buses Frhietropolitana S.A.
BUSES METROPOLITANA S.A.
R.E.I. N2 107
Santiago, 21 de diciembre de 2012.
HECHO ESENCIAL
Señor
FERNANDO COLOMA CORREA.
Superintendente de Valores y Seguros
Av. Libertador Bernardo O’Higgins 1449, Piso 1, Santiago
PRESENTE
De mi consideración:
Especialmente facultado para este objeto, encontrándome dentro de plazo y de acuerdo con lo
dispuesto en los artículos 92 y 102 de la Ley N* 18.045 sobre Mercado de Valores, la Norma de
Carácter General N2 284 y N2 30 de esta Superintendencia, procedo a informar, con carácter
Hecho Esencial lo siguiente:
El nuevo Contrato de Concesión de Uso de Vías para la Prestación de Servicios de Transporte Público
Urbano Remunerado de Pasajeros mediante Buses fechado 7 de diciembre de 2011, establece en la
cláusula 1.8, la obligación para las empresas concesionarias de suscribir los nuevos contratos de
servicios complementarios, si es que la autoridad, en este caso el Ministerio de Transportes
Telecomunicaciones, decidiere modificar la operación de dichos servicios.
De esta forma, la autoridad dentro del proceso restructuración del Sistema de Transportes de la cuidad
de Santiago, decidió la celebración de nuevos contratos con el objeto de modificar sustancialmente las
funciones de los actores del sistema, generando roles por especialidades y de este modo cumplir con
objeto del contrato de concesión antes citado.
De este modo, la empresa Sonda S.A. quedará como proveedor tecnológico; el Administrador
Financiero del Transantiago S.A. (AFT ) encargado del Servicio de Administración Financiera y de las
cuentas bancarias del Sistema; y Metro S.A. encargado de prestar los Servicios de Emisión y Post Venta
del Medio de Acceso y Provisión de Red de Comercialización y Carga del Medio de Acceso al Sistema de
Transporte Público de Pasajeros de Santiago.
Dentro del proceso de cierre de la reformulación del Sistema de Transporte Público, el viernes recién
pasado Buses Metropolitana S.A. tomó la decisión de suscribir los instrumentos requeridos por la
Autoridad, siendo los principales:
i) Contrato de Prestación de Servicios y Equipamiento Tecnológico con SONDA S.A.
ii) Contrato de Mandato Mercantil de Administración y Custodia con AFT S.A.
iii) Termino Anticipado del Mandato Mercantil 2005 y 2012; del Contrato de Equipamiento y su
Complementación, ambos suscritos con AFT S.A., pactándose un Finiquito amplio, Renuncia de
Acciones y Desistimiento de Acciones derivadas de la celebración, interpretación,
cumplimiento, terminación, validez y oponibilidad de dichos instrumentos.
Con esta fecha, hemos sido informados que ha concluido el proceso de cierre de la reformulación del
Sistema de Transporte Público de Pasajeros por parte del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, motivo por el cual los aludidos contratos ya se encuentran en aplicación.
Sin perjuicio de lo anterior, hacemos presente que los contratos se encuentran condicionados a que la
Contraloría General de la República tome razón de la resolución administrativa que apruebe el término
anticipado del Contrato AFT 2005; del Nuevo Contrato AFT-MTT; y del Nuevo Contrato Tecnológico
Sonda-MTT.
Sin otro particular, despide muy atentajmente,
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=e5b1f8813be6f06ffa2d1a427d256e04VFdwQmVFMXFSWGxOUkVVeVRXcEZlazUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909