A
FIGUEROA MONTES ÁNINAT € CÍA
ABOGADOS
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Observaciones.
Formalización Cumplimiento:
La C.C.A.F. Araucana según carta GGEN 0935/A1c2 de 27 de septiembre de
2016 adjuntó a este Interventor Concursal la escritura pública de fecha 26 de
septiembre de 2016 otorgada en la notaría de Santiago de Francisco Javier Leiva
Carvajal, repertorio N*57.355-2016, que da cumplimiento a la obligación de
constitución de garantia por fianza y codeuda solidaria detallada en el párrafo
del numeral D del Acuerdo de Reorganización Judicial, constituyéndose como
garantes:
. Corporación de Educación La Araucana.
. Corporación de Recreación La Araucana.
. Corporación de Salud La Araucana.
“ … (dj Haber contratado un asesor externo idóneo que realice un estudio y
recomendación sobre la factibilidad y ventajas o desventajas de una fusión de la
Empresa Deudora con otra Caja de Compensación, el cual será entregado al
Directorio de la Empresa Deudora, al Interventor Concursal y a la Comisión de
Acreedores. El referido asesor será designado por la Empresa Deudora, a
propuesta en terna de la Comisión de Acreedores …”.
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Cumple.
Observaci rventor Concursal:
Según lo informado por la C.C.A.F. La Araucana en la última reunión de la
Comisión de Acreedores celebrado el pasado 28 de septiembre de 2016, el
estudio solicitado ECONSULT estaria terminado a finales del mes de octubre
próximo.
Formalización Cumplimiento:
La C.C.A.F. Araucana según carta GGEN 0935 /Ald de 27 de septiembre de
2016 dio cuenta a este Interventor Concursal que con fecha 19 de Agosto 2016
se contrató a ECONSULT para hacerse cargo de este estudio.
“ … (ej Haber contratado a un asesor externo idóneo, quien tendrá a su cargo
informar acerca de los beneficios y sobre la mayor eficiencia de la
externalización de ciertas áreas que desarrolla actualmente la Empresa
Deudora. El referido asesor será designado por la Empresa Deudora, a propuesta
en terna de la Comisión de Acreedores, a quien se le informará los términos del
mandato que se conflera para estos efectos. Dentro del plazo de 6 meses contado
0%
MR
CABG-AAC-AAEDBCA
A O a ri
FIGUEROA MONTES ÁNINAT € CÍA
ABOGADOS
desde la suscripción del presente Acuerdo de Reorganización Judicial, el asesor
externo deberá haber presentado un informe acerca de la externalización, y
transcurrido el plazo de 9 meses, el Interventor o el Directorio deberá
pronunciarse fundadamente al respecto e informar a la Comisión de Acreedores
”
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
En Proceso.
Observaciones Interventor Concursal:
Los asesores externos se encuentran contratados pero los estudios no han sido
finalizados, es por esto, que en la Comisión de Acreedores en la reunión
celebrada el 28 de septiembre de 2016, se acordó extender en 30 dias el plazo
para que estas empresas terminen los estudios,
La C.C.A.F. Araucana según carta GGEN 0935/Ale de 27 de septiembre de
2016, dio cuenta a este Interventor Concursal que el 02 de agosto de 2016 se
contrató a la empresa Altura Management y al Sr. Esteban Zárate para hacer
los estudios de externalización de la Corporación de Salud La Araucana y la
Corporación de Recreación La Araucana, respectivamente.
(f) Haber iniciado el proceso de registro en la Superintendencia de Valores y
Seguros de la emisión de bonos para la Primera Fase dentro del plazo de 90 días
prorrogables por la Comisión de Acreedores, contado desde la aprobación de este
acuerdo.
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Cumple.
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Comentarios.
Formalización Cumplimiento:
La C.C.A,F. Araucana según carta GGEN 0935/A1f de 27 de septiembre de 2016
dio cuenta a este Interventor Concursal que el 24 de junio de 2016, ingresó a
la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) la solicitud de Inscripción de la
Escritura de Emisión y Prospecto Legal del Bono Corporativo,
OA
CABG-AAC-AAEDBCA
o e cnc ANIOS
FIGUEROA MONTES ÁNINAT e: CÍA
ABOGADOS
(9) Haber ingresado a la SUSESO la propuesta de modificación de los estatutos
de la Empresa Deudora, con las propuestas de modificaciones del nuevo gobierno
corporativo.
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Cumple.
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Comentarios.
Formalización Cumplimiento:
La C.C.A.F. Araucana según carta GGEN 0935/A1g de 27 de septiembre de
2016 dio cuenta a este Interventor Concursal, que el 27 de julio de 2016 se
ingresó a la Superintendencia de Seguridad Social la Propuesta de Modificación
de Estatutos de La Araucana.
(h) Deberá haberse materializado los reforzamientos del equipo gerencial de la
Empresa Deudora, especialmente del área de riesgo. Dicha área dependerá y
reportará directamente al directorio de la Empresa Deudora.
Estado de cumplimiento al 23 de septiembre 2016:
Cumple.
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Comentarios.
Formalización Cumplimiento:
La C.C.A.F. Araucana según carta GGEN 0935/A1h de 27 de septiembre de
2016 dio cuenta a este Interventor Concursal del nuevo organigrama ejecutivo
de la empresa y adjuntó los CV de todos sus ejecutivos.
fij Deberá haber entregado a ACFIN o la entidad que lo reemplace toda la
información necesaria para el análisis histórico de la Cartera de Créditos de la
Empresa Deudora. ACFIN o la entidad que lo reemplace, deberá mantenerse
contratado durante toda la vigencia de este acuerdo.
CABG-AAC-AAEDBCA
PE e DC RO TcAnOr.
FIGUEROA MONTES ÁNINAT ee CÍA
ABOGADOS
Estado de cumplimiento al 23 de septiembre 2016:
Cumple.
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Comentarios.
E lización C ona
Se cuenta con correo electrónico de ACFIN que dice haber recibido la
información para empezar con el análisis de la cartera histórica,
U) Deberá haberse subsanado o haberse dado inicio al procedimiento de
subsanación de los reparos y observaciones efectuadas por los auditores
externos PwC, en caso de que subsistan a la fecha de aprobación del Acuerdo de
Reorganización.
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Cumple.
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Comentarios.
Formalización Cumplimiento:
La C.C.A.F. Araucana según carta GGEN 0935/A1j de 27 de septiembre de 2016
dio cuenta a este Interventor Concursal que sus Estados Financieros al 30 de
junio de 2016 fueron entregados a la Superintendencia de Valores y Seguros
(SVS] y publicados el 13 de septiembre de 2016.
En dicho informe el auditor externo Deloitte señala que *.. Durante el 2016 la
Sociedad ha continuado implementando aquellos controles que están permitiendo abordar
y reducir las deficiencias de control interno, que originaron las salvedades de los estados
financieros consolidados al 31 de diciembre 2015 y 2014, El detalle pormenorizado del
estado de avance se ha reportado en forma trimestra! a la Superintendencia de Valores y
Seguros y a la Superintendencia de Segundad Social …”
[k) Deberá haberse implementado un plan de relaciones con inversionistas
(“Investor Relations”) y haberse contratado o designado un encargado para el
mismo.
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Cumple.
3
Ml
CABG-AAC-AAEDBCA
TEO DA aci
FIGUEROA MONTES ÁNINAT £ CÍA
ABOGADOS
Observaciones Interv: 0
Sin Comentarios.
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Según Hecho Esencial GGEN 0930 publicado el 15/09/2016 en la
Superintendencia de Valores y Seguros, se designa a Francisco Sepúlveda como
Investor Relations € Corporate Finance.
La C.C.A.F. Araucana según carta GGEN 0935/A1k de 27 de septiembre de
2016 adjuntó a este Interventor Concursal, el plan de relación con los
inversionistas, el cual ya se ha puesto en marcha.
B.- OBLIGACIONES DE HACER DE CARÁCTER PERMANENTE.-
El Acuerdo de Reorganización Judicial establece que *… Durante la vigencia
del presente Acuerdo de Reorganización Judicial, la Empresa Deudora deberá dar
cumplimiento de forma permanente a las siguientes obligaciones de hacer:…”
*… 1. En cuanto a la venta de los Activos Prescindibles, respecto del remanente
indicado en la Primera Fase, la Empresa Deudora deberá abonar al menos
$11.000 millones, monto que parcialmente podrá provenir de prepagos o abonos
de fondos originados en la venta de activos prescindibles que se indican en el
Anexo 1 que se acompaña en un otrosí del presente Acuerdo de Reorganización
Judicial. Si no hubiere Activos Prescindibles enajenados por un monto suficiente
para pagar el referido porcentaje, la Empresa Deudora deberá proceder al pago
ya sea con el producto de la venta de otros activos que hubiere realizado durante
la Primera Fase, que correspondan a Activos Prescindibles Adicionales, según
éstos se definen más adelante, y si aun así el monto obtenido con las
enajenaciones no fuere suficiente, la Empresa Deudora deberá aplicar recursos
propios a dicho pago…”
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
No Aplica.
Observaciones Interventor Concursal:
No aplica al 28 de septiembre de 2016, debido a que se trata de una obligación
que se debe cumplir a final de la primera fase, esto es, en marzo 2017.
“ … 2. Se deberán suscribir conventos de subordinación respecto de los créditos
que la Empresa Deudora tenga con sus empresas o entidades relacionadas…”
CABG-AAC-AAEDBCA
TED 0 MANI A
FIGUEROA MONTES ÁNINAT de CÍA
ABOGADOS
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
No Aplica.
Observaciones Interventor Concursal:
No aplica, no se tiene deuda con empresas relacionadas, ya que la ley no lo
permite.
* ..3, Se deberá contar con un sistema de la más alta tecnología que tenga como
objetivo la trazabilidad de los ingresos y gastos de la Empresa Deudora…”.
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
En Proceso.
Observaciones Interventor Concursal:
Se llamará a Licitación antes del 30 de octubre, y en la próxima reunión de la
Comisión de Acreedores del próximo 13 de octubre de 2016, la C.C.A.F. La
Araucana dará cuenta de un cronograma de la licitación.
Comentarios Banco Agente:
El Banco Agente y Agente de Garantias con fecha 28 de septiembre de 2016
señaló a este Interventor Concursal que *… el uso que La Caja le ha dado al sistema
de cuentas establecido en el ARJ, no permite al Banco Agente llevar una adecuada
trazabilidad respecto de sus ingresos y gastos. Lo anterior impide monitorear
oportunamente los gastos operacionales y las nuevas colocaciones efectuadas por el
deudor, lo cual no se condice con el espíritu y los objetivos que el sistema de cuentas
pretende resguardar. Estimamos que de no contar con lo anterior, el Banco Agente se verá
imposibilitado de cumplir su rol de manera efectiva, lo que finalmente irá en directo
desmedro de los Acreedores. Consideramos imprescindible que se establezca un plan de
trabajo, con plazos y responsables claros, a efectos de lograr avances en esta
dirección…”.
“ … 4. Cumplir cabalmente con la entrega de la información financiera y
económica de la Empresa Deudora que requiera la Comisión de Acreedores o el
Interventor Concursal, mediante correo electrónico u otro medio escrito, dirigido
al interventor o al Gerente General, en su caso…”
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Cumple.
10
CABG-AAC-AAEDBCA
MUNRO
FIGUEROA MONTES AÁNINAT £ CÍA
ABOGADOS
Observaciones Interventor Concursal:
En la reunión de la Comisión de Acreedores N*8 celebrada el 14 de julio de 2016,
se acordó una lista de materias relacionadas con el Acuerdo de Reorganización
Judicial y el acontecer de la C.C.A.F. La Araucana, respecto de los cuales la
Comisión de Acreedores queria estar informada.
Concordándose con la C.C.A.F. La Araucana, que una vez al mes ella informaria
a la Comisión de Acreedores de resultados e indicadores de gestión, lo que se
comenzó a implementar desde fines de julio, El standard de la información
entregado por la C.C. A.F. La Araucana a la Comisión de Acreedores, ha ido
mejorando cada vez y se espera en el próximo trimestre estar con un sistema de
información consensuado y plenamente operacional,
*… 5, Mantener la contratación de ACFIN o una empresa similar, con el fin que
cumpla con las funciones que se establecen el presente Acuerdo de
Reorganización Judicial, entre las que se incluirá un seguimiento de toda la
cobranza de los Créditos Sociales otorgados por la Empresa Deudora …”.
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Cumple.
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Observaciones.
“… 6, Focalizar su actividad en el otorgamiento de créditos sociales y demás
actividades propias del giro que se establezcan en la normativa que regula el
funcionamiento de las Cajas de Compensación, optimizando otras actividades
que se consideren necesarias y complementarias, circunscritas a las áreas de
salud; recreación y apoyo a la educación, con exclusión de la explotación de
establecimientos educactonales de todo nivel Para efectos de lo anterior: (a) Las
inversiones en actividades que se consideren necesarias y complementarias,
distintas del crédito, deberán ser fundadas, estar contempladas en el
presupuesto y ser informadas por el Directorio o por Interventor a la Comisión
de Acreedores. [bj No se realizarán inversiones en activos correspondientes a
actividades que no se consideren necesarias y complementarias…”
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Cumple.
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Comentarios.
11
A
CABG-,
A tdo ber rra
FIGUEROA MONTES AÁNINAT € CÍA
ABOGADOS
Formalización Cumplimiento:
La C.C.A.F. Araucana según carta GGEN 0935/B de 27 de septiembre de 2016
dio cuenta a este Interventor Concursal afirma que se formalizó un plan de
cierre de empresas filiales a través de un Hecho Esencial publicado en la
Superintendencia de Valores y Seguros (SVS] el 23 de marzo de 2016. En los
Estados Financieros al 30 de junio 2016, ya se puede apreciar que existen 4
empresas que han sido declaradas como “operaciones descontinuadas” y otra
como “disponible a la venta”.
“ … 7, Implementar la nueva estructura de gobierno corporativo aprobada por la
SUSESO, y demás organismos públicos competentes, sobre la base de la
propuesta efectuada por el asesor externo actualmente contratado por la
Empresa Deudora…”
Estado de cumplimi i 16:
No Aplica.
Obse
Se debe esperar aprobación a la modificación de estatutos de la C.C.A.F, La
Araucana, por parte de la autoridad competente.
“… 8, Creación de un sistema específico de cuentas, que permita administrar las
recaudaciones provenientes de la venta de Créditos Sociales, de los Activos
Prescindibles y de los Activos Prescindibles Adicionales, cuyas características se
especifican en el Anexo 3…”
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Cumple,
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Observaciones
Comentario Banco Agente:
El Banco Agente y Agente de Garantias con fecha 28 de septiembre de 2016
señaló a este Interventor Concursal, lo siguiente: *… El uso que La Caja le ha dado
al sistema de cuentas establecido en el ARJ, no permite al Banco Agente llevar una
adecuada trazabilidad respecto de sus ingresos y gastos. Lo anterior impide monitorear
oportunamente los gastos operacionales y las nuevas colocaciones efectuadas por el
deudor, lo cual no se condice con el espintu y los objetivos que el sistema de cuentas
pretende resguardar. Estimamos que de no contar con lo anterior, el Banco Agente se verá
imposibilitado de cumplir su rol de manera efectiva, lo que finalmente irá en directo
desmedro de los Acreedores. Consideramos imprescindible que se establezca un plan de
12
CABG-AAC-AAEDBCA
e DM ICAA SPA
MIRA
FIGUEROA MONTES ÁNINAT £ CÍA
ABOGADOS
trabajo, con plazos y responsables claros, a efectos de lograr avances en esta
dirección…”,
*… 9, Dar cumplimiento del plan de venta de Activos Prescindibles y de Activos
Prescindibles Adicionales, en los términos establecidos en el N* 1 precedente…”
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Cumple.
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Comentarios.
* … 10. Entregar mensualmente información verídica y correcta en todos sus
aspectos sustanciales a la Comisión de Acreedores, al Agente de Garantías y al
Interventor acerca de las siguientes materias: (aj la evolución de los principales
indicadores de la Cartera de Créditos, validada por ACFIN o quien la reemplace;
y (b) el cumplimiento de indicadores de gestión asociados…”
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
En Proceso.
Observaciones Interventor Concursal:
Actualmente se está entregando con 90 días de desfase los informes de ACFIN,
por lo que la Comisión de Acreedores ha solicitado que se comprometa por parte
de la C.C.A.F. La Araucana fechas de entrega más cercanas a los 45 días que es
lo que se había acordado originalmente con la Comisión. Para ello, en la reunión
de la Comisión de Acreedores que se realizará el próximo 13 de octubre de 2016,
la C.C.A.F. La Araucana ha comprometido la entrega de un cronograma con las
entregas de ACFIN para los próximos 6 meses.
Comentario Banco Agente:
El Banco Agente y Agente de Garantías con fecha 28 de septiembre de 2016
señaló a este Interventor Concursal que *… (1) A la fecha existen discrepancias entre
La Caja y ACFIÍN y el Banco Agente, respecto de los criterios utilizados para el cálculo de
algunos covenants (especificamente, el “Índice de Recaudación” y el “Índice de
eficiencia”). Dicha diferencia lleva a ACFIN y BCl a determinar que el covenants “Indice
de Recaudación” se encuentra incumplido, mientras que La Caja determina que éste ha
sido cumplido satisfactoriamente (2) La declaración hecha por La Caja al entregar sus
EE.FF, de Junio 2016 a la SVS, se pronuncia sobre el cumplimiento de los covenants de
cartera “Índice de Mora” e “Índice de Recaudación”. Cabe señalar que ambos covenants
se calculan con la información entregada por ACFIN; a la fecha de publicación de dichos
los EE.FF., ACFIN aún no había publicado la información a Junio de 2016 [ésta estuvo
disponible recién el 27 de Septiembre de 2016) Sí bien La Araucana menciona esto en
13
CABG-AAC-AAEDBCA
PER e DM CA
FIGUEROA MONTES ÁNINAT e CÍA
ABOGADOS
una nota al pie, consideramos que cualquier opinión sobre los indicadores de cartera,
debe necesariamente hacerse con información que cumpla con los estándares y validación
propias del proceso de ACFÍN, por cuanto así lo dispone el ARJ en su Anexo N* 5…”
xx .. 11. Mantener la contratación de ACFIN u otra consultora especializada para
llevar un monitoreo permanente de la totalidad de su cartera de créditos, que
incluirá la elaboración de un due diligence legal y documentario sobre la misma,
hasta que se extinga la deuda pactada en el Acuerdo de Reorganización Judicial.
La terminación o modificación del contrato con ACFIN, o quien la reemplace,
requerirá del acuerdo de la Comisión de Acreedores…”
Est mplimiento al bre 2016:
Cumple.
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Comentarios.
“… 12. La Empresa Deudora aplicará un modelo de provisiones propio basado
en pérdida esperada que debe coexistir con el modelo normativo de la SUSESO.
Se constituirá como provisión adicional la diferencia que pudiere existir entre el
modelo normativo y el propio, con el tope del 20% que se establece en la Circular
N” 2588, de 11 de diciembre de 2009. Deberá además contar con una Unidad
especializada de riesgos, con los mejores estándares de la industria, y contratar
con un responsable idóneo para la misma…”
Estado de cumplimiento al 23 de septiembre 2016:
En Proceso.
Observaciones Interventor Concursal:
C.C.A.F. La Araucana expuso en la última reunión de la Comisión de Acreedores
celebrada el 28 de septiembre de 2016, el modelo de provisiones que está
corriendo en paralelo al de la SUSESO, cuyo modelo todavia no está operativo
para generar provisiones complementarias, atendido que aún se encuentra en
etapa de prueba,
“ … 13. Dar cumplimiento de manera trimestral a todos los covenants financieros
y de cartera que se establezcan en el presente Acuerdo de Reorganización
Judicial…”
umplimie de septiem 6:
No Cumple,
14
CABG-AAC-AAEDBCA
MER DOMINICANA ct cacas.
FIGUEROA MONTES ÁNINAT € CÍA
ABOGADOS
Observaciones Interventor Concursal:
Detalle en la sección de Covenants del presente informe.
* … 14, Dentro de los primeros 15 días del mes de enero de cada año, la Empresa
Deudora deberá informar a la Comisión de Acreedores acerca de los ingresos
registrados en sus cuentas de recaudación y sobre las clasificaciones de riesgo
emitidas por al menos dos compañias reconocidas en el mercado….”
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
No Aplica.
Observaciones Interventor Concursal:
No aplica hasta el 15 de enero 2017,
“…15. Elaborar un presupuesto anual consistente con los términos del presente
acuerdo, y entregarlo a la Comisión de Acreedores dentro de los quince primeros
días de cada año calendario durante la vigencia del Acuerdo de Reorganización
Judicial. Respecto del primer presupuesto anual, éste será expuesto verbalmente
a la Junta de Acreedores y entregado fisicamente al Interventor Concursal previo
a la respectiva junta deliberativa….”
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Cumple.
Observaciones Interventor Concursal:
Entregado al Interventor Concursal el 10 de marzo de 2016, dia en que se
aprobó el Acuerdo de Reorganización Judicial.
*. .., 16. Se deberá contar con clasificaciones de riesgo anual, por al menos 2
entidades clasificadoras de las inscritas en el registro pertinente de la
Superintendencia de Valores y Seguros…”
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Cumple,
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Observaciones.
15
MIRAN
CABG-AAC-AAEDBCA
MC adorno Crta merca
FIGUEROA MONTES ÁNINAT € CÍA
ABOGADOS
Formalización Cumplimiento:
Las últimas clasificaciones de riesgo fueron B+ por Feller Rate y B por
Humphreys.
Nota: En relación a las 16 obligaciones permanentes referidas
precedentemente, la C.C,A.F, Araucana según carta GGEN 0935/B de 27
de septiembre de 2016 informó el estado de dichas obligaciones a este
Interventor Concursal.
C.- OBLIGACIONES DE NO HACER.-
El Acuerdo de Reorganización Judicial establece que * .. Durante la vigencia del
presente Acuerdo de Reorganización Judicial, la Empresa Deudora no podrá realizar las
siguientes actuaciones, salvo autorización de la Comisión de Acreedores…”
* .. 1. Contratar nueva Deuda en condiciones más favorables de tasa, de
garantía y de plazo que las existentes en el presente Acuerdo de Reorganización
Judicial, en la medida que este último no implique un pago anterior a las
obligaciones que se establecen en virtud del presente Acuerdo de Reorganización
Judicial…”
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Cumple.
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Comentarios.
*… 2, No podrá adquirir activos fijos de carácter mueble por una suma superior
a UF 4.000.- [cuatro mil Unidades de Fomento) por cada adquisición, ni inmuebles
por una suma superior a UF 10.000.- (diez mil Unidades de Fomento) por año
calendario y por cada futuro acreedor. Tratándose de montos superiores a los
antes señalados, se podrán adquirir de común acuerdo entre la Empresa
Deudora y la Comisión de Acreedores. Se exceptúa de todo lo anteriormente
expuesto, la opción de compra que fuere ejercida respecto de contratos de
leasing, de acuerdo a lo establecido en los contratos de leasing que se encuentren
vigentes al momento de la aprobación del Acuerdo de Reorganización Judicial..”
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Cumple.
16
CABG-AAC-AAEDBCA
EE tr e rivetcacon
FIGUEROA MONTES ÁNINAT € CÍA
ABOGADOS
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Comentarios.
*.. 3. No podrá efectuar traspasos de fondos a filiales y/o empresas
relacionadas, salvo que dichos traspasos estén contemplados en el presupuesto
de la Empresa Deudora o se trate de costo de cierre de la filial y/o empresa
relacionada y se encuentren debidamente documentadas…”
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Cumple.
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Comentarios.
* .. 4% No podrá otorgar garantías hipotecarias a las filiales y/o empresas
relacionadas ni suscribir contratos de leasing con éstas…”
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Cumple.
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Comentarios.
Nota: En relación a las 16 obligaciones permanentes referidas
precedentemente, la C.C.A.F. Araucana según carta GGEN 0935/€ de 27
de septiembre de 2016 informó el estado de dichas obligaciones a este
Interventor Concursal.
D.- COVENANTS FINANCIEROS.-
El Acuerdo de Reorganización Judicial establece que “ … Los Covenants
Financteros tendrán medición trimestral, sobre los estados financieros
consolidados trimestrales de la Empresa Deudora, publicados en la
Superintendencia de Valores y Seguros y la información proporcionada por
ACFIN o por la empresa que la reemplace…”, y señala que *“… En su desarrollo
operacional y durante la vigencia del presente Acuerdo de Reorganización, la
Empresa Deudora deberá dar cumplimiento a las obligaciones o “Covenants
Financieros” que se expresan en el Anexo 5 al presente Acuerdo de
Reorganización Judicial..”.
17
Ll
CABG-AAC-AAEDBCA
De DOC be recaer
FIGUEROA MONTES ÁNINAT £ CÍA
ABOGADOS
1.- Cartera Neta / Deuda Neta:
* …. La Empresa Deudora deberá mantener el siguiente Covenant Financiero de
Cartera Neta / Deuda Neta: (ij a junio de 2016, no infertor a 0,90 veces; (ti) a
septiembre de 2016, no inferior a 0,90 veces; (iii) a diciembre de 2016, no inferior
a 0,90 veces; (iv) para el año 2017, no inferior a 0,95 veces; fu) para el año 2018,
no inferior a 1 vez; (vi) para el año 2019, no inferior a 1,05 veces; (vii) para el
año 2020, no inferior a 1,15 veces; (vtti) para el año 2021, no inferior a 1,25
veces; y (lx) para el año 2022 y para cada año posterior hasta el término de las
obligaciones bajo el presente Acuerdo de Reorganización Judicial, no inferior a
1,30 veces. Se entenderá por Cartera Neta / Deuda Neta el cuocilente de: (aj
Cartera de 0 a 360 días; menos stock de provisión de O a 360 días; y (b) Deuda
Financiera Total menos Efectivo y Equivalentes a Efectivo de los Estados
Financieros Consolidados Trimestrales de la Empresa Deudora, publicados en la
Superintendencia de Valores y Seguros…”
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Valor: 0,89. No Cumple.
Observaciones Interventor Concursal:
Se aplicará periodo de cura de 90 dias establecido en el Acuerdo de
Reorganización Judicial, el que señala Anexo N” 5 que *… En el evento de
incumplir alguno de los Covenants Financieros antes señalados, la Empresa
Deudora tendrá un plazo de 90 días para dar cumplimiento a los índices
exigidos. Si transcurrido este plazo no se hubiere subsanado el incumplimiento,
la Comisión de Acreedores podrá fijar un tiempo adicional de reparo; o bien,
quedará facultada para modificar él o los índices, sí las circunstancias
operacionales de la Empresa Deudora así lo aconsejaren…”
2.- Deuda Neta / Patrimonio:
“ … La Empresa Deudora deberá mantener el siguiente Covenant Financtero de
Deuda Neta / Patrimonio: (ij a funto de 2016, no superior a 4,5 veces; (li a
septiembre de 2016, no superior a 4,5 veces; (tii) a diciembre de 2016, no superior
a 4,5 veces; (tv) para el año 2017, no superior a 4 veces; (u) para el año 2018, no
supertor a 3,35 veces; (vi) para el año 2019, no superior a 2,8 veces; y (vii) para
el año 2020 y para cada año posterior hasta el término de las obligaciones bajo
el presente Acuerdo de Reorganización Judicial, no superior a 2,3 veces. Se
entenderá por Deuda Neta / Patrimonio el cuoclente de: (a) Deuda Financiera
Total; menos Efectivo y Equivalentes a Efectivo; y (b) Patrimonio, de los Estados
Financieros Consolidados Trimestrales de la Empresa Deudora, publicados en la
Superintendencia de Valores y Seguros….”
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Valor: 3.8, Cumple.
18
CABG-AAC-AAEDBCA
MIRE!
EIA AICA AA AA
FIGUEROA MONTES ÁNINAT € CÍA
ABOGADOS
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Comentarios.
3.- Gasto en Provisión:
“ … La Empresa Deudora deberá mantener el siguiente Covenant Financiero de
Gasto en Provisión: (ij a junto de 2016, no superior a 11%; (ti) a septiembre de
2016, no superior a 10,5%; (tti) a diciembre de 2016, no superior a 7,5%; (to) para
el año 2017, no superior a 6,5%; fu) para el año 2018, no superior a 5,7%; fut)
para el año 2019, no superior a 5%; y (vii) para el año 2020 y para cada año
posterior hasta el término de las obligaciones bajo el presente Acuerdo de
Reorganización Judicial, no superior a 4,8%. Se entenderá por Gasto en Provisión
el cuociente de: (a) Gasto en Provisión de los últimos 12 meses; y (bj) Cartera
promedio de los últimos cuatro trimestres, de los Estados Financieros
Consolidados Trimestrales de la Empresa Deudora, publicados en la
Superintendencia de Valores y Seguros…”
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Valor: 9,8%. Cumple.
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Comentarios.
4.- Índice de Mora:
“… La Empresa Deudora deberá mantener el siguiente Covenant Financtero de
Índice de Mora: (1) a junto de 2016, no supertor a 6,7%; (ti) a septiembre de 2016,
no superior a 6.1%; (tti) a diciembre de 2016, no superior a 5,6%; (tu) para el año
2017, no superior a 4,8%; y (v) para el año 2018 y para cada año posterior hasta
el término de las obligaciones bajo el presente Acuerdo de Reorganización
Judicial, no superior a 4,7%. Se entenderá por Índice de Mora el cuociente de: (a)
Cartera en Mora de 61 a 180 días; y (b) Cartera de O a 180 días, de la información
trimestral entregada por ACFIN o la empresa que la reemplace…”
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Valor: 7.6%. No Cumple.
Observaciones Interventor Concursal:
Se aplicará periodo de cura de 90 dias establecido en el Acuerdo de
Reorganización Judicial, el que señala Anexo N* 5, ya referido precedentemente.
19
CABG-AAC-AAEDBCA
A a Mc
rt ll
FIGUEROA MONTES ANINAT £ CÍA
ABOGADOS
5.- Índice de Recaudación:
“.. La Empresa Deudora deberá mantener el siguiente Covenant Financiero de
Índice de Recaudación: (ij a junio de 2016, no inferior a 4,8%; (ti) a septiembre
de 2016, no inferior a 4,8%; fiti) a diciembre de 2016, no inferior a 4,8%; y (tu)
para el año 2017 y para cada año posterior hasta el término de las obligaciones
bajo el presente Acuerdo de Reorganización Judicial, no inferior a 5%. Se
entenderá por Índice de Recaudación el promedio de cada mes del trimestre
respectivo, del cuociente de: (aj) Recaudación T; y (b) Cartera de T – 1, de la
información trimestral entregada por ACFIN o la empresa que la reemplace…”
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Valor: 4,72%, No Cumple
Observaciones Interventor Concursal:
Sobre este índice la Comisión de Acreedores y el Interventor Concursal han
considerado que el mismo no se cumple, Sin embargo existe la mejor disposición
para evaluar una modificación al modo de cálculo de este covenant, en atención
a que durante las negociaciones previas al Acuerdo de Reorganización Judicial,
hubo entrega de información por parte de la C,C.A,F, La Araucana que daria
cuenta que existiría un error de interpretación en el numeral plasmado en el
Acuerdo de Reorganización Judicial sobre este covenant. Para tal efecto,
durante el periodo de cura del mismo, se buscará una solución a la
interpretación de este covenant, el que seguramente será dirimido en una Junta
de Acreedores que se cite al efecto,
6.- ice de Eficiencia:
xx … La Empresa Deudora deberá mantener el siguiente Covenant Financiero de
Índice de Eficiencia: fi) a junio de 2016, no superior a 72%; (tij a septiembre de
2016, no superior a 72%; fiti) a diciembre de 2016, no superior a 72%; (tu) para
el año 2017, no superior a 74%; (u) para el año 2018, no superior a 68%; (vi) para
el año 2019, no superior a 68%; (vii) para el año 2020, no superior a 68%; futti)
para el año 2021, no superior a 68%; y (ix) para el año 2022 y para cada año
posterior hasta el término de las obligaciones bajo el presente Acuerdo de
Reorganización Judicial, no superior a 68%. Se entenderá por Índice de
Eficiencia el cuociente de: (a) Gastos Totales, esto es, la suma de: (ij Gasto por
beneficio a empleados; (ti) Materias primas y consumibles utilizados; y (tii) otros
gastos, por naturaleza; y (b) Ingresos Totales, esto es, la suma de (1) ingreso por
intereses y reajustes; (ii) ingreso de actividades ordinarias; y (tti) otros ingresos,
por naturaleza de los Estados Financieros Consolidados Trimestrales de la
Empresa Deudora, publicados en la Superintendencia de Valores y Seguros…”
20
CABG-AAC-AAEDBCA
DNA LOMA AA CA,
FIGUEROA MONTES ANINAT 8 Cía
ABOGADOS
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
Valor: 54,7%. Cumple.
Observaciones Interventor Concursal:
Sin Comentarios.
Con los antecedentes anteriormente descritos se da por cumplida la
obligación del Interventor Concursal, de certificar el debido cumplimiento de las
obligaciones a ser ejecutadas durante la Primera Fase por parte de la Empresa
Deudora y de sus entidades relacionadas que fueren parte del Acuerdo de
Reorganización Judicial de la C.C.A.F, La Araucana.
Sin otro particular, le muy atentamente,
rolando Figueroa B,
Interventor Concursal
Procedimiento Concursal de Reorganización Judicial
CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR LA ARAUCANA
FF/TFG
21
La Araucana
OLUCIONES SOCIALE
GGEN 0978
Santiago, 6 de octubre de 2016
Señor
Folizardo Figueron A
Interventor Concursal
Acuerdo Reorganización Judicial La Araucana
Presente
REF; Comentarios a su carta de certificación del 03 de
octubre de 2016, sobre cumplimiento de
Obligaciones del ARJ
De nuestra consideración:
Por medio de la presente damos respuesta su carta del 03 de octubre de 2016 referida a la
certificación al 28 de septiembre de 2016, sobre el cumplimiemo de las obligaciones de hacer,
obligaciones de no hicer y Covenants del Acuerdo de Reorganización Judicial,
En dicho documento se detalla cada una de estas obligaciones, indicando el estado de cumplimiento.
las observaciones del Interventor Concursal, la formalización del cumplimiento y en algunos casos
incluye observaciones del Banco Agente. Es en este último detalle que tenemos comentarios,
particularmente en 2 de las obligaciones de hacer de carácter permanente que certifica en su informe
El numeral 8.3. de la carta de la referencia se refiere a la siguiente obligación de carácter permanente:
“Se deberá contar con am sistema de la más alía tecnología que renga como objetivo la trazabilidad de
los ingresos y gastos de la empresa deudora”
En este tem de su informe se indica que el estado de cumplimiento se encuentra “En Proceso”, de
acuerdo a lo acordado en la última Comisión de Acreedores, Pero además de indicar esto en sus
ubservaciones, se incluye comentarios del Banco Agente, que fueron expuestos por este en la reunión
de trabajo realizada con la comisión de nereedores del pasado 27 de septiembre de 2016, Pero en su
informe no se detalla los comentarios de La Araucana acerca de ins decluraciones del Banco Agente.
Al respecto, soliciuumos a Ud. se incluya en su informe los comentarios de esta Caja de Compensación
que se detallan a continuación
La Araucana ha dado fiel cumplimiento al uso del Sistema de Cuentas de Recaudación, de acuerdo con
lo indicado en el Anexo N%3 del Acuerdo de Reorganización Judicial (ARI) Asimismo, se indica que
esta Caja ha girado desde la cuenta de Gastos Operacionales el monto de gastos operacionales del
presupuesto pura el año en curso que fuere presentado a la Junta de Acreedores previa a la aprobación
del Acuerdo de Reorganización Judicial. Por lo mismo es que esta Caja ha dado cumplimiento al uso
de la cuenta indicada, En relación a la cuento de nuevas colocaciones, esta Caja de Compensación ha
girado los saldos equivalentes a las colocaciones efectivas del día anterior. Según lo estipulado en el
Anexo N3 del ARJ, la validación de esos movimientos se realizarán con la información procesada por
ACFIN. Entendiendo que actualmente existe un retraso en el procesamiento de la información xxde
cartera publicada en ACFIN, esta Caja de Compensación ha propuesto a la Comisión de Acreedores y
al Banco Agente. el envío diario del detalle de los créditos colocados el día anterior, que dan origen ul
cargo que La Araucana realizada desde esa cuenta corriente.
La Araucan
SOLUCIONES SUL
Por último se indica que pará mejorar la truzabilidad de ingresos y wastos, esta Caja de Compensación
se encuentra preparando las bases de licitación de la administración de ingresos y gastos, en donde
invitará a participar a los bancos que provean este servicio, buscando aquella propuesta que cumpla
cabalidad con los estándares de servicios que La Araucano busca para entregar a sus afiliados, entre
otros objetivos que serán dados a conocer a la Comisión de Acreedores en su próxima sesión, junto con
un cronograma de la licitación
El numeral B.10. de la carta de la referencia se refiere a la siguente obligación de carácter permanente
“Entregar mensualmente información verídica y correcta en todos sus aspectos sustanciales a la
Comisión de Acreedores. al Agente de Garantias y al Interventor acerca de lus siguientes materias: (a)
la evolución de los principales indicadores de la Cartera de Crédivos, validada por ACFIÍN o quien la
reemplace: y (by el cumplimiento de indicadores de gestión csoctados *
En este ¡tem de su informe se indica que el estado de cumplimiento se encuentra “En Proceso”, de
acuerdo a lo ncordado en la última Comisión de Acreedores. Pero además de indicar esto en sus
observaciones. se incluye una opinión del Banco Agente donde recomienda que la Caja no informe el
cúlculo de Covenamts de cartera, mientras no cuente con información de ACFIN.
Al respecto, solicitamos a Ud, se incluya en su informe los comentarios de esta Caja de Compensación
que we detallan a continuación:
La Araucana se encuentra trabajando para reducir el tiempo de publicación de información de cartera
por la empresa ACFIN y asi cumplir con el plazo comprometido con la Comisión de Acreedores. Para
esto la Caja se encuentra confeccionando un plan de acción que tenga por objetivo reducir el plazo
indicado, el cual será presentado a la Comisión de Acreedores.
En cuanto a la publicación de Covenants de cartera en los Estados Financieros, sin haber tenido la
información de ACEIN, se indica que esta Caja de Compensación tiene la obligación de presentar
información financiera y económica en la emisión de sus estados financieros hacía el mercado, por
enanto considerando que ACFIN procesa la misma información de cartera que se utiliza para emitir los
Estados Financieros de La Araucana y que a la fecha de emisión de los mismos la empresa cuenta con
conocimiento del estado de esos Covenants. creemos de toda lógica publicar el estado del Covenan,
procurando, tal como se hizo en la emisión del Estado Financiero de junio 2016 informar al mercado, a
través de una nota al pie que esos Covenants fueron calculados con información propia, debido que a
esa fecha no contábamos con información de ACFIN y el plazo de publicación de los Estados
Financieros en la S.V.S. es de carácter normativo.
En la medida que esta Caja cuente con la información de cartera de ACFIN antes de la publicación de
sus Estados Financieros trimestrales, será incorporada en ellos
Sin otro particular, le saluda muy atentamente,
ROBERT RIVAS CARRILLO
Interventor
CABG-AAC-AAEDBCA
A O
FIGUEROA MONTES ANINAT £ CÍA
ABOGADOS Dx AMALIA
TeELimmso 156) 2 2754 3000
Emart: abogados cl Wen; eeovw. max! hr
AroQuIxDO 3910, Piso 15, Las Contes 1 9 oc
SANTIAGO re Ch j
Santiago, 18 de octubre de 2016 Li is
Señor
Robert Rivas
C.CA.F, La Araucana
Calle Santa Lucia N* 302, piso 6, Santiago
PRESENTE
Ref.: Respuesta Carta 06 de octubre de 2016.
De nuestra consideración:
Por medio de la presente, comunico a usted que he recibido su la carta de 06 de
octubre de 2016, en virtud de la cual la C.C.A.F. La Araucana me representa sus comentarios a
la Certificación efectuada por este Interventor Concursal el 28 de septiembre de 2016, y que
dice relación con el cumplimiento de las obligaciones de hacer y no hacer y covenants
establecidas en el Acuerdo de Reorganización Judicial de la C.C.A.F. La Araucana.
En la mencionada carta, se solicita al suscrito incorporar a la certificación antes
referida, los comentarios realizados por la C.C.A.F, La Araucana en su carta de 06 de octubre,
ya indicada, petición que considero prudente aceptar y en ese sentido incorporar como parte
de la Certificación hecha en mi carta de 28 de septiembre pasado, los siguientes comentarios
hechos por la C.C.A.F en su carta de 3 de octubre, a saber;
el Interw: 0 ide 2 jembre de 2016:
B.- OBLIG. HACER DE PERMANENTE.-
El Acuerdo de Reorganización Judicial establece que ”… Durante lo vigencia del
presente Acuerdo de Reorganización Judicial, la Empreso Deudora deberá dor cumplimiento de
formo permanente a las siguientes obligaciones de hacer:…”
” .3, Se deberá contor con un sistema de la más alta tecnología que tenga como objetivo la
trazabilidad de los ingresos y gastos de la Empresa Deudora… ms
st mplimien tie
En Proceso.
A
CABG-AAC-AAEDBCA
TE en Lol AO
FIGUEROA MONTES ÁNINAT £ CÍA
ABOGADOS
ini ntor esal:
Se llamará a Licitación antes del 30 de octubre, y en la próxima reunión de la Comisión de
Acreedores del próximo 13 de octubre de 2016, la C.C.A.F, La Araucana dará cuenta de un
cronograma de la licitación.
Coment: CAF. rta re de 2016
tor Concur ra a su ce: 6:
– Lo Arcucena ha dado fiel cumplimiento al uso del Sistema de Cuentas de Recaudación, de
acuerdo con lo indicado en el Anexo N? 3 del Acuerdo de reorganización Judiciol (AR).
Asimismo, se indica que esta Caja ha girado desde la cuenta de Gastos Operacionales el monto
de gastos operacionales del presupuesto para el año en curso que fuere presentado a la Junto
de Acreedores previa a la aprobación del Acuerdo de Reorganización Judiciol. Por lo mismo es
que esto Caja ha dado cumplimiento al uso de lo cuenta indicado. En relación a la cuenta de
nuevas colocaciones, esta Caja de Compensación ha girado los saldos equivalentes a los
colocaciones efectivas del dia anterior, Según lo estipulado en el Anexo N9 3 del AR), la
validación de esos movimientos se realizarán con la información procesada por ACFIN,
Entendiendo que actualmente existe un retroso en el procesamiento de la información de
cortera publicada en ACFIN, esta Coja de Compensación ha propuesto a la Comisión de
Acreedores y al Bonco Agente, el envio diario del detalle de los créditos colocados el día
anterior, que dan origen al cargo que Lo Araucana reolizoda desde esa cuenta corriente… Ú
xx 10. Entregor mensualmente información verídica y correcta en todos sus ospectos
sustanciales a la Comisión de Acreedores, al Agente de Gorantías y al Interventor acerca de
las siguientes materias: (a) lo evolución de los principales indicadores de la Cartera de
Créditos, validada por ACFIN o quien la reemplace; y (b) el cumplimiento de indicadores de
gestión asociados…”
Estado de cumplimiento al 28 de septiembre 2016:
En Proceso.
Obserw Interven l
Actualmente se está entregando con 90 dias de desfase los informes de ACFIN, por lo que la
Comisión de Acreedores ha solicitado que se comprometa por parte de la C.C.A.F. La Araucana
fechas de entrega más cercanas a los 45 días que es lo que se había acordado originalmente
con la Comisión. Para ello, en la reunión de la Comisión de Acreedores que se realizará el
próximo 13 de octubre de 2016, la C.C.A.F. La Araucana ha comprometido la entrega de un
cronograma con las entregas de ACFIN para los próximos 6 meses,
Ml
,xxi
VER o A ver Bor.
FIGUEROA MONTES ÁNINAT £ CÍA
ABOGADOS
la C.C.A.F. La Arau 2016,
ncursal incorpora a su certifi iembre de 2016:
*.,, Lo Araucana se encuentro trobojando para reducir el tiempo de publicación de información
de cortera por la empresa ACFIN y así cumplir en el plozo comprometido con la Comisión de
Acreedores. Para esto Ja Caja se encuentro confeccionendo un plan de acción que tenga por
objetivo reducir el plazo indicado, el cual será presentado a la Comisión de Acreedores…”
Sin otro particular, le sal nte
Felizardd Figueroa B.
interventor Concursal
Procedimiento Concursal de Reorganización Judicial
CAJA DE COMPENSACION DE ASIGNACION FAMILIAR LA ARAUCANA
FFB/dcg
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=b151c1f92ecd47abcaeadfe37c3a087cVFdwQmVFNXFSWGhOUkVVeVRtcFJNazFSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909