Resumen corto:
E) Alemana. HECHO ESENCIAL Santiago, 30 de marzo de 2023 Señora Solange Berstein Jáuregui Presidente Comisión para el Mercado Financiero Presente Ref.: Comunica Hecho Esencial De nuestra consideración: De acuerdo a lo establecido en los artículos 9 y 10 de la Ley N*18.045 sobre Mercado de Valore
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E) Alemana.
HECHO ESENCIAL Santiago, 30 de marzo de 2023 Señora Solange Berstein Jáuregui Presidente Comisión para el Mercado Financiero Presente
Ref.: Comunica Hecho Esencial
De nuestra consideración:
De acuerdo a lo establecido en los artículos 9 y 10 de la Ley N*18.045 sobre Mercado de Valores y demás normativa vigente, informamos como Hecho Esencial que el Directorio de Alemana Seguros S.A., en sesión ordinaria celebrada el día de hoy, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 147 inciso segundo de la Ley N* 18.046, acordó actualizar la Política General de Habitualidad.
Debido a lo anterior, se adjunta a la presente, copia de la versión actualizada de la Política General de Habitualidad acordada por el Directorio de la Compañía, la cual se encontrará a disposición de los accionistas en las oficinas sociales y en el sitio web www.alemanaseguros.cl
Sin otro particular, se despide atentamente,
ALEMANA SEGUROS S.A.
POLÍTICA GENERAL DE HABITUALIDAD PARA LAS OPERACIONES ENTRE PARTES RELACIONADAS CONFORME AL ARTÍCULO 147 DE LA LEY DE SOCIEDADES ANÓNIMAS.
APROBADA POR EL DIRECTORIO DE ALEMANA SEGUROS S.A. EN SESION DE FECHA 30 DE MARZO DE 2023.
1. OBJETIVO.
La presente actualización de la Política General de Habitualidad tiene por objeto determinar las operaciones habituales de Alemana Seguros S.A. (en adelante la Sociedad) que, siendo ordinarias en consideración a su giro social, podrán efectuarse, ejecutarse yo celebrarse con partes relacionadas (las Operaciones Habituales), sin necesidad de cumplir con los requisitos, formalidades y procedimientos que se establecen en los numerales 1) al 7) del inciso primero del artículo 147 de la Ley de Sociedades Anónimas, incorporados por la Ley N*20.382 de Normas sobre Gobiernos Corporativos, en la medida que dichas operaciones tengan por objeto contribuir al interés social y se ajusten en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado al tiempo de su aprobación o celebración.
La presente política ha sido aprobada por el Directorio de Alemana Seguros S.A.
según lo prescrito por el citado artículo 147 inciso segundo de la Ley N*18.046 de Sociedades Anónimas.
2. ALCANCE.
Todas las operaciones ordinarias en consideración al giro de Alemana Seguros S.A.
con sus personas relacionadas.
3. POLÍTICA.
Para los efectos de la presente Política General de Habitualidad se deja constancia que el objeto exclusivo de la sociedad es asegurar y reasegurar, a base de primas, o en la forma que autorice la ley, los riesgos de las personas o garantizar a éstas, dentro o al término de un plazo, un capital, una póliza saldada o una renta para el asegurado o sus beneficiarios, de acuerdo a lo establecido en los artículos Cuarto y Octavo del Decreto con Fuerza de Ley número doscientos cincuenta y uno de mil novecientos treinta y uno, o en las disposiciones legales o reglamentarias que pudieren sustituirlo, modificarlo o complementarlo, y realizar todos las demás actos o contratos que la Ley permita realizar a las compañías de seguros del segundo grupo.
Se entenderá por operaciones habituales de Alemana Seguros S.A. con partes relacionadas todas aquellas operaciones, actos, contratos yo negocios que ésta realice, ejecute, participe y o celebre con partes relacionadas, independiente de cuál sea su monto, plazo o vigencia, sin importar si su contratación es por períodos mensuales, semestrales, anuales o por un plazo superior, en la medida que dichas operaciones se enmarquen dentro de su giro social yo sean necesarias para el normal desarrollo de las actividades de la Sociedad en el ejercicio y cumplimiento de su giro social, debiendo tomarse en consideración para su calificación de habitualidad la frecuencia y similitud de éstas con operaciones, actos y contratos que la Sociedad efectúe o haya efectuado en forma ordinaria y frecuentemente dentro de su giro.
Sin perjuicio de lo anterior, estas operaciones deberán tener siempre por objeto contribuir al interés social y ajustarse en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado al tiempo de su realización, ejecución yo celebración.
En atención al giro de la Sociedad y sus actividades complementarias se considerarán operaciones habituales que pueden ejecutarse sin cumplir los requisitos establecidos en el artículo 147 de la Ley de Sociedades Anónimas las que se indican a continuación, las cuales deberán ser realizadas dentro del giro ordinario de la Compañía y contratadas con sus personas relacionadas, en especial con las empresas accionistas Grupo Alemana SpA y Clínica Alemana de Santiago S.A. y sus filiales, o aquellas otras personas que en lo sucesivo lleguen a tener la calidad de relacionadas con la Sociedad:
a. La contratación de servicios profesionales que comprendan contabilidad, informes financieros, tesorería y bancos, asesoría legal, tributaria y en materia de inversiones, aprovisionamiento y auditoría interna, la contratación de servicios y personal, servicios de tecnologías de la información, y otros servicios que sean accesorios o complementarios con los anteriores;
b. La adquisición, transferencia y arrendamiento de toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, necesarios para el desarrollo, operación y mantenimiento de los activos y giro de la Sociedad, así como la habilitación e instalación de los inmuebles.
C. La realización de operaciones financieras entre empresas que pertenezcan al mismo grupo empresarial de la Sociedad, incluyendo aquellas operaciones
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financieras que, bajo la denominación de préstamos financieros, se celebren para la optimización del manejo de la caja de la Sociedad;
La celebración de operaciones referidas a arriendo y cesión de espacios físicos;
La contratación de asesorías en temas financieros y médicos;
La contratación de servicios de comercialización, promoción y distribución de productos, para uso de canales de distribución y contacto al cliente;
La contratación de asesorías de marketing y promoción de seguros y productos asociados a las pólizas de seguros que emita la Sociedad.
REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN.
La presente actualización de la Política entra en vigencia el 30 de marzo de 2023 y cualquier modificación deberá ser efectuada por el Directorio de la misma forma en que ésta se ha adoptado.
5.
DIFUSIÓN.
De acuerdo a lo establecido en la letra b) del artículo 147 de la Ley sobre Sociedades Anónimas, una vez aprobados los cambios por el Directorio, se informará la actualización de la política será informado como hecho esencial.
La Política quedará a disposición de los accionistas en el domicilio social de la Sociedad y se publicará en el sitio web www.alemanaseguros.cl
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=723943171ef729c7d5e6261336b05779VFdwQmVVMTZRWHBOUkVWNlRsUlZkMDVuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108