Santiago, 22 de abril de 2016
Señor
Carlos Pavez Tolosa
Superintendente de Valores y Seguros
Presente
HECHO ESENCIAL
BBVA Corredores de Bolsa Limitada
Con fecha 12 de agosto de 2015, BBVA Corredores de Bolsa Limitada (la “Corredora”), en relación al juicio “Corfo con
Monasterio y otros”, comunicó, en carácter de hecho esencial, que el 11 de agosto del mismo año, la Corte Suprema de
Justicia rechazó los recursos interpuestos por la Corredora, dejando a firme la resolución que la condenaba a pagar una
indemnización por daño emergente, reajustada entre el mes de febrero de 2003 – época en ocurrieron los hechos
respectivos -, hasta la fecha de pago efectivo, “más los intereses corrientes desde la mora y costas de la causa.”
La Corredora pagó oportuna y totalmente el capital de la condena y los respectivos reajustes. No obstante dicho pago,
Corfo pretendió, además, cobrar intereses desde el año 2003, sin que haya existido mora.
Esta pretensión fue declarada improcedente por el Tribunal de Primera Instancia, dado que la sentencia consideraba
intereses sólo para el caso de mora en su cumplimiento, lo que no ocurrió por haber la Corredora pagado integra y
oportunamente la condena,
En calidad de Hecho Esencial, esta Corredora informa que el presente 11 de abril, la Corte de Apelaciones de Santiago
revocó la decisión del Tribunal de Primera instancia, favorable a la Corredora, estableciendo que esta última se
encontraba en mora desde el 4 de septiembre de 2003, fecha en que Corfo, supuestamente, habría ejercido su derecho
areclamar perjuicios.
La Corredora considera que este fallo es contrario a Derecho, por lo que interpondrá los recursos judiciales pertinentes,
toda vez que nunca se encontró en mora o retardo, pues claramente: (i) no existía obligación de pagar suma alguna
sin una sentencia firme, lo que recién ocurrió el año 2015; y (ii) existiendo una sentencia firme, la Corredora cumplió total
y oportunamente su obligación de pago.
Sin perjuicio de la convicción de la Corredora respecto de la solidez de los argumentos para rebatir la resolución de 11
de abril en curso, se constituirá una provisión por este evento. Dicha provisión representa la máxima contingencia,
basada en las opiniones de abogados y asesores. Para lo anterior sus socios han acordado aumentar el capital en la
cantidad de $11.500.000.000, inmediatamente después de obtenidas las autorizaciones regulatorias correspondientes.
El impacto financiero se determinará considerando el efecto que tendría el monto de la aludida provisión en los
resultados de la Corredora en el ejercicio 2016.
La presente comunicación se efectúa en virtud de lo dispuesto en los artículos 9 y el inciso segundo del artículo 10 de la
Ley N*18.045, tratándose de un hecho que constituye información relevante respecto de la Corredora, comunicación que
es suscrita por el Gerente General, quien se encuentra debidamente facultado para ello.
hu
Mauricio Bol Figlieroa
f Gerente General
BBVA Corredores de Bolsa Limitada
Saluda atentamente a usted,
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