Resumen corto:
CCAF 18 de Septiembre firma contrato de crédito con International Finance Corporation por hasta US$ 45.000.000; espera solicitar US$ 22.500.000 antes de mayo de 2025 para créditos sociales.
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HECHO ESENCIAL
CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR 18 DE SEPTIEMBRE
Inscripción en el Registro de Valores N*1.167
Santiago, 11 de noviembre de 2024
Señora
Solange Berstein Jáuregui
Presidenta Comisión para el Mercado Financiero Santiago
PRESENTE
Por medio de la presente, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9 y 10% inciso segundo de la ley N18.043; y con las instrucciones contenidas en la Norma de Carácter General N? 30 de esa Comisión por la presente comunico a Usted, en carácter de hecho esencial respecto de Caja de Compensación de Asignación Familiar 18 de Septiembre (en adelante CCAF 18 de Septiembre) la siguiente información:
Que CCAF 18 de Septiembre suscribió un contrato de crédito denominado en inglés Loan Agreement de fecha 8 de noviembre de 2024 (en adelante el Contrato) con la entidad de financiamiento multilateral dependiente del Banco Mundial, denominada International Finance Corporation, en virtud de la cual se otorgó una línea de crédito a CCAF 18 de Septiembre por un monto total de hasta US$ 45.000.000, con cargo a la cual se espera efectuar dos desembolsos.
Se hace presente que la mitad del monto disponible de la línea se encuentra comprometida y la otra mitad podrá ser comprometida a sola discreción de International Finance Corporation, según los términos definidos en el Contrato.
Sujeto al cumplimiento de las condiciones del Contrato, la CCAF 18 de Septiembre, espera solicitar un primer desembolso por aproximadamente toda la parte comprometida es decir US$ 22.500.000, dentro de este año.
Se deja constancia que el plazo máximo para cursar desembolsos de la parte comprometida vence el 8 de mayo de 2025 y los desembolsos que se cursen con cargo a ésta, consideran pagos de intereses semestrales desde el desembolso y amortizaciones de capital que comenzarán a pagarse también semestralmente, en este último caso a partir de noviembre de 2026 y hasta mayo de 2028.
Los recursos que se obtengan de los desembolsos serán utilizados por CCAF 18 de Septiembre para sus actividades de otorgamiento de créditos sociales en los términos establecidos en el Contrato.
El Contrato contiene además y entre otras, cláusulas de declaraciones y seguridades de CCAF 18 de Septiembre, regulaciones respecto de pagos anticipados voluntarios y obligatorios, obligaciones de hacer y de no hacer, causales de incumplimiento y exigibilidad anticipada y otras cláusulas usuales en contratos de esta naturaleza, y no contempla la constitución de garantías sobre activos de la CCAF 18 de Septiembre.
Sin otro particular, saluda atentamente a usted,
Christian Alvaro Firmado digitalmente por
Christian Alvaro Cambara
Cambara Lodigiani
. . . Fecha: 2024.11.13 10:08:46 Lodigiani 0300
Christian Álvaro Cámbara Lodigiani | Gerente General CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR 18 DE SEPTIEMBRE
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=9841be2c0d4928c81b4a8f52b3d51767VFdwQmVVNUVSWGhOUkZVMFRsUmpNVTVuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1731504601