Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, CHILE (BBVA) 2016-04-22 T-16:34

B

Manuel Olivares R
Gerente General

Santiago, 22 de abril de 2016 Tel: 56 2 2679 1022
GG N*177-16 molivaresVbbva.com
BBVA Chile
Av. Costanera Sur 2710,
Señor Torre A Parque Titanium, Piso 23,

Las Condes, Santiago – Chile
Carlos Pavez Tolosa

Superintendente de Valores y Seguros
Presente

HECHO ESENCIAL
Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile

Con fecha 12 de agosto de 2015, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile (‘BBVA Chile”) comunicó en carácter de hecho
esencial que, en relación al juicio “Corfo con Monasterio y otros” el 11 de agosto del mismo año, la Corte Suprema de
Justicia rechazó los recursos interpuestos por su sociedad filial BBVA Corredores de Bolsa Limitada (la “Corredora”),
dejando a firme la resolución que la condenaba a pagar una indemnización por daño emergente, reajustada entre el mes
de febrero de 2003 – época en ocurrieron los hechos respectivos -, hasta la fecha de pago efectivo, “ más los intereses
corrientes desde la mora y costas de la causa.”

La Corredora pagó oportuna y totalmente el capital de la condena y los respectivos reajustes. No obstante dicho pago,
Corfo pretendió, además, cobrar intereses desde el año 2003, sin que haya existido mora.

Esta pretensión fue declarada improcedente por el Tribunal de Primera Instancia, dado que la sentencia consideraba
intereses sólo para el caso de mora en su cumplimiento, lo que no ocurrió por haber la Corredora pagado integra y
oportunamente la condena.

En calidad de Hecho Esencial, BBVA Chile informa que el presente 11 de abril, la Corte de Apelaciones de Santiago
revocó la decisión del Tribunal de Primera Instancia, favorable a la Corredora, estableciendo que esta última se
encontraba en mora desde el 4 de septiembre de 2003, fecha en que Corfo, supuestamente, habría ejercido su derecho
a reclamar perjuicios, según se informa en hecho esencial efectuado por esa sociedad filial y que se acompaña a esta
comunicación.

BBVA Chile considera que este fallo es contrario a Derecho. La Corredora ha informado que interpondrá los recursos
judiciales pertinentes, toda vez que nunca se encontró en mora o retardo, pues claramente: (i) no existía obligación
de pagar suma alguna sin una sentencia firme, lo que recién ocurrió el año 2015; y (ii) existiendo una sentencia firme, la
Corredora cumplió total y oportunamente su obligación de pago.

Sin perjuicio de la convicción del Banco y de la Corredora respecto de la solidez de los argumentos para rebatir la
resolución de 11 de abril en curso, la Corredora ha informado que se constituirá una provisión por este evento. Dicha
provisión representa la máxima contingencia, basada en las opiniones de abogados y asesores. Teniendo presente lo
comunicado por la Corredora, el Directorio de BBVA Chile, en sesión ordinaria celebrada el 20 de abril de 2016, ha
acordado concurrir al aumento de capital que efectuará dicha sociedad filial por la cantidad de $11.500.000.000,
inmediatamente después de obtenidas las autorizaciones regulatorias correspondientes.

Respecto de BBVA Chile, el impacto financiero que producirá la constitución de provisiones por parte de la Corredora, en
relación al fallo judicial antes referido, se determinará considerando el efecto que las mismas tendrán en los resultados
consolidados del Banco en el ejercicio del año 2016.

La presente comunicación se efectúa en virtud de lo dispuesto en los artículos 9 y el inciso segundo del artículo 10 de la
Ley N*18.045, tratándose de un hecho que constituye información relevante respecto de la Corredora, comunicación que
es suscrita por el Gerente General, quien se encuentra debidamente facultado para ello,

Saluda atentamente a usted,

Gerénte General
A Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Chile

Santiago, 22 de abril de 2016

Señor

Carlos Pavez Tolosa

Superintendente de Valores y Seguros
Presente

HECHO ESENCIAL
BBVA Corredores de Bolsa Limitada

Con fecha 12 de agosto de 2015, BBVA Corredores de Bolsa Limitada (la “Corredora”), en relación al juicio “Corfo con
Monasterio y otros”, comunicó, en carácter de hecho esencial, que el 11 de agosto del mismo año, la Corte Suprema de
Justicia rechazó los recursos interpuestos por la Corredora, dejando a firme la resolución que la condenaba a pagar una
indermización por daño emergente, reajustada entre el mes de febrero de 2003 – época en ocurrieron los hechos
respectivos -, hasta la fecha de pago efectivo, “más los intereses corrientes desde la mora y costas de la causa.”

La Corredora pagó oportuna y totalmente el capital de la condena y los respectivos reajustes. No obstante dicho pago,
Corfo pretendió, además, cobrar intereses desde el año 2003, sin que haya existido mora.

Esta pretensión fue declarada improcedente por el Tribunal de Primera Instancia, dado que la sentencia consideraba
intereses sólo para el caso de mora en su cumplimiento, lo que no ocurrió por haber la Corredora pagado integra y
oportunamente la condena.

En calidad de Hecho Esencial, esta Corredora informa que el presente 11 de abril, la Corte de Apetaciones de Santiago
revocó la decisión del Tribunal de Primera Instancia, favorable a la Corredora, estableciendo que esta última se
encontraba en mora desde el 4 de septiembre de 2003, fecha en que Corfo, supuestamente, habría ejercido su derecho
a reclamar perjuicios.

La Corredora considera que este fallo es contrario a Derecho, por lo que interpondrá los recursos judiciales pertinentes,
toda vez que nunca se encontró en mora o retardo, pues claramente: (i) no existía obligación de pagar suma alguna
sin una sentencia firme, lo que recién ocurrió el año 2015; y (¡i) existiendo una sentencia firme, la Corredora cumplió total
y oportunamente su obligación de pago.

Sin perjuicio de ta convicción de la Corredora respecto de la solidez de los argumentos para rebatir la resolución de 11
de abril en curso, se constituirá una provisión por este evento. Dicha provisión representa la máxima contingencia,
basada en las opiniones de abogados y asesores. Para lo anterior sus socios han acordado aumentar el capital en la
cantidad de $11.500.000.000, inmediatamente después de obtenidas las autorizaciones regulatorias correspondientes,

El impacto financiero se determinará considerando el efecto que tendría el monto de la aludida provisión en los
resultados de la Corredora en el ejercicio 2016.

La presente comunicación se efectúa en virtud de lo dispuesto en los artículos 9 y el inciso segundo del artículo 10 de la
Ley N*18.045, tratándose de un hecho que constituye información relevante respecto de la Corredora, comunicación que
es suscrita por el Gerente General, quien se encuentra debidamente facultado para ello.

Saluda atentamente a usted,

Mauricio Bl Fig
Í Gerente General
BBVA Corredores de Bolsa Limitada

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=60abe75c61ceb2aedc86cc3e477a1b1aVFdwQmVFNXFRVEJOUkVFeFRYcEZlVTEzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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