Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

BICE VIDA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A. 2016-12-16 T-16:00

B

=BICEVIDA

El podor de la tranquilidad

Santiago, Diciembre 16 de 2016

Señor

Carlos Pavez T.

Superintendente de Valores y Seguros
Presente

“HECHO ESENCIAL”
BICE VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.

Ref.: Hecho Esencial: “Política de Habitualidad”
De nuestra consideración:

Por la presente, comunico a usted en carácter de Hecho Esencial, que el Directorio de BICE
VIDA Compañía de Seguros S.A., en sesión celebrada el día 15 de Diciembre de 2016, y
de conformidad con lo dispuesto en la letra b) del último inciso del artículo 147 de la ley N*
18.046, acordó actualizar la política general de habitualidad que permite celebrar
operaciones con partes relacionadas, en consideración al giro social y en interés de la
sociedad, sin necesidad de cumplir los requisitos y el procedimiento señalado en los
numerales 1) al 7) del mencionado artículo 147 de la ley N* 18.046.

Se adjunta a la presente, copia de la referida Política General de Habitualidad, la que queda
a disposición de los accionistas de la compañía en las oficinas del Gerente General de la
misma.

El suscrito hace presente que informa este Hecho Esencial debidamente autorizado por el
Directorio en la misma sesión ya indicada.

Sin otro particular, saluda atentamente a usted,

RSS/FSA

RENTAS VITALICIAS – SEGUROS Y AHORRO – APV – SEGUROS COLECTIVOS – CREDITOS

bicevida.cl

POLÍTICA GENERAL DE HABITUALIDAD
DE BICE VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
PARA OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS
(Ley N* 18.046, artículo 147″, inciso final, letra b)

En sesión de Directorio de BICE VIDA COMPANÍA DE SEGUROS S.A., celebrada
el 15 de Diciembre de 2016, se acordó la actualización de la presente Política
General de Habitualidad para operaciones con partes relacionadas que pueden
ejecutarse sin los requisitos y procedimientos establecidos en los números 1 a 7 del
artículo 147 de la Ley N” 18.046, las que en todo caso son ordinarias en
consideración al giro social, deben ser necesarias para sus actividades, contribuir
al interés social y ajustarse en precio, términos y condiciones a aquellas que
prevalecen en el mercado, al tiempo de su realización, ejecución y/o celebración.

Para estos efectos, se considerarán como operaciones ordinarias y habituales de
BICE VIDA Compañía de Seguros S.A. aquellas que ésta realice con partes
relacionadas dentro de su giro social y que sean necesarias para el normal
desarrollo de las actividades de BICE VIDA Compañía de Seguros S.A.,
independiente de su monto y sin perjuicio, cuando corresponda, del plazo
comprendido en la operación, acto o contrato. Para determinar la habitualidad,
también se podrá recurrir a la reiteración o similitud de la operación con operaciones
que la compañía ha desarrollado ordinaria y/o en forma frecuente o periódica,
incluso aquellas anteriores a esta fecha y sin las cuales la compañía no podría
desarrollar en forma normal, adecuada y eficiente su giro y sus políticas de
inversiones. De esta forma, para esta Política se considerarán operaciones
habituales al giro, entre otras y a modo ejemplar, las que a continuación se indican:
asegurar los riesgos a base de primas de las personas o garantizar a éstas, dentro
o al término de un plazo, un capital, una póliza saldada o una renta para el
asegurado o sus beneficiarios, de acuerdo a lo establecido en los Artículos 4* y 8%
del DFL N* 251; cualquier otra actividad que la Superintendencia de Valores Y
Seguros autorice o haya autorizado o declare afines o complementarias al giro
propio de las compañías de seguros de vida; la celebración de actos y contratos
para la intermediación de seguros con corredores de seguros; convenios de
promoción, corretaje y distribución de los productos de la compañía; la contratación
de servicios de cobranza y recaudación de primas y/o de labores de procesamiento
y administración de dicha recaudación; adquisición de mutuos hipotecarios
endosables y convenios de administración de dichos mutuos y la cesión de dichos
instrumentos; otorgamiento de créditos conforme a las normas que rigen a las
compañías de seguros; actos, contratos y operaciones, en el mercado nacional o
internacional, respecto de depósitos, valores de oferta pública, instrumentos del
mercado de capitales y financiero y otros; actos, contratos y operaciones, con
bancos, instituciones financieras, intermediarios de valores, emisores,

administradores de fondos, entidades de custodia o de otra naturaleza, en Chile o
en el extranjero; la contratación de asesorías en materias financieras,
administrativas, contables, tributarias, informáticas legales, auditorías y otras
necesarias para el giro de la compañía; la celebración de contratos de
arrendamiento y leasing de bienes muebles o inmuebles; realización de operaciones
inmobiliarias, financiamiento vía préstamos en cuenta corriente de las necesidades
de caja de las sociedades inmobiliarias relacionadas y todos los actos, contratos y
operaciones en general, relacionados con la realización de las inversiones
necesarias para respaldar las reservas técnicas y el patrimonio de riesgo de la
compañía; la compra de bienes e insumos para el funcionamiento de la compañía;
celebrar contratos de seguros y reaseguros permitidos por la ley para las compañías
de seguros de vida.

Esta Política estará a disposición de los accionistas de la compañía, en las oficinas
sociales de ésta y específicamente en la Oficina del Gerente General.

VIGENCIA.

La presente política entrará en vigencia a contar de esta fecha y se mantendrá
vigente hasta que el Directorio no acuerde su modificación.

Santiago, 15 de Diciembre de 2016.

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=0ce75692449a812c5ae2bfabc2711f0dVFdwQmVFNXFSWGxOUkVVMVRXcFpNMDUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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