HECHO ESENCIAL
Bupa Chile S.A.
Inscripción en el Registro de Valores N* 1075
Santiago, 28 de octubre de 2016
Señor
Carlos Pavez Tolosa
Superintendente
Superintendencia de Valores y Seguros
Av. Libertador B. O”Higgins N*%1449
PRESENTE
De mi consideración:
En conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 inciso segundo de la Ley N? 18.045 y la Norma de
Carácter General N*30 de esta Superintendencia, estando debidamente facultado para ello, por medio de la presente
pongo en su conocimiento la siguiente información en calidad de hecho esencial:
Con fecha de hoy, se llevó a cabo la Junta Extraordinaria de Accionistas de Bupa Chile S.A., en la cual se
informó que mediante Resolución N*4383 de fecha 25 de octubre de 2016, la Superintendencia de Valores y Seguros
acogió la solicitud de Bupa Chile S.A. ( la “Sociedad”) acordada en Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 29 de
agosto de 2016 y procedió a cancelar la inscripción de las acciones de la Sociedad en su Registro de Valores, en atención
a que se cumplieron los requisitos legales para tales efectos. Lo anterior es sin perjuicio de mantenerse inscrita la
sociedad en dicho registro como emisor de valores de oferta pública.
En virtud de lo señalado precedentemente, la Junta acordó modificar los estatutos sociales de la Sociedad según
el detalle que se señala a continuación:
L Se disminuye el número de Directores de la Sociedad de 7 a 3 miembros y se elimina la obligatoriedad de
remuneración a los directores;
2, Se revoca el Directorio actual y se elige la nueva composición del Directorio de la Sociedad. Se deja constancia
que resultaron electos como directores de la Sociedad los señores Ignacio Ereño Iribarren, Carlos Jaureguizar
Ruiz-Jarabo y Andrés Varas Greene;
3, Se establece la frecuencia de las sesiones ordinarias de Directorio a una vez cada tres meses;
4. Se elimina la cláusula décima número tres de los estatutos que prohíbe a los gerentes de la Sociedad ser director
de la misma;
Ti Se elimina el título Noveno del Estatuto Social denominado “Derecho a Compra del Controlador”;
6. Se autoriza expresamente a los accionistas de la Sociedad o sus representantes para participar en las juntas
ordinarias y extraordinarias de accionistas a través de medios electrónicos, con la condición que dichos medios
electrónicos garanticen la identidad de los accionistas y el principio de confidencialidad y simultaneidad de las
votaciones a ser efectuadas en ellas; y
Ta Se acuerda fijar un texto refundido del Estatuto Social.
Sin otro particular, saluda atentamente a usted,
Andrés Varas Greene
Gerente General
Bupa Chile S.A.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=70b92abce9feed84cfe456b782fcc35aVFdwQmVFNXFSWGROUkVVeVRrUkZOVTFCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909