HECHO ESENCIAL
RAZÓN SOCIAL: EMBOTELLADORA ANDINA S.A.
REGISTRO DE VALORES: 00124
R.U.T.: 91.144.000-8
En virtud de lo establecido en el Art. 9 e inciso 22 del Art. 10 de la Ley 18.045 y lo dispuesto en la Sección II de la Norma de Carácter General N° 30 de la Superintendencia de Valores y Seguros (hoy Comisión para el Mercado Financiero), encontrándome debidamente facultado al efecto, vengo a comunicar lo siguiente respecto de la sociedad Embotelladora Andina S.A. (“Andina”, la “Sociedad” o la “Compañía”), de sus negocios, de sus valores de oferta pública o de la oferta de ellos, en carácter de hecho esencial:
Con fecha de hoy, Andina en conjunto con Coca-Cola Embonor S.A. (los “Distribuidores”) han suscrito un contrato de distribución con Sociedad Anónima Viña Santa Rita (en adelante, el “Contrato”), en virtud del cual los Distribuidores asumirán la venta, comercialización y distribución de ciertos productos de Sociedad Anónima Viña Santa Rita en determinadas regiones del país.
La suscripción del Contrato forma parte de la estrategia de crecimiento y diversificación del portafolio de productos de la Compañía iniciada en 2018, mediante la entrada a la comercialización y distribución de bebidas alcohólicas.
Dentro de las marcas de los productos de Sociedad Anónima Viña Santa Rita a ser distribuidos por Andina en las regiones de Antofagasta, Atacama, Coquimbo, Metropolitana, Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo y Magallanes y la Antártica Chilena, así como también en las provincias de Cachapoal y San Antonio, se encuentran Casa Real, Medalla Real, Carmen y 120, entre otras.
Si bien por el momento no es posible anticipar el volumen incremental que generará esta transacción, se informa que en el año 2020 los volúmenes de venta de los productos incluidos en el Contrato, en el territorio en que serán comercializados por Andina, alcanzaron aproximadamente 6,3 millones de cajas unitarias, con ventas de aproximadamente $39.000 millones de pesos.
El Contrato tendrá una duración de 5 años a partir del 2 de noviembre de 2021, fecha en la cual se deberá haber iniciado la prestación de los servicios. Dicho plazo será renovable en los términos y condiciones establecidos en el Contrato.
Santiago, 19 de agosto de 2021.
Jaime Cohen Arancibia
Gerente Corporativo Legal
Embotelladora Andina S.A.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=968742901e33f94fc758fdb600c2af09VFdwQmVVMVVRVFJOUkUxNlQxUlpkMDlCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108