Respaldando empresas xx
Santiago, 24 de julio de 2017
Señor
Carlos Pavez Tolosa
Superintendente
Superintendencia de Valores y Seguros
Presente
Ref.: Informa Hecho Esencial
De nuestra consideración:
En virtud de lo dispuesto en los Artículos 9% y 10% de la Ley N* 18.045 sobre Mercado de
Valores, comunico a usted, en el carácter de hecho esencial, que el Directorio de AVLA SEGUROS
DE CREDITO Y GARANTIA S.A., en sesión celebrada con fecha 24 de julio de 2017, de
conformidad con lo dispuesto en la letra b) del último inciso del Artículo 147 de la Ley N* 18.046
sobre Sociedades Anónimas, y según lo instruido por Oficio Ordinario N* 19.208 de fecha 18 de
julio del presente, aprobó las siguientes modificaciones a los numerales ¡), iii) y ix) de su Política
General de Habitualidad:
“De esta forma, para esta Política se considerarán operaciones habituales al giro, entre
otras y a modo ejemplar, las que a continuación se indican:
i) Ofrecer todo tipo de seguros y reaseguros, en orden a asegurar y reasegurar: a) riesgos
sobre la base de prima, con el objeto de asumir los riesgos de crédito de las personas, empresas y
entidades de todo tipo, excepto respecto de partes relacionadas, y de las cesionarias de riesgos en
el caso del reaseguro; b) riesgos sobre la base de primas con el objeto de asumir los detrimentos
patrimoniales que puedan sufrir las personas, empresas y entidades de todo tipo con ocasión del
incumplimiento de obligaciones contractuales (pólizas de garantía);
iii) Celebración de contratos de prestación de servicios de cobranza prestados a terceros
relacionados a un seguro o póliza específicos otorgados por la Compañía o la contratación de
servicios de cobranza por parte de la Compañía ya sea a terceros o a empresas relacionadas;
ix) Celebración de contratos de arrendamiento y leasing de bienes muebles o inmuebles;
realización de operaciones inmobiliarias, así como todos los actos, contratos y operaciones en
general, relacionados con la realización de las inversiones necesarias para respaldar las reservas
técnicas y el patrimonio de riesgo de la Compañía, todo ello con estricto apego y cumplimiento de
la regulación vigente y la que la modifique.”
La referida política permite celebrar operaciones con partes relacionadas que corresponden
al giro de la Compañía y que tienen por objeto contribuir al interés social, ajustándose a precio,
términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado.
Se adjunta a la presente, copia de la Política General de Habitualidad, cuyas modificaciones
han sido acordadas por el Directorio de la Compañía, misma que ha sido puesta a disposición de los
accionistas en las oficinas sociales y se subirá a la web de la Compañía, a la brevedad posible.
Sin otro particular, saluda atentamente,
POLÍTICA GENERAL DE HABITUALIDAD
Gerencia Aprobado Autorizó Fecha Fecha última
Responsable: por: publicación: aprobación: actualización:
Finanzas Directorio Gerencia General | 24 de Enero 2017 |24 de Julio de 2017
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POLÍTICA GENERAL DE HABITUALIDAD
AVLA SEGUROS DE CRÉDITO Y GARANTÍA S.A.
PARA OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS
(Ley de Sociedades Anónimas, N* 18.046, artículo 147”, inciso final, letra b.)
En sesión de Directorio de AVLA SEGUROS DE CRÉDITO Y GARANTÍA S.A., celebrada el
24 de enero de 2017, se aprobó la presente Política General de Habitualidad para
operaciones con partes relacionadas que pueden ejecutarse sin los requisitos y
procedimientos establecidos en el artículo 147 de la Ley N* 18.046, las que son ordinarias
en consideración al giro social, deben ser necesarias para sus actividades, contribuir al
interés social y ajustarse en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalecen en el
mercado, al tiempo de su realización, ejecución y/o celebración.
Il. OBJETIVO
Establecer una política general de habitualidad sobre las operaciones con partes
relacionadas que puedan ejecutarse sin los requisitos y procedimientos establecidos en el
nuevo Título XVI de la Ley N” 18.046, sobre Sociedades Anónimas, en específico los
señalados en su artículo 147, números 1 a 7. Estas operaciones son necesarias y
contribuyen al interés social y se ajustan en precio, términos y condiciones a las que
prevalecen en el mercado al tiempo de su aprobación o celebración, además son ordinarias
en consideración al giro social de AVLA SEGUROS DE CRÉDITO Y GARANTÍA S.A.,
conforme lo señale un acuerdo del Directorio en este sentido.
Il. ALCANCE
Respecto a todas las operaciones ordinarias en consideración al giro de AVLA SEGUROS
DE CRÉDITO Y GARANTÍA S.A. con sus personas relacionadas.
111. POLITICA
Para los efectos descritos, se considerarán como operaciones ordinarias y habituales de
AVLA SEGUROS DE CRÉDITO Y GARANTÍA S.A. aquellas que ésta realice con partes
relacionadas dentro de su giro social, esto es, la actividad aseguradora y sus actividades
afines o complementarias autorizadas por la legislación o por la Superintendencia de
Valores y Seguros, y que sean necesarias y convenientes para el normal desarrollo de las
Poni
actividades de AVLA SEGUROS DE CRÉDITO Y GARANTÍA S.A., en adelante la
Compañía, independiente de su monto y sin perjuicio, cuando corresponda, del plazo
comprendido en la operación, acto o contrato.
Para determinar la habitualidad, también se podrá acudir a la reiteración o semejanza de la
operación con operaciones que la Compañía ha desarrollado ordinaria y/o en forma
frecuente, reiterada o periódica, incluso aquellas anteriores a esta fecha y sin las cuales la
Compañía no podría desarrollar en forma normal, adecuada y eficiente su giro y sus
políticas.
De esta forma, para esta Política se considerarán operaciones habituales al giro, entre otras
y a modo ejemplar, las que a continuación se indican:
1) Ofrecer todo tipo de seguros y reaseguros, en orden a asegurar y reasegurar: a) riesgos
sobre la base de prima, con el objeto de asumir los riesgos de crédito de las personas,
empresas y entidades de todo tipo, excepto respecto de partes relacionadas, y de las
cesionarias de riesgos en el caso del reaseguro.; b) riesgos sobre la base de primas con el
objeto de asumir los detrimentos patrimoniales que puedan sufrir las personas, empresas y
entidades de todo tipo con ocasión del incumplimiento de obligaciones contractuales
(pólizas de garantía);
ii) Asegurar y reasegurar con entidades nacionales o extranjeras, con la intermediación de
corredores de seguros y reaseguros.
li) Celebración de contratos de prestación de servicios de cobranza prestados a terceros
relacionados a un seguro o póliza específicos otorgados por la Compañía o la contratación
de servicios de cobranza por parte de la compañía ya sea a terceros o a empresas
relacionadas.
iv) Celebración de contratos para agentes de ventas a nombre de la Compañía.
v) Celebración de contratos con empresas de call center o de promoción o publicidad de
seguros con medios de comunicación remota, masiva, entidades dedicadas a la promoción
de seguros a través de sus canales de venta, todo lo anterior en estricta conformidad a la
ley.
vi) Celebración de actos y contratos para la intermediación de seguros con corredores de
seguros; convenios de promoción, corretaje y distribución de los productos de la Compañía;
A
la contratación de servicios de cobranza y recaudación de primas y/o de labores de
procesamiento y administración de dicha recaudación.
vii) Adquisición de instrumentos financieros, valores de oferta pública, mutuos hipotecarios
endosables y convenios de administración de dichos mutuos y la cesión de dichos
instrumentos; otorgamiento de créditos conforme a las normas que rigen a las Compañías
de seguros; actos, contratos y operaciones, en el mercado nacional o internacional, respecto
de depósitos, valores de oferta pública, instrumentos del mercado de capitales y financiero
y otros; actos, contratos y operaciones, con bancos, instituciones financieras, intermediarios
de valores, emisores, administradores de fondos, entidades de custodia o de otra
naturaleza, en Chile o en el extranjero.
viii) Contratación de asesorías en materias financieras, administrativas, contables,
tributarias, informáticas, legales, regulatorias, auditorías y otras necesarias para el giro de
la Compañía.
ix) Celebración de contratos de arrendamiento y leasing de bienes muebles o inmuebles;
realización de operaciones inmobiliarias, así como todos los actos, contratos y operaciones
en general, relacionados con la realización de las inversiones necesarias para respaldar las
reservas técnicas y el patrimonio de riesgo de la Compañía, todo ello con estricto apego y
cumplimiento de la regulación vigente y la que la modifique.
x) Celebración de contratos de compraventa, arrendamiento o adquisición a cualquier título,
prestación de servicios o uso de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles de
bienes e insumos para el funcionamiento de la Compañía.
La presente Política estará a disposición de los accionistas de la Compañía, en las oficinas
sociales de ésta y específicamente en la Oficina del Gerente General, así como en la página
Web de AVLA SEGUROS DE CRÉDITO Y GARANTÍA S.A.
IV, VIGENCIA.
La presente política entrará en vigencia a contar de esta fecha y se mantendrá vigente hasta
que el Directorio no acuerde su modificación o actualización.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=c6031c62bf9ec8ed471925c3f4fa6c4cVFdwQmVFNTZRVE5OUkVWNVQxUnJNazFSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909