Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

ALEMANA SEGUROS S.A. 2018-03-01 T-11:35

A

PEDO:

HECHO ESENCIAL
Santiago, 1 de marzo de 2018
Señor
Carlos Pavez Tolosa
Presidente
Comisión para el Mercado Financiero
Presente

Ref.: Comunica Hecho Esencial

De nuestra consideración:

De acuerdo a lo establecido en los artículos 9 y 10 de la Ley N218.045 sobre Mercado
de Valores y demás normativa vigente, informamos como Hecho Esencial que el
Directorio de Alemana Seguros S.A., en sesión ordinaria celebrada con fecha 27 de
febrero de 2018, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 147 inciso segundo de la
Ley N* 18.046, acordó actualizar la Política General de Habitualidad.

Debido a lo anterior, se adjunta a la presente, copia de la versión actualizada de la
Política General de Habitualidad acordada por el Directorio de la Compañía, la cual
se encontrará a disposición de los accionistas en las oficinas sociales y en el sitio
web www.alemanaseguros.cl

Sin otro parti ular, se despide atentamente,

Y

No

o

ALEMANA SEGUROS S.A.

POLÍTICA GENERAL DE HABITUALIDAD PARA LAS OPERACIONES ENTRE PARTES
RELACIONADAS CONFORME AL ARTÍCULO 147 DE LA LEY DE SOCIEDADES
ANÓNIMAS.

APROBADA POR EL DIRECTORIO DE ALEMANA SEGUROS S.A. EN SESION DE FECHA
27 DE FEBRERO DE 2018.

1. OBJETIVO

La presente actualización de la Política General de Habitualidad tiene por objeto
determinar las operaciones habituales de Alemana Seguros S.A. (En adelante la
Sociedad) que, siendo ordinarias en consideración a su giro social, podrán
efectuarse, ejecutarse y/o celebrarse con partes relacionadas (las “Operaciones
Habituales”), sin necesidad de cumplir con los requisitos, formalidades y
procedimientos que se establecen en los numerales 1) al 7) del inciso primero del
citado artículo 147 de la Ley de Sociedades Anónimas, incorporados por la Ley N*
20.382 de Normas sobre Gobiernos Corporativos, en la medida que dichas
Operaciones tengan por objeto contribuir al interés social y se ajusten en precio,
términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado al tiempo de su
aprobación o celebración.

La presente política debe ser aprobada por el Directorio de Alemana Seguros S.A.
según lo prescrito por el artículo 147 inciso segundo de la Ley N* 18.046 de
Sociedades Anónimas.

2. ALCANCE

Todas las operaciones ordinarias en consideración al giro de Alemana Seguros S.A.
con sus personas relacionadas.

3. POLITICA

Para los efectos de la presente Política General de Habitualidad, se deja constancia
que el objeto exclusivo de la sociedad es asegurar y reasegurar, a base de primas, o
en la forma que autorice la ley, los riesgos de las personas o garantizar a éstas,
dentro o al término de un plazo, un capital, una póliza saldada o una renta para el
asegurado o sus beneficiarios, de acuerdo a lo establecido en los artículos Cuarto y

Octavo del Decreto con Fuerza de Ley número doscientos cincuenta y uno de mil
novecientos treinta y uno, o en las disposiciones legales o reglamentarias que
pudieren sustituirlo, modificarlo o complementarlo, y realizar todos las demás actos
o contratos que la Ley permita realizar a las compañías de seguros del segundo

grupo.

Se entenderá por operaciones habituales de Alemana Seguros S.A. con partes
relacionadas, todas aquellas operaciones, actos, contratos y/o negocios que ésta
realice, ejecute, participe y/ o celebre con partes relacionadas, independiente de
cuál sea su monto, plazo o vigencia, sin importar si su contratación es por períodos
mensuales , semestrales, anuales o por un plazo superior, en la medida que dichas
Operaciones se enmarquen dentro de su giro social y/o sean necesarias para el
normal desarrollo de las actividades de la Sociedad en el ejercicio y cumplimiento de
su giro social, debiendo tomarse en consideración para su calificación de
habitualidad la frecuencia y similitud de éstas con operaciones, actos y contratos
que la Sociedad efectúe o haya efectuado en forma ordinaria y frecuentemente
dentro de su giro.

Sin perjuicio de lo anterior, estas operaciones deberán tener por objeto contribuir al
interés social y ajustarse en precio, términos y condiciones a aquellas que
prevalezcan en el mercado al tiempo de su realización, ejecución y/o celebración.

En atención al giro de la Sociedad y sus actividades complementarias se
considerarán operaciones habituales que pueden ejecutarse sin cumplir los
requisitos establecidos en el artículo 147 de la Ley de Sociedades Anónimas las que
se indican a continuación, las cuales deberán ser realizadas dentro del giro ordinario
de la Compañía y contratadas con sus personas relacionadas, en especial con sus
empresas controladoras Clínica Alemana SpA y Clínica Alemana de Santiago S.A. y
sus filiales, o aquellas otras personas que en lo sucesivo lleguen a tener la calidad de
relacionadas con la Sociedad, sin que esta enumeración sea limitativa sino de
carácter referencial:

a. La contratación de servicios profesionales, servicios gerenciales y de
administración que comprendan, entre otros, la contabilidad, informes
financieros, tesorería y bancos, asesoría legal, tributaria y en materia de
inversiones, seguros, aprovisionamiento y auditoría interna, la contratación Y
de servicios y personal, servicios de informática, y cualquier otro servicio .
que sea accesorio o complementario con los anteriores;

b. La adquisición, transferencia y arrendamiento de toda clase de bienes,
muebles o inmuebles, corporales o incorporales, necesarios para el
desarrollo, operación y mantenimiento de los activos y giro de la Sociedad,
así como la habilitación e instalación de los inmuebles.

Cc. La realización de operaciones financieras entre empresas que pertenezcan al
mismo grupo empresarial de la Sociedad, incluyendo aquellas Operaciones
financieras que bajo la denominación de cuenta corriente mercantil y/o
préstamos financieros, se celebren para la optimización del manejo de la caja
de las respectivas sociedades;

d. La contratación de asesorías y servicios, así como la adquisición de activos,
bienes e insumos, necesarios para la operación de las oficinas y equipos de
administración de la Sociedad;

e. La contratación de servicios de comercialización, promoción y distribución
de productos, para uso de canales de distribución y contacto al cliente;

f. La contratación de asesorías de marketing y promoción de seguros y
productos asociados a las pólizas de seguros que emita la Sociedad; y

8. Todas las demás necesarias para el desarrollo de los negocios sociales y para el
cumplimiento de las normas y obligaciones aplicables a la Sociedad.

La presente actualización de la Política entra en vigencia el 27 de febrero de 2018 y
cualquier modificación deberá ser efectuada por el Directorio de la misma forma en
que ésta se ha adoptado.

A
La Política quedará a disposición de los accionistas en el domicilio social de la ¡l
Sociedad y se publicará en el sitio web www. alemanaseguros.cl |

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=b033ab3aa9bfb36b0c708bca58ac3014VFdwQmVFOUVRWHBOUkVGNlRucEZNMDlCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108

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