Resumen corto:
NA ia Una empresa dl po Secury O 201001000: Operador: PERANCO, | 010 – 11:18 CENTRO DE DOCUMENTACION Y OF. PARTES Ne Mm VALORES Y SEGUROS Señor Guillermo Larraín R. Superintendente de Valores y Seguros Presente Santiago, 15 de enero de 2010 De mi consideración Por medio de la presente y en con
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NA ia
Una empresa dl po Secury O
201001000:
Operador: PERANCO, | 010 – 11:18 CENTRO DE DOCUMENTACION Y OF. PARTES Ne Mm VALORES Y SEGUROS Señor Guillermo Larraín R.
Superintendente de Valores y Seguros Presente
Santiago, 15 de enero de 2010
De mi consideración
Por medio de la presente y en conformidad a lá Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas y a la Norma de Carácter General N 30 de la Superintendencia de Valores y Seguros (“SVS”), informo a Ud. lo siguiente:
Por medio de la presente y en conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 inciso 2? de la Ley 18.045 y lo dispuesto en la Norma de Carácter General N*30 de esa Superintendencia, vengo en comunicar en carácter de Hecho Esencial, lo siguiente:
Sociedades Anónimas (modificado por la Ley N* 20.382 de 20 de octubre de 2009), el Directorio de Banco Security, en su sesión celebrada el día 14 de enero en curso, se acordó por unanimidad aprobar una Política General Transitoria Relativa a las Operaciones Ordinarias Habituales del Banco con Partes Relacionadas, que corresponden a su giro y que tienen por objeto contribuir al interés social, ajustándose en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalecen en el mercado, copia de la cual se adjunta a la presente.
De conformidad con lo dispuesto en el literal h del N? 7 del artículo 147 de la Ley de
La Política aprobada queda a disposición de los accionistas en las oficinas de la compañía y se publicará en el sitio web de la misma www. security.cl.
sáluda atentamente a usted, ¡Ramón Eluchans ie e Gerente General
Y | | Apoquindo 3150, Las Condes, Santiago-Chile ” Teléfono: (56-2) 584 4000 – www.security.cl
POLÍTICA TRANSITORIA DE HABITUALIDAD PARA OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS DE BANCO SECURITY.
1. OBJETIVO
El propósito de la política transitoria de habitualidad para operaciones con partes relacionadas es determinar las operaciones ordinarias en consideración al giro social de Banco Security, dando cumplimiento a la letra b) del N? 7 det artículo 147 de la Ley 18.046, que vigente a contar del 1 de enero de 2010.
2. ALCANCE Todas las operaciones ordinarias en consideración al giro de Banco Security con sus personas relacionadas.
3. POLÍTICA |
Se entenderá por operaciones habituales de Banco Security aquellas que ésta rcalice corrientemente con partes relacionadas dentro de su giro social y que sean necesarias para el normal desarrollo de las actividades de Banco Security. Lo anterior, sin perjuicio de que su contratación sea por períodos mensuales, anuales o de mayor extensión. A este efecto y para facilitar la determinación respecto a la habitualidad de una operación, podrá tomarse en consideración la similitud de dicha operación con operaciones que la sociedad ha realizado ordinaria yo recurrentemente, antes del 1 de enero de 2010.
En todo caso, las operaciones con partes relacionadas que fueran a celebrarse con la sola autorización previa del Directorio, por ser éstas ordinarias en consideración al giro social y enmarcarse en la presente política, deberán tener por objeto contribuir al interés social y ajustarse en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado al tiempo de su aprobación.
Para la aplicación de la presente política, se co! sideraran como operaciones habituales aquellas que se ejecutan periódicamente por la sociedad y sin las cuales esta no podría desarrollar en forma normal, adecuada y eficientemente su giro, dependiendo por tanto de las mismas para el sustento de su operación y el correcto desenvolvimiento de ¡su vida comercial habitual.
A continuación se definen como operaciones habituales y ordinarias en consideración al giro de Banco Security, entre otras, las que a continuación se indican:
a) Todas aquellas operaciones y contratos que directa o indirectamente tengan por objeto el ejercicio y cumplimiento del giro social:
b) Todos aquellos actos, contratos, operaciones o negocios que la Ley General de Bancos y demás disposiciones legales, reglamentarias y normativas permiten realizar a los Bancos Comerciales.
e) La contratación de servicios y compra de bienes e insumos necesarios para desarrollar su actividad. ,
Sin perjuicio de todo lo anterior, Banco Security sólo podrá realizar operaciones con partes relacionadas cuando éstas se ajusten en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado.
La presente política deberá ser publicada en el sitio web www.sccurity.cl y quedará a disposición de los accionistas cn las oficinas de la sociedad.
Esta política entrará en vigencia a contar del 1% de Enero de 2010 la que se mantendrá vigente hasta el directorio que se celebre luego de la Junta Ordinaria de Accionistas del Banco durante el año 2010, debiendo éste último adoptar los acuerdos que correspondan conforme a la ley.
una empresa del grupo security www.prevision.cl
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=a29c05e354233020f692d51723962446VFdwQmVFMUVRWGhOUkVGM1RsUlZNMDFSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909