94 BNP PARIBAS
E CARDIF
Santiago, 31de enero de 2020
Señor
Joaquín Cortez Huerta
Presidente
Comisión para el Mercado Financiero
Presente
REF: Hecho relevante N%123
De mi consideración:
De conformidad a lo dispuesto en los artículos 9? y 10? de Ley N* 18.045, y a lo dispuesto en la
normativa impartida por la Comisión para el Mercado Financiero en la Circular N*991 y en la
Circular N*662, encontrándonos debidamente facultados al efecto, venimos en comunicar a esta
Comisión para el Mercado Financiero, lo siguiente respecto a BNP Paribas Cardif Seguros de Vida
S.A., en carácter de hecho relevante:
En el marco de alianza estratégica regional que suscribieron con fecha 25 de julio de 2019 The
Bank of Nova Scotia y BNP Paribas Cardif para la distribución de seguros en los cuatro países de la
Alianza del Pacífico, cuya firma fue informada mediante hecho relevante de ese mismo día,
informamos que con esta fecha se ha celebrado un contrato denominado “Chile Distribution
Agreement”, entre Banco Scotiabank Chile S.A. (el “Banco”) y Scotia Corredora de Seguros Chile
Limitada (el “Intermediario”), BNP Paribas Cardif Seguros de Vida S.A. y BNP Paribas Cardif
Seguros Generales S.A. (los “Aseguradores”), que establece los términos y condiciones generales
conforme a las cuales se implementará en Chile el programa de bancaseguros entre el Banco y los
Aseguradores para que éstos suministren seguros a través de ciertos canales de venta del Banco por
medio del Intermediario a determinados clientes del Banco.
Sin otro particular, saludan atentamente a Ud.,
Sebastián Valle Lorenzini Sergio Rivera Lino
Gerente General ( Fiscal
BNP Paribas Cardif Seguros de Vida S.A. BNP Paribas Cardif Seguros de Vida S.A.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=a49fb659a3442c43bc5f6aa60d0c65e4VFdwQmVVMUVRWGhOUkVGNVRYcG5NVTVCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108