(1) Bravo €: Briones<br /><br />Auditores Consultores<br /><br />Bravo y Briones Auditores Consultores SpA<br /><br />Santiago, 16 de enero del 2023<br />Señora<br />Solange Berstein Jáuregui<br />Presidenta<br />Comisión para el Mercado Financiero<br />Presente<br /><br />Ref.: Informa Hecho Relevante N* 2<br />De nuestra consideración:<br /><br />De acuerdo a lo establecido en la sección N* 1 letra a) de la NCG N* 477, emitida por la<br />Comisión para el Mercado Financiero (“la Comisión”), de fecha 20 de mayo de 2022,<br />comunicamos el siguiente hecho esencial en relación con Bravo y Briones Auditores<br />Consultores SpA., Rol Unico Tributario 77.001.324-0, inscrita en el registro de inspectores de<br />cuentas y auditores externo bajo el N” 932.<br /><br />Con fecha 19 de diciembre de 2022, los accionistas de Bravo y Briones Auditores Consultores<br />SpA., aprobaron transformar la sociedad antes mencionada de una sociedad por acciones a<br />una sociedad de responsabilidad limitada.<br /><br />Por lo anterior y como efecto de la referida transformación, la nueva razón social corresponde a<br />“Bravo y Briones Auditores Consultores Limitada”.<br /><br />Hacemos presente que, sin juicio de la referida transformación, Bravo y Briones Auditores<br />Consultores Limitada mantendrá su giro y el mismo Rol Unico Tributario, por lo cuanto la<br />mencionada transformación solo corresponde a un cambio de naturaleza jurídica o tipo social,<br />subsistiendo su personalidad jurídica para todos los efectos legales.<br /><br />Los antecedentes legales que respaldan los hechos informados en los párrafos anteriores se<br />adjuntan a continuación de acuerdo con lo dispuesto en la referida NCG N* 477.<br /><br />Quedamos a su disposición para cualquier asunto relacionado con esta materia.<br /><br />Saluda Atentamente a usted<br /><br />Marcelo Bravo Arriagada<br />Bravo y Briones Auditores Consultores SpA<br /><br />Oficina: El Pato Real 4637, Santiago, Chile; Email: gerenciaWbravoybriones.cl; Celular: +56 9 9598 3785<br /><br />Ministerio de<br />Economía,<br />Fomento y<br />Turismo<br /><br />Gobierno de Chile<br /><br />TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD POR ACCIONES A SOCIEDAD DE<br />RESPONSABILIDAD LIMITADA<br /><br />BRAVO Y BRIONES AUDITORES CONSULTORES LIMITADA<br /><br />DAYANI LAURA BRIONES ALARCÓN<br />Y<br />MARCELO GERARDO BRAVO ARRIAGADA<br />Y<br />OTROS<br /><br />MINISTERIO DE ECONOMÍA FOMENTO Y TURISMO<br />REGISTRO DE EMPRESAS Y SOCIEDADES<br /><br />Chile, 03 de enero del 2023<br /><br />REGISTRO DE EMPRESAS Y SOCIEDADES<br />MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO<br /><br />TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD POR ACCIONES A SOCIEDAD DE<br />RESPONSABILIDAD LIMITADA<br />BRAVO Y BRIONES AUDITORES CONSULTORES LIMITADA<br />Rut 77.001.324-0<br /><br />En PUENTE ALTO, Región METROPOLITANA DE SANTIAGO, Chile, a 03 de enero<br />del 2023, ante el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades, comparecen, por si, los<br />accionistas vigentes con derecho a voto a la época del acto previo a través del cual se<br />acordó la modificación social que consta en en instrumento privado protocolizado con el<br />N?25, en la notaria de santiago, de don/doña Carmen Silva Letelier, de fecha 01 de<br /><br />diciembre del 2022.<br /><br />Resumen de los accionistas:<br /><br />DAYANI LAURA BRIONES ALARCÓN con 100 acciones ordinarias de la Serie única,<br />equivalentes a $100.000.- pesos del capital social.<br /><br />MARCELO GERARDO BRAVO ARRIAGADA con 450 acciones ordinarias de la Serie<br />única, equivalentes a $450.000.- pesos del capital social.<br /><br />INGRID VERÓNICA BRIONES ALARCÓN con 450 acciones ordinarias de la Serie<br />única, equivalentes a $450.000.- pesos del capital social.<br /><br />A través de este acto los accionistas comparecientes individualizados acuerdan<br />transformar la sociedad por acciones constituida con fecha 12 de abril del 2019 a<br /><br />sociedad de responsabilidad limitada y aprueban sus estatutos.<br /><br />Resumen de modificaciones de la sociedad<br /><br />. Antes Después<br />Menciones . % . .<br />de la modificación de la modificación<br /><br />Página 2 de 10 Emitido el 04-01-2023 a las 12:08<br /><br />Código de verificación electrónica (CVE): ACGSVSGnuAt1<br />El contenido de este documento puede ser verificado ingresando el CVE en https://www.registrodeempresasysociedades.ci/<br /><br />REGISTRO DE EMPRESAS Y SOCIEDADES<br />MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO<br /><br />, . Bravo y Briones Auditores Bravo y Briones Auditores<br />Razón social o<br />Consultores SpA Consultores Limitada<br /><br />Nombre de fantasía BBAC SpA<br /><br />Los Aromos N*993, comuna Pasaje Pato Real N*4637,<br /><br />de LO PRADO, Región comuna de PUENTE ALTO,<br />METROPOLITANA DE Región METROPOLITANA<br />SANTIAGO DE SANTIAGO<br /><br />Domicilio<br /><br />Se ha modificado el Objeto o giro<br /><br />Se ha modificado la Duración de la sociedad<br /><br />Se ha modificado el Régimen de administración<br /><br />Se han modificado los Poderes conferidos a la administración<br /><br />Se ha modificado la Comunicación entre la sociedad y sus accionistas<br /><br />Se han modificado las Juntas generales de accionistas<br /><br />Se ha modificado la Forma de realizar la liquidación y división del haber social<br />Se ha modificado la Forma de dirimir conflictos(Arbitraje)<br /><br />Se ha suprimido de los estatutos el pacto transitorio APORTES ACCIONISTAS<br />Se ha suprimido de los estatutos el pacto De la Junta de Accionistas<br /><br />Se ha suprimido de los estatutos el pacto De la Fiscalización de la Administración. -<br />Se ha suprimido de los estatutos el pacto Oferta de compra de Acciones. -<br /><br />Se ha modificado el pacto Balance y Distribución de Utilidades<br /><br />Se ha suprimido de los estatutos el pacto Disolución y Liquidación.<br /><br />Se ha suprimido de los estatutos el pacto transitorio Admiistrador<br /><br />Se ha suprimido de los estatutos el pacto transitorio Del capital<br /><br />Se ha incorporado a los estatutos el pacto APORTES DE LOS SOCIOS<br /><br />Se ha incorporado a los estatutos el pacto Preferencia para adquirir derechos sociales.<br /><br />ESTATUTO ACTUALIZADO<br /><br />Página 3 de 10 Emitido el 04-01-2023 a las 12:08<br /><br />Código de verificación electrónica (CVE): ACGSVSGnuAt1<br />El contenido de este documento puede ser verificado ingresando el CVE en https://www.registrodeempresasysociedades.cl/<br /><br />REGISTRO DE EMPRESAS Y SOCIEDADES<br />MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO<br /><br />En PUENTE ALTO, Región METROPOLITANA DE SANTIAGO, Chile, ante el<br />Registro Electrónico de Empresas y Sociedades, compareció: DAYANI LAURA<br />BRIONES ALARCÓN, Rut 16.390.527-2, domiciliada en LOS AROMOS N*933,<br />comuna de LO PRADO, Región METROPOLITANA DE SANTIAGO; MARCELO<br />GERARDO BRAVO ARRIAGADA, Rut 12.893.544-4, domiciliado en ALEJANDRO<br />SEPULVEDA N*6852, comuna de PEÑALOLEN, Región METROPOLITANA DE<br />SANTIAGO; INGRID VERÓNICA BRIONES ALARCÓN, Rut 12.637.151-9,<br />domiciliada en LOS AROMOS N”933, comuna de LO PRADO, Región<br />METROPOLITANA DE SANTIAGO; el que expuso que se constituyó con fecha 12 de<br />abril del 2019 persona jurídica y que en la actualidad se rige por las disposiciones de la<br />ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones y demás leyes<br />pertinentes, y en especial, por las disposiciones de los siguientes estatutos: ARTÍCULO<br />PRIMERO DEL NOMBRE O RAZON SOCIAL : El nombre o razón social de la<br />Empresa es “Bravo y Briones Auditores Consultores Limitada”. ARTÍCULO<br />SEGUNDO OBJETO: La Empresa tendrá por objeto desarrollar las siguientes<br />actividades: Servicios de Asesoría en Auditoria de Estados Financiero, Auditoria Interna<br />y de procesos, Auditorias especiales, Auditorias tributarias, Auditoria forense, Asesoría<br />en evaluación de control Interno, Servicios de Asesorías y convergencias a Normas<br />Internacionales de Información Financiera para grandes, medianas y pequeñas empresas,<br />Normas Internacionales del Sector Público, Servicios de Contabilidad, Asesorías<br />Tributarias, Asesorías laborales, Asesorías de Outsourcing, Asesorías Due Diligence,<br />Peritajes y estudios especiales, Asesorías en Entidades Públicas. ARTÍCULO<br /><br />TERCERO DOMICILIO: El domicilio de la Empresa es la comuna de PUENTE<br /><br />Página 4 de 10 Emitido el 04-01-2023 a las 12:08<br /><br />Código de verificación electrónica (CVE): ACGSVSGnuAt1<br />El contenido de este documento puede ser verificado ingresando el CVE en https://www.registrodeempresasysociedades.ci/<br /><br />REGISTRO DE EMPRESAS Y SOCIEDADES<br />MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO<br /><br />ALTO, Región METROPOLITANA DE SANTIAGO, sin perjuicio de que pueda<br />establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero.<br />ARTÍCULO CUARTO DURACIÓN: La duración de la Empresa será, a contar de la<br />fecha de la presente escritura, 5 años plazo, renovable tácita y sucesivamente por<br />períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al<br />final del período que estuviere en curso, mediante escritura pública, que se subinscribirá<br />al margen de la inscripción social, con una anticipación, de a lo menos, seis meses antes<br />del fin del respectivo período. ARTÍCULO QUINTO DEL CAPITAL SOCIAL: El<br />capital de la Empresa es la cantidad de $1.000.000 de pesos, que ha sido completamente<br />enterado; que el constituyente se obliga a aportar y pagar de la forma siguiente: A)<br />DAYANI LAURA BRIONES ALARCÓN tiene una participación de un 10 por ciento en<br />la propiedad de la presente compañía, habiendo aportado y pagado con anterioridad a esta<br />fecha la cantidad de $100.000 pesos; B) MARCELO GERARDO BRAVO<br />ARRIAGADA tiene una participación de un 45 por ciento en la propiedad de la presente<br />compañía, habiendo aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de<br />$450.000 pesos; C) INGRID VERÓNICA BRIONES ALARCÓN tiene una participación<br />de un 45 por ciento en la propiedad de la presente compañía, habiendo aportado y pagado<br />con anterioridad a esta fecha la cantidad de $450.000 pesos; ARTÍCULO SEXTO DE<br />LA RESPONSABILIDAD DEL SOCIO: La responsabilidad del socio queda limitada<br />al monto de su aporte. ARTÍCULO SÉPTIMO DE LA ADMINISTRACIÓN: La<br />administración de la Empresa y el uso de su razón social corresponderá a DAY ANI<br />LAURA BRIONES ALARCÓN, MARCELO GERARDO BRAVO ARRIAGADA,<br />INGRID VERÓNICA BRIONES ALARCÓN, cualquiera indistintamente. ARTÍCULO<br /><br />OCTAVO DEL ARBITRAJE: La resolución de conflictos se realizará a través de:<br /><br />Página 5 de 10 Emitido el 04-01-2023 a las 12:08<br /><br />Código de verificación electrónica (CVE): ACGSVSGnuAt1<br />El contenido de este documento puede ser verificado ingresando el CVE en https://www.registrodeempresasysociedades.cl/<br /><br />REGISTRO DE EMPRESAS Y SOCIEDADES<br />MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO<br /><br />Árbitro arbitrador y la forma de nombrar árbitros será: cualquier dificultad o conflicto<br />que se suscite entre los socios en relación con este contrato o con motivo de su<br />aplicación, interpretación ,cumplimiento o incumplimiento o de la disolución anticipada o<br />no de la sociedad, sera resuelta por un arbitro, que sera designado por las partes de común<br />acuerdo, a falta de acuerdo, por el centro de arbitrajes y mediación de la cámara de<br />comercio de santiago. ARTÍCULO NOVENO DE LA LIQUIDACIÓN: La liquidación<br />de la sociedad se regirá por las normas legales pertinentes; Facultad que se entregara a<br />cualquier administrador, en caso de ser necesario, en el cual se deberá realizar un<br />inventario y un balance General de la situación de la sociedad, comprometiendo a<br />cancelar el total de las deudas contraídas y división de su patrimonio ARTÍCULO<br />DÉCIMO DE LOS PODERES CONFERIDOS A O LOS ADMINISTRADORES:<br />Uno) Acordar las normas a que deberán ceñirse las operaciones de la sociedad y dictar<br />sus reglamentos internos, modificar sus estatutos, Dos) Contratar los trabajadores de la<br />sociedad, fijar sus remuneraciones y obligaciones; poner término a sus contratos y<br />suscribir los respectivos finiquitos; Tres) Comprar, toda clase de bienes muebles o<br />inmuebles para uso de la sociedad Cuatro) Representar a la sociedad en reuniones de<br />socios de aquellas sociedades de las que la sociedad sea socia, con derecho a voz y voto,<br />con las más amplias atribuciones; pudiendo acordar la reforma de estatutos, su<br />terminación anticipada, su disolución y/o liquidación, modificarlas, transformarlas;<br />Cinco) Celebrar contratos de trabajo, sean estos colectivos o individuales, contratar<br />servicios profesionales o técnicos, Celebrar Contratos de arriendos; Seis) Celebrar<br />cualquier otro contrato nominado o no. En los contratos que la sociedad celebre, el<br />administrador podrá convenir y modificar toda clase de pactos y estipulaciones, estén o<br /><br />no contemplados por las leyes y sean de su esencia, de su naturaleza, fijar precios,<br /><br />Página 6 de 10 Emitido el 04-01-2023 a las 12:08<br /><br />Código de verificación electrónica (CVE): ACGSVSGnuAt1<br />El contenido de este documento puede ser verificado ingresando el CVE en https://www.registrodeempresasysociedades.cl/<br /><br />REGISTRO DE EMPRESAS Y SOCIEDADES<br />MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO<br /><br />intereses, rentas honorarios, remuneraciones, reajustes, indemnizaciones, plazos,<br />condiciones, deberes, atribuciones, épocas y forma de pago y de entrega, cabidas,<br />deslindes, etcétera; Siete) Poner término o solicitar la terminación de los contratos; exigir<br />rendiciones de cuentas, aprobarlas u objetarlas y en general, ejercitar y renunciar todos<br />los derechos y acciones que competen a la sociedad; Ocho) Contratar prestamos en<br />cualquier forma con toda clase de organismos e instituciones de crédito y/o de fomento,<br />de derecho público o privado, sociedades civiles o comerciales, sociedades financieras, y<br />en general, con cualquier persona natural o jurídica, estatal o particular, nacional o<br />extranjera; Nueve) Representar a la sociedad ante los bancos nacionales o extranjeros,<br />estatales o particulares con las más amplias facultades que puedan necesitar: darles<br />instrucciones y cometerlos comisiones de confianza; abrir cuentas corrientes bancarias de<br />depósito y/o de crédito, depositar, girar en ellas, imponerse de sus movimientos y cerrar<br />unas y otras, todo ello tanto en moneda nacional como extranjera, aprobar y objetar<br />saldos; retirar talonarios de cheques colocar y retirar dinero o valores, sea en moneda<br />nacional o extranjera, en deposito, custodia o garantía y cancelar los certificados<br />respectivos, Diez) Girar, suscribir, aceptar, reaceptar, renovar, prorrogar, revalidar,<br />avalar, endosar en dominio, cobro o garantía, depositar, protestar, descontar, cancelar,<br />cobrar, transferir, extender y disponer en cualquier forma de cheques, letras de cambio,<br />pagares, vales y demás documentos mercantiles o cambiarios, sean estos nominativos, a<br />la orden o al portador, en moneda nacional o extranjera; y ejercitar las acciones que a la<br />sociedad le correspondan en relación con tales documentos; Once) Pagar en efectivo, por<br />dación en pago, por consignación, por subrogación, cesión de bienes, novación, etcétera,<br />todo lo que la sociedad adeudare, por cualquier TÍTULO y, en general, extinguir<br /><br />obligaciones en cualquier forma; Doce) Cobrar y percibir extrajudicialmente todo cuanto<br /><br />Página 7 de 10 Emitido el 04-01-2023 a las 12:08<br /><br />Código de verificación electrónica (CVE): ACGSVSGnuAt1<br />El contenido de este documento puede ser verificado ingresando el CVE en https://www.registrodeempresasysociedades.ci/<br /><br />REGISTRO DE EMPRESAS Y SOCIEDADES<br />MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO<br /><br />se adeude a la sociedad, a cualquier TÍTULO que sea por cualquier persona natural o<br />jurídica incluso el Fisco, instituciones, corporaciones, fundaciones de derecho público o<br />privado, instituciones fiscales, semifiscales, de administración autónoma, instituciones<br />privadas, etcétera Trece) Firmar recibos, finiquitos o cancelaciones y, en general,<br />suscribir, otorgar, firmar, extender, refrendar o modificar, toda clase de documentos<br />públicos o privados, pudiendo formular en ellos todas las declaraciones que estimen<br />necesarias o convenientes; Catorce) Representar a la sociedad en toda clase de<br />organismos de previsión, Administradoras de Fondos de Pensiones, Servicio de Seguro<br />Social, Instituciones de Salud Previsional, Isapres, Instituto de Normalización Previsional<br />y ante la Dirección o Inspecciones Comunales o Regionales del Trabajo y toda clase de<br />organismos, instituciones o autoridades que se relaciones con las actividades laborales, de<br />previsión y de seguridad social, pudiendo presentar toda clase de solicitudes y peticiones<br />ante ellas, desistirse de las misma, modificarlas y aceptar sus resoluciones; Quince)<br />Representar a la sociedad ante el Servicio de Impuestos Internos; Dieciscis) Representar a<br />la sociedad en todos los juicios o gestiones judiciales ante cualquier tribunal sea este<br />ordinario, especial, arbitral, administrativo o de cualquier clase, así intervenga la sociedad<br />como demandante, demandada, o tercero de cualquier especie, pudiendo ejercitar toda<br />clase de acciones, sean ellas ordinarias, ejecutivas, especiales, de jurisdicción contenciosa<br />o de cualquier naturaleza, En el ejercicio de esta representación judicial, podrá actuar por<br />la sociedad con todas las facultades ordinarias y extraordinarias del mandato judicial, en<br />los términos previstos en los artículos séptimo y octavo del Código de Procedimiento<br />Civil, pudiendo desistirse en primera instancia de la acción entablada, contestar<br />demandas, aceptar la demanda contraria, renunciar a los recurso o los términos legales,<br /><br />transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores, prorrogar<br /><br />Página 8 de 10 Emitido el 04-01-2023 a las 12:08<br /><br />Código de verificación electrónica (CVE): ACGSVSGnuAt1<br />El contenido de este documento puede ser verificado ingresando el CVE en https://www.registrodeempresasysociedades.cl/<br /><br />REGISTRO DE EMPRESAS Y SOCIEDADES<br />MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO<br /><br />jurisdicción, intervenir en gestiones de conciliación o avenimiento, cobrar y percibir;<br />Diecisiete) Conferir mandatos especiales, judiciales o extrajudiciales, y revocarlos;<br />delegar en todo o en parte las facultades de que se consignan precedentemente; y<br />reasumir en cualquier momento. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO APORTES DE<br />LOS SOCIOS: El capital de la sociedad es la suma de un millón de pesos, que los socios<br />aportan de acuerdo a lo siguiente; A) Marcelo Gerardo Bravo Arriagada, aporta a la<br />sociedad la suma CL 450.000 pesos, del capital social en dinero efectivo, en una cuota,<br />enterado e ingresado a caja social B) Ingrid Verónica Briones Alarcón; Aporta a la<br />sociedad la suma de CL 450.000 pesos del capital social, en dinero en efectivo, en una<br />cuota enterado e ingresado a caja social, C) Dayani Laura Briones Alarcón, Aporta a la<br />sociedad la suma de CL 100.000 pesos del capital social, en dinero en efectivo en una<br />cuota, enterado e ingresado en caja social. ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO<br />BALANCE Y DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES: Al treinta y uno de diciembre de<br />cada año se confeccionará un balance general de las operaciones de la sociedad, las<br />utilidades y eventuales pérdidas, se repartirán entre los socios en la proporción de sus<br />aportes al capital social. ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO PREFERENCIA PARA<br />ADQUIRIR DERECHOS SOCIALES.: Si uno de los socios decide retirarse de la<br />sociedad y vender sus derechos sociales,deberá ofrecerlos, prioritariamente a sus<br />consocios, por escrito y con 30 días de anticipación. Si éstos no manifiestan su voluntad<br />de adquirir tales derechos sociales o designar a una persona al efecto, el socio saliente<br />queda en libertad para ofrecerlos a una tercera persona. DOCUMENTOS<br />REGISTRABLES (para ver haga click sobre el documento):<br /><br />Junta de Accionistas o Acuerdo de Modificación<br /><br />Certificado de Vigencia de los Accionistas<br /><br />Página 9 de 10 Emitido el 04-01-2023 a las 12:08<br /><br />Código de verificación electrónica (CVE): ACGSVSGnuAt1<br />El contenido de este documento puede ser verificado ingresando el CVE en https://www.registrodeempresasysociedades.cl/<br /><br />REGISTRO DE EMPRESAS Y SOCIEDADES<br />MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO<br /><br />DAYANI LAURA BRIONES ALARCÓN Firmado electrónicamente por<br />RUT: 16.390.527-2 notario Dagma Paz Alvarez<br />Sanhueza<br /><br />el 03-01-2023<br /><br />MARCELO GERARDO BRAVO ARRIAGADA Firmado electrónicamente por<br />RUT: 12.893.544-4 notario Dagma Paz Alvarez<br />Sanhueza<br /><br />el 03-01-2023<br /><br />INGRID VERÓNICA BRIONES ALARCÓN Firmado electrónicamente por<br />RUT: 12.637.151-9 notario Dagma Paz Alvarez<br />Sanhueza<br /><br />el 03-01-2023<br /><br />El presente instrumento es un documento electrónico, de acuerdo a lo dispuesto en el<br />Art.2? letra d) de la Ley N*19.799, y su contenido puede ser verificado en el sitio web del<br /><br />Registro de Empresas y Sociedades www.registrodeempresasysociedades.cl.<br /><br />Página 10 de 10 Emitido el 04-01-2023 a las 12:08<br /><br />Código de verificación electrónica (CVE): ACGSVSGnuAt1<br />El contenido de este documento puede ser verificado ingresando el CVE en https://www.registrodeempresasysociedades.ci/<br><br>Link al archivo en CMFChile: <a href=”https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=5acff6a06be5a86ecb95f507d30478d0VFdwQmVVMTZRWGhOUkVGNVRWUkZOVTVSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108″>https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=5acff6a06be5a86ecb95f507d30478d0VFdwQmVVMTZRWGhOUkVGNVRWUkZOVTVSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108</a>
BRAVO Y BRIONES AUDITORES CONSULTORES SPA 2023-01-16 T-20:47
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