SS5/BESALCO
CONSTRUYENDO DESDE 1944
N° 311-2018
Santiago, Julio 31 de 2018
Inscripción R.V.S. N° 0497
Señores
Comisión para el Mercado Financiero
Avda. Libertador Bernardo O’Higgins 1449, piso 9
Presente HECHO ESENCIAL
De nuestra consideración:
El directorio de Besalco S.A., en reunión ordinaria celebrada el día de ayer, acordó actualizar la Política General de Habitualidad, la cual dice relación con la aprobación de operaciones con partes relacionadas. La señalada política fue aprobada en sesión de directorio N° 569 de fecha 5 de marzo de 2010.
La actualización consiste en consignar dentro de las operaciones ordinarias, aquellas que se realicen con Bancos e Instituciones Financieras y sus empresas relacionadas, tales como contratación de créditos, asesorías financieras, inversiones, compra y venta de divisas, seguros de cambio y otros, instrumentos de derivados, colocación y captación de valores, emisión de boletas de garantía, celebración de contratos de leasing, factoring, confirming, operaciones de comercio exterior, avales, contratos de servicios de apoyo a la gestión tales como cuenta corriente, pago de remuneraciones, pago de proveedores, pago de impuestos y en general operaciones habituales con dichas instituciones.
Asimismo, informamos a Uds. que con esta misma fecha se procederá a publicar en el sitio de Internet de la compañía, www.besalco.cl, la modificación de la política de habitualidad y además, en la casa matriz de la compañía en calle Ebro 2705, Las Condes, Santiago se pondrá a disposición de los accionistas ejemplares impresos de dicha política.
La presente comunicación se efectúa en cumplimiento de lo establecido en el art. 147, letra b) de la Ley 18.046, el acuerdo de directorio que apruebe o modifique las políticas generales de habitualidad, debe informarse como hecho esencial.
Atentamente,
Paulo Alay
Gerente General
Besalco S.A.
Ebro 2705, Las Condes, Santiago – Chile – Teléfono: (56-2) 2338 0800 – www.besalco.cl
Política General de Habitualidad
Besalco S.A.
De conformidad con lo dispuesto en la letra b) del art. 147 de la ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas, el Directorio de la sociedad, en su sesión ordinaria de fecha 5 de marzo de 2010, aprobó las “Políticas Generales de Habitualidad”, que permitirán a Besalco S.A. celebrar operaciones ordinarias del giro con partes relacionadas, sin necesidad de cumplir con los requisitos establecidos en la mencionada disposición legal. Posteriormente, en sesión de Directorio N° 685 celebrada el 30 de Julio de 2018 se acordó modificar la señalada política, la que queda como sigue:
“Políticas Generales de Habitualidad: Se entenderán como habituales las operaciones ordinarias que la sociedad realice con partes relacionadas, si ellas corresponden, directa o indirectamente, al cumplimiento del objeto social. También cumplirán dicha condición aquellas actividades afines o complementarias al objeto social.
Para facilitar la determinación respecto a la habitualidad de una operación, podrá tomarse en consideración la similitud de dicha operación con operaciones que la sociedad haya realizado ordinaria o recurrentemente, antes de esta fecha con partes relacionadas y a título de ejemplo, sin que la enumeración que sigue tenga el carácter de excluyente, se mencionan las siguientes operaciones:
1. Celebración de contratos o subcontratos de construcción en general.
2. Compra, venta, arrendamiento, o comodato de bienes muebles, inmuebles o derechos.
3. Administración y/o mantención de bienes y equipos.
4. Contratos de asociación o en cuentas en participación.
5. Prestación de servicios tales como: estudios y proyectos de ingeniería; preparación de ofertas propuestas o licitaciones; administración contable o de personal; servicios computacionales y de “back office” en general.
6. Asesorías administrativas, contables, financieras, computacionales, gerenciales, de contraloría, de auditoría, control de gestión, legal, tributario, recursos humanos, etc.
7. Otorgamiento de créditos, cuentas corrientes mercantiles, provisión de garantías bajo cualquier modalidad, contratación de boletas de garantía, fianzas, etc.
8. Celebrar con Bancos e Instituciones Financieras y sus empresas relacionadas contratos de créditos, asesorías financieras, inversiones, compra y venta de divisas, seguros de cambio y otros, instrumentos de derivados, colocación y captación de valores, emisión de boletas de garantía, contratos de leasing, factoring, confirming, operaciones de comercio exterior, avales, contratos de servicios de apoyo a la gestión tales como cuenta corriente, pago de remuneraciones, pago de proveedores, pago de impuestos y en general operaciones habituales con dichas instituciones.
9. Reembolso de gastos, cobros de oficina central, derechos por uso de marcas, registros, patentes y licencias.
Las operaciones que se enmarquen dentro de la política antes definida deben ajustarse en precio, términos y condiciones que prevalezcan en el mercado al tiempo de su celebración y contribuir al interés social.”
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=b02a743e041f7e949ac42343dc3c3d12VFdwQmVFOUVRVE5OUkVWNlRYcEZlRTVuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108