OMAR OOOO OO Po
2018120213520 Prietocarrizosa
26/12/2018 11:14 Operador: PFRANCO Ferrero DU
DIVISION CONTROL FINANCIERO VALORES ría
Nro Inscrip: 948y
Santiago, 24 de diciembre de 2018
Sr.
Joaquín Cortez Huerta
Presidente
Comisión para el Mercado Financiero
Avenida Libertador Bernardo O’higgins n*1449, piso 1
Santiago
PRESENTE
Ref.: Comunica hecho esencial
De nuestra consideración:
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 y en el inciso segundo del
artículo 10 de la ley 18.045 sobre Mercado de Valores, y lo previsto en la NCG
N? 30, y encontrándome debidamente facultado para ello, vengo a informar
con carácter de hecho esencial, el anuncio de América Móvil respecto de la
notificación recibida por su subsidiaria Teléfonos de México, S.A.B de C.V.
(“Telmex”), de la resolución emitida por el instituto federal de
Telecomunicaciones (“IFT”), mediante la cual se le impone una multa de
$2,543 millones de pesos derivada de un procedimiento de sanción iniciado
por el supuesto incumplimiento en los años 2013 y 2014 a ciertas metas
mínimas de calidad de servicios de enlaces dedicados establecías pro la
extinta Comisión Federal de Telecomunicaciones para el periodo 2011-2014,
información que se adjunta.
Sin otro particular, le saluda atentamente,
CT
FedpricolGrebe
Philippi Prietocalrizosa)Ferrero DU 8. Uría
Santiago de Chile +
Y
– =S
americaato
mMmÓóxal
“América Móvil informa sobre resoluciones
emitidas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones”
Ciudad de México, a 20 de diciembre de 2018. América Móvil, S.A.B. de C.V. (“AMX”)
[BMV: AMX] [NYSE: AMX | AMOV], informa que su subsidiaria, Teléfonos de México,
S.A.B. de C.V. (“Telmex”), fue notificada de una resolución emitida por el Instituto Federal
de Telecomunicaciones (“FT”), mediante la cual se le impone una multa de $2,543
millones de pesos derivada de un procedimiento de sanción iniciado por el supuesto
incumplimiento en los años 2013 y 2014 a ciertas metas mínimas de calidad de servicios
de enlaces dedicados establecidas por la extinta Comisión Federal de
Telecomunicaciones para el periodo 2011-2014.
América Móvil y Telmex no comparten el procedimiento ni la resolución emitida por el IFT
y harán valer todos los medios legales a su alcance en contra de la misma. Esta ¡legal y
desproporcional multa afecta la certeza y seguridad jurídica en un sector que requiere de
importantes inversiones para su desarrollo.
Adicionalmente, el IFT notificó a Telmex una resolución en la que determinó que NO
existe responsabilidad de Telmex y de Dish (Comercializadora de Frecuencias Satelitales,
S.A. de C.V.) derivada del procedimiento de sanción iniciado por el IFT por la supuesta
violación a la regla de gratuidad en materia de retransmisión de contenidos audiovisuales.
El presente evento relevante contiene ciertos pronósticos o proyecciones, que reflejan la visión actual o las expectativas de AMX y
su administración con respecto a su desempeño, negocio y eventos futuros. AMX usa palabras como “creer”, “anticipar”, “planear,
“esperar”, “pretender”, “objetivo”, “estimar”, “proyectar”, ‘predecir’, “pronosticar”, “lineamientos”, “deber” y otras expresiones
similares para identificar pronósticos o proyecciones, pero no es la única manera en que se refiere a los mismos. Dichos enunciados
están sujetos a ciertos riesgos, imprevistos y supuestos. AMX advierte que un número importante de factores podrían causar que
los resultados actuales difieran materialmente de los planes, objetivos, expectativas, estimaciones e intenciones expresadas en el
presente evento relevante. AMX no está sujeta a obligación alguna y expresamente se deslinda de cualquier intención u obligación
de actualizar o modificar cualquier pronóstico o proyección que pudiera resultar de nueva información, eventos futuros o de
cualquier otra causa.
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=b9182d2e8290f1a20e22fd6c81ce0a5dVFdwQmVFOUVSWGxOUkVsNFRYcFZlVTFCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108