Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

ANDINA-B: EMBOTELLADORA ANDINA S.A. 2021-11-11 T-22:52

A

HECHO ESENCIAL
RAZÓN SOCIAL: EMBOTELLADORA ANDINA S.A.
REGISTRO DE VALORES: 00124
R.U.T.: 91.144.000-8

En virtud de lo establecido en el Art. 9 e inciso 2° del Art. 10 de la Ley N°18.045, y lo dispuesto en la Sección II de la Norma de Carácter General N°30 y Circular N°1.737 de la Comisión para el Mercado Financiero, estando debidamente facultado, vengo a informar lo siguiente respecto de la sociedad Embotelladora Andina S.A. (en adelante, el “Emisor”), de sus negocios, de sus valores de oferta pública o de la oferta de ellos, en carácter de hecho esencial:

Con esta fecha, se celebraron, a través de medios remotos, las siguientes juntas de tenedores de bonos emitidos por el Emisor (las “Juntas”) según los contratos de emisión de bonos que se indican a continuación (los “Contratos de 0”):

(a) Junta de tenedores de bonos de la Serie B, incluyendo sus respectivas sub-series B-1 y B-2, según contrato de emisión de bonos inscrito en el Registro de Valores que lleva esta Comisión bajo el número de registro 254;
(b) Junta de tenedores de bonos de la Serie C, según contrato de emisión de bonos inscrito en el Registro de Valores que lleva esta Comisión bajo el número de registro 641;
(c) Junta de tenedores de bonos de la Serie D, según contrato de emisión de bonos inscrito en el Registro de Valores que lleva esta Comisión bajo el número de registro 760;
(d) Junta de tenedores de bonos de la Serie E, según contrato de emisión de bonos inscrito en el Registro de Valores que lleva esta Comisión bajo el número de registro 760; y
(e) Junta de tenedores de bonos de la Serie F, según contrato de emisión de bonos inscrito en el Registro de Valores que lleva esta Comisión bajo el número de registro 912.

En las referidas Juntas se acordó, entre otras materias, modificar los Contratos de Emisión en lo relativo a la obligación del Emisor de mantener un cierto nivel de endeudamiento, sustituyéndola por una nueva obligación de nivel de endeudamiento no mayor a 3,5 veces definido como la razón entre: (a) el promedio del pasivo financiero neto consolidado, calculado sobre los últimos cuatro “Estados Financieros Consolidados de Situación Financiera” contenidos en los Estados Financieros Consolidados del Emisor que éste haya presentado a la fecha de cálculo a la Comisión; y (b) el EBITDA acumulado en el período de doce meses consecutivos que termina al cierre del último de los “Estados Financieros Consolidados de Resultados por Función” contenidos en los Estados Financieros Consolidados que el Emisor haya presentado a la fecha de cálculo a la Comisión.

Santiago, 11 de noviembre de 2021.

Jaime Cohen Arancibia
Gerente Corporativo Legal
Embotelladora Andina S.A.

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=6dc8d0db3f2dc22bc09750266e93de86VFdwQmVVMVVSWGhOUkZFeFRtcEZNRTUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108

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