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EL COLORADO” DIVERSIÓN 10D0 11 AÑO
ANDACOR S.A.
Sociedad Anónima Abierta
Inscripción en el Registro de Valores N* 0145
HECHO ESENCIAL
Santiago, 16 de abril de 2019
Comisión para el Mercado Financiero
Presente
De nuestra consideración,
En virtud de lo establecido en la Norma de Carácter General N*30
y Circular N” 660 de esta Superintendencia, y en virtud a lo
dispuesto en el artículo 9 e inciso segundo del artículo 10% de
la Ley N*18.045 de Mercado de Valores, informamos a Ud. en carácter
de Hecho Esencial, que en la Junta Extraordinaria de Accionistas
de ANDACOR S.A., celebrada el día 15 de abril de 2019, se adoptaron
los siguientes acuerdos:
1.- Autorizar el aporte en dominio vender, ceder, transferir y/o
enajenar a una sociedad por acciones, de giro inmobiliario, cuyo
único accionista será Andacor S.A., el denominado Lote P8, de una
superficie de 6.800,170 metros cuadrados, resultante de la fusión
de los lotes ML-1-P1 y Lote P7b, y cuyos deslindes constan de
Plano de Fusión archivado bajo el número 21870-FE con fecha 08 de
abril del año 2018 en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago
y cuya inscripción a nombre de Andacor S.A., rola inscrita a
fojas 2796 número 5157 del Registro de Propiedad del año 1950 del
Conservador de Bienes Raíces de Santiago; Y asimismo para
determinar la valorización del Lote en comento, para efectos del
aporte a la sociedad por acciones, ya referida; pudiendo renunciar
a las acciones resolutorias;
2.- Dejar constancia que el aporte/enajenación se hace con el
cabal y pleno conocimiento y consentimiento del Directorio y de
los accionistas de la sociedad;
A.
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3.- Se acordó autorizar la constitución de una sociedad por
acciones de giro inmobiliario, en la cual Andacor S.A. será el
único accionista constituyente, y €n la cual se pagará el capital
aportado por Andacor S.A., con el aporte en dominio del lote P8 ya
referida.
4. Se acordó faculiar y autorizar a los apoderados de la sociedad
con poderes suficientes, para suscribir y otorgar la escritura
pública en que se materializará dicho aporte, transferencia O
enajenación y para que otorguen todas las modificaciones,
aclaraciones O rectificaciones que se requieran para la debida
transferencia del inmueble y/o constitución de la sociedad de que
se da cuenta.
5.- En consecuencia de los acuerdos adoptados precedentemente,
quedó facultado el Directorio para designar a nuevos apoderados
para tales efectos, quienes podrán firmar y/o suscribir todos los
documentos públicos y privados que sean necesarios para la debida
transferencia y enajenación del inmueble autorizada en la presente
Junta Extraordinaria de Accionistas.
Una copia certificada del Acta correspondiente a la citada Junta,
será acompañada a esta Superintendencia, dentro del plazo
establecido para ello en la Norma de Carácter General N” 30 de
dicha institución.
sin otro particular, saluda atentamente afasted.
efbee Grant
erente General
ANDACOR S.A.
Adj. Loindicado
CC: Bolsa de Comercio de Santiago
Bolsa de Comercio de Valparaíso
Bolsa Electrónica
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=349c07a59d55408d7cb5cfd87e4ef6fdVFdwQmVFOVVRVEJOUkVFeVRsUlJNRTVuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108