Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

AGUAS QUEPE S.A. 2016-03-07 T-12:58

A

QUEPE, 29 de Febrero de 2016.-

REF: Informa hechos relevantes, adjunta
Escritura Publica Acta del Nuevo
Directorio de AGUAS QUEPE S.A.

a 0108 08680008000 ‘ E) o

– 2016030028089
SENORES 07/03/2016 – 12:58 Operador: ESALINA
SUPERINTENDENCIA DE VALORES Y SEGUF.* “Nro, Inscrip:235i – DEPARTAMENTO DE CENTRO Ds
SANTIAGO SUPERINTENDENCIA

VALORES Y SEGUROS

PRESENTE o A XA
AT.: DEP. SOCIEDADES ANONIMAS

De nuestra consideración:
Por el presente documento exponemos, lo siguiente:

Informamos hechos relevantes, de acuerdo a la nueva composición accionaria, que derivo a la
novena Junta Extraordinaria de Accionista de fecha 04 de Diciembre de 2015, donde se acordó
lo siguiente: renovación total del Directorio de Aguas Quepe S.A..

A posterior con fecha 08 de Enero de 2016, se efectuó la reunión constitutiva de Directorio según
Acta N* 121, donde se designo como Presidente a Don Octavio Salgado Reyes y como
Vicepresidente a Doña María Eliana Oliva LLancañir.

Y con fecha 14 de Enero de 2016, se realizo Acta Sesión N* 122 ordinaria de Directorio de la
empresa AGUAS QUEPE S.A.; donde se revoca los poderes de la Gerente y se nombra el
nuevo Gerente y se aprueban los nuevos poderes.

Para oficializar la información de lo sucedido, se adjunta Escritura Pública de los hechos y que
con fecha 15 de Febrero de “2016, se oficializa el cambio de administración de la Sanitaria,
para que la Superintendencia tome razón del hecho relevante ocurridos en A Quepe s.a.

Saludan atentamente a Uds.

ANSELMO VIMÉNEZ MARTIN OCTA SALGADO REYES
E. Ingeniefo Administración Empresa PRESIDENTE
GEREN[TE GENERAL DIRECTORIO
AGUASIQUEPE S.A. AGUAS QUEPE S.A.
Distribución:

– Superintendencia de Valores y Seguros, Santiago.
– División Sociedades Anónimas.
– C/c. archivo Aguas Quepe S.A.

DIRECCION PARTICULAR: Serrano N*571 – Cel. 994860896 – 968189729 – Quepe.
E Mail : aguasquepegmail.com

: 20
N* 128.-

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ACTA

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“SOCIEDAD

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AGUAS QUEPE

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S.A.”

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REP: 130.-

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BOL:06469

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IUE/jgl.-

30

REGISTRO DE COMERCIO

COPIA DE INSCRIPCION
FOJAS HO IN LS AñOCO/6 –

root.

comics; A: ..
dieciséis.- Se me ha requerido practicar la

siguiente inscripción: “EN TEMUCO,

AEDO, Abogada, Notario Público de la Agrupación
de las comunas de Temuco, Padre’ xxLas Casas,
Cunco, Vilcún, Freire y Melipeuco, Suplente del

Titular “don Jorge Elías Tadres Hales, según

Decreto Económico número veinticuatro, de fecha

Temuco, uno de Febrero del: año dos mill.

República de
Chile, a veintiséis de Enero del año dos mil .

dieciséis.- Ante mí, ISMENIA CATALINA BRAVO

1 : fa

‘ Doscientos diecisiete : 2178, tr

trece de Eñero de dos mil dieciséis, de la Corte

de Apelaciónes de Temuco, protocolizado en ésta

2 | Notaria con el: número noventa y dos del. Primer :
3 | Bimestre del año en curso, con oficio en esta |
* | ciudad, calle Antonio Varas número novecientos

5 setenta y “seis, Comparece doña NANCY ELIZABETH] : : +
6 | UBILLA ” SÁNCHEZ, chilena, casada, Contadora,

7 domiciliada en Quepe, “calle Carlos. Condell

8 húmero cero cuarenta, comuna de Freire, de páso

Sen ésta, cédula * : nacional de identidad númérg :

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ocho millones, AOS y Nueve. mil

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óchocientog iolén UD No cho” máYor de edad

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sl SCRlLE ES “ACTA SESIÓN

nec ar”

OS “CEDINARIA DE DIRECTORIO!

Mad AGUAS QUEPE S.A. En Quepe, a
caltorce, de’ enero del’ año dos mil dieciséis,
“las dieciséis horas con diecinueve
] tos” en dependencias de la sede social, calle

Rooselot sin número, se reúnen los nuevos

[miembros del directorio de, Aguas Quepe Sociedad

Anónima, señores OCTAVIO SALGADO REYES, CLAUDIA]
.29 :

¡VALDIVIA SANDOVAL ‘ EDITA RUBILAR SILVA y don

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MARIA OLIVA LLANCAÑIR, se encuentra justifi

al tener licencia médica por enfermeda

encuentran presente además doña NANCY

ESPINOZA, quien actúa como secretaria,

firmas constan al pie de: la presente.- TABLA]

Uno.- Lectura de Acta Anterior. Dos;.- Revocación

Poder Gerente General. Tres.- Nombramiento
Gerente General. Cuatro.- Aprobación Nuevos
Poderes. Cinco.- Nombramiento Asesor Jurídico.
Seis.- Entrega Oficial de la Administración.

Siete.- Varios. UNO.- LECTURA xxACTA ANTERIOR.-
Se dio lectura al Acta de la sesión constitutiva
número ciento veintiuno, la cual fue aprobada

sin observaciones. DOS.- REVOCACION PODER]

GERENTE GENERAL.- El Presidente del Directorio

don OCTAVIO SALGADO REYES propone la revocación
del cargo y poderes de la Gerente General doña
Nancy Ubilla Sánchez, en virtud de tratarse de
un cargo de exclusiva confianza del directorio y
este al haberse renovado, no cuenta con dicha
calidad. Se deja presente, sin embargo, que al
tratarse de un funcionario que “está contratado
en virtud de las normas del Código del Trabajo,
en donde se establece su función, como gerente
general, su desvinculación estará supeditada a
la: capacidad económica de la empresa

y al

cumplimiento a cabalidad de las normas antes

mencionadas, que por la naturaleza del cargo, se

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Pue

t.

)INSERVADOR DE

JENES RAICES o
p TEMUCO . Doscientos dieciocho
ES o :
. l mantienen lo que- por ley corresponden. Doña
] t [Nancy Ubilla . Sánchez, acota que con la
2 revocación de poderes mucha información:.debe ser
3 l enviada y’ que si no se cumple con dichal
4 obligación,i’es de exclusiva responsabilidad del
5 nuevo Direstorio y del nuevo Gerente que será
6 nombrado, referente al área Administrativa. Se
7 procede a votación a viva voz, siendo: aprobado
8 por mayoría absoluta dicha proposición. ACUERDO
9 | NÓMERO SESENTA Y DOS, catorce de enero de dos
mil dieciséis, 2 se US oría absoluta

30

: A ¿A 2 e ;
. NE

> – pue PUNTA e

de los AE , DA >,
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y

ES que por
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“Ley “COorrespo TA ‘RES* E, L-NOMBRÁMIENTO GERENTE
ts naco az
GENERAL. – El Presidents del Directorio don
OCTAVIO SALGADO REYES toma la palabra y propone
“como nuevo gerente general a don Anselmo Jiménez
Martin,. cedula nacional de identidad número seis
millones ochocientos ocho mil novecientos
treinta y cuatro guión cuatro, quien a su
parecer posee la capacidad e idoneidad

profesional, para desempeñar tan importante

cargo. Se deja presente que don JOSÉ VERA

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ESPINOZA, opina que ¿no es el momento adecuado,

por los problemas económicos que enfrenta ld

empresa, la contratación de un nuevo Gerenta

General. El presidente del Directorio replica

que durante su administración tratará de bajar
los costos para mejorar las utilidades de la
empresa y que la remuneración del Gerente

General electo no sobrepasará a la :
actualmente obtiene la actual Gerente General.

Se procede a votación a viva voz, siendo

aprobado por mayoría absoluta dicha proposición.
Se deja constancia que empezará sus labores tan

pronto se realice la anotación en el Registro de

Comercio al margen de la inscripción la

revocación de los poderes anteriores, supeditado
además, a la suscripción del correspondiente

Contrato de Trabajo. ACUERDO NÚMERO SESENTA Y

TRES, catorce de enero de dos mil dieciséis.-

Se acuerda por mayoría absoluta de los miembros

del Directorio nombrar como nuevo Gerente

General, a don Anselmo Jiménez Martin, se deja

se realice la anotación en el Registro de
Comercio al margen de la inscripción la

revocación de los poderes anteriores, supeditado

además, a la suscripción del correspondiente

Contrato de Trabajo. CUATRO.- APROBACION NUEVOS

PODERES.- El Señor Presidente informa al

Directorio que a raíz de la incorporación de

nuevos accionistas y la designación de un nuevo

quel

constancia que empezará sus labores tan pronto|.

pp

. Doscientos diecinueve

n : . –
E Directorio ; y Gerente General de la empresa,

1
|

recién tratada, se face. estrictamente necesario

revocar no sólo los poderes con que estaba

investida, sino que la totalidad de los poderes

otorgados hasta la fecha y que no han sidol
expresamente revocados con anterioridad y, a la
vez, próceder a conferir una nueva estructura del
poderes que rija a partir del cumplimiento de
las formalidades legales. Luego de un brével
debate, el ‘ Directorio . acuerda – por la

A

unanimidad ; ES memoroS por una parte,

AM E Pos . :
OS hasta
7 2 s

revocar 1 dá

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presentes, el siguiente“4cierdo: ACUERDO NÚMERO!

n ercambio de

SESENTA Y CUATRO, catorce de enero de dos mil

dieciséis.- Se acuerda por la unanimidad de los
miembros del Directorio efectuar la siguiente

estructura de poderes: Se le confiere al

Presidente de la Sociedad don OCTAVIO SALGADO)
REYES, cuatro milliones ochocientos noventa y
seis seiscientos cuatro guión siete y al Gerente

General de la Sociedad don ANSELMO JIMENEZ

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MARTIN, cedula nacional de identidad número seis

millones ochocientos ocho mil

treinta y cuatro guión cuatro.

actuando conjuntamente y anteponiendo la razón
social a su firma, se les

siguientes facultades: UNO.- Con previo acuerdo

del directorio, celebrar contratos de promesa: y

de opción de compra respecto de toda clase ‘de

bienes corporales o incorporales, muebles o

inmuebles; DOS.- Con acuerdo previo del

Directorio, vender, permutar, hipotecar y, en

general, enajenar, a cualquier título, toda

clase de bienes muebles e inmuebles, corporales

e ¡incorporales, incluso mobiliarios, efectos

públicos y de comercio’ y moneda extranjera;

TRES.- Dar con sujeción a los estatutos de la

sociedad, bienes en mutuo o préstamo a terceros;
CUATRO.- Con previo acuerdo del Directorio,
recibir en hipoteca, incluso con cláusula de
garantía general, posponer hipotecas, alzarlas y
servirlas; CINCO. – Dar, con sujeción a los
estatutos de la Sociedad, y recibir en prenda
muebles, valores mobiliarios, derechos, acciones
Y demás cosas corporales o incorporales, sea en
prenda civil, mercantil, bancaria, agraria,

industrial, warrants, de cosa mueble vendida a

plazo u otras especiales y cancelarlas; SEIS.-
Lon previo acuerdo del Directorio, contratar
préstamos superiores a Quinientas Unidades de

Fomento, al momento de la operación, en

novecientogs|.

Los mandatarios|*

confiere las

Pp te 1
A]

“¿$ CONSERVADOR DE – 0
e BIENES RAICES e
Fi | TEMUCO
po AA

Doscientos veinte

cualquier forma, con instituciones de crédito

y/o fomento, y, en general, con cualquier
persona natural o jurídica, de derecho público a
de derecho privado, sea como créditos en cuenta

corriente, créditos simples, créditos

documentarios, créditos en cuentas especiales,
avances contra aceptación, contratando líneas del
. crédito, sea en cualquier otra forma; contratan

acreditivos, en moneda nacional o extranjera;

AA
o

afianzar y constituir a la Sociedad en codeudoral

a
10 | | A
solidaria; girebr Buscribir; aceptar, reaceptar,
1 ARONA AN SS
renovar, ofScrdia?, cengonerin ¿ dominio, cobro ol
A, A Y NE Y
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garantías .avald SContar, wcancelar,
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-21 Mo. a e .

ah ¿ nacional o extranjeras” Siempre que sea superior
is . 22 .

al monto establecido en esta cláusula; SIETE.-

y 23 . : .

Y Con previo acuerdo del Directorio, otorgar
+

. 24

ys cauciones personales, especialmente fianzas,
: 25

¿
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” + 1 20 Mu A
TE . A búblicos y dé. comercio! Titodo.“¿Tlo en moneda
ea :
,
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| |

solidarias y avales, pero sólo en resguardo de
26

operaciones de sociedades o empresas en las quel
27

la propia compañía o alguno de sus subsidiarias
28

o subsidiarias de éstas, en cualquier grado,
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tenga el carácter de socia o a favor de
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sociedades relacionadas o en resguardo de

Operaciones respecto de las cuales la compañía

otorgue garantías reales, para el sólo efecto de

hacer efectivas esas cauciones;, OCHO.- Celebran

contratos de

seguro, pudiendo acordar primas,
riesgos, plazos y demás condiciones, cobran
pólizas, endosarlas, cancelarlas, aprobar d

impugnar liquidaciones de siniestros, etcétera;

NUEVE.- Celebrar contratos de cuenta corriente

mercantiles; DIEZ.- Con acuerdo del Directorio,

celebrar contratos de trabajo, colectivos od

individuales; contratar obreros o empleados;

ONCE.- Poner término o solicitar la terminación

de sus contratos; y contratar servicios de

profesionales o técnicos y poner término a los

mismos; DOCE.- Celebrar cualquier otro contrato,

nominado o no. En los contratos que la Sociedad

celebre, el mandatario queda facultado para

convenir y modificar toda clase de pactos y

estipulaciones, estén o no contempladas

especialmente en las leyes y sean de su esencia,

de. su naturaleza o meramente accidentales;

para
fijar precios, rentas, honorarios,
remuneraciones, reajustes, intereses,
indemnizaciones, plazos, condiciones, deberes,
atribuciones, épocas y formas de pago y de
entregar, singularizar bienes, fijar cabidas y
deslindes, cobrar, percibir,

entregar, convenir
cláusulas penales y/o multas a favor o en contra

de la Sociedad, aceptar toda clase de cauciones,

* Doscientos veintiuno

i
. 4 . :
sean reales o personales, y toda” ‘clase .de

xxgarantías ¡a favor: de la Sociedad; pactar

. . be ., r nr cdas
2 lprohibicionés de enajenar y/o gravar, lejercitan
3lo’ renunciar acciones, como xxlas. de nulidad,
4 xxrescisión, ‘ resolución, -xxevicción, etcétera,
5

aceptar ‘ renuncia de derechos y acciones,
6 rescindir, ‘ resolver, “resciliar, dejar

sin
7 efecto, poner término o solicitar la terminación
Blade los contratos, exigir rendiciones de: cuentás, :
o :
;

o o aprobarlas u objetarlas Y en

A

general, ejercitan

¿hegugue competen a
a, ”.
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nbonós. Imiltotecazigó? en bonos de

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. UN siii cs. .
stables, en certificados de ahorro

del Banco Central de Chile; en

República, en sociedades financieras o

nstituciones de intermediación financiera, en

los demás instrumentos del mercado de capitales
y, en general, en cualquier otro sistema de
inversión, de mutuo, de ahorro, reajustables o

no, a plazo corto,” mediano o largo, a la vista o

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condicional, que actualmente exista en el país o

que pueda establecerse en el futuro. El
mandatario podrá, en relación con estas
inversiones, abrir cuentas, depositar en ellas,
retirar, en todo o en parte y en cualquier
momento, los dineros de- la Sociedad, imponerse
de su movimiento y cerrarlas; xxceder o aceptar
cesiones de créditos hipotecarios; capitalizar,
en todo o en parte y en cualquier tiempo,
intereses y reajustes; aceptar oo impugnar
saldos; liquidar, en cualquier momento, en todo
o en parte, tales inversiones, etcétera;
CATORCE.- Con previo acuerdo del Directorio,
ceder y aceptar cesiones “de – créditos, sean
nominativos, a la orden o al portador; con
garantías reales o personales, o sin ellas; y,
en general, efectuar toda clase de Operaciones
con documentos mercantiles, valores mobiliarios,
efectos públicos y de comercio, todo ello en

moneda nacional o. extranjera, siempre que sean

superiores a Quinientas Unidades de Fomento, al
momento de la operación; QUINCE.- : Con previo
acuerdo del Directorio, solicitar para la
Sociedad concesiones administrativas, “de

cualquier naturaleza u objeto y sobre cualquiera

clase de bienes corporales o incorporales,

raíces o muebles; DIECISEIS.- “Inscribir
propiedad industrial, intelectual, nombres
comerciales, Marcas y modelos industriales,

patentar inventos, deducir oposiciones o

“¡Doscientos veintidós

s

solicitar ‘nulidades Yo: en general, ‘ efectuar

– =- a 7 ” ” . 7
todas las ‘tramitaciones y actuaciones: que sean
procedentes. en relación con esta : materia;

DIECISIETE.- Con previo acuerdo del Directorio,

celebrar contratos para constituir sociedades del

cúalquier clase u objeto, sean civiles,
colectivas; anónimas,. en comanditas, de
responsabilidad limitada o’ de otra especie;

constituir o formar parte de comunidades,

asociaciones, cuentas . en . Participación,

Ros,
A
u [e Pooperativas

PA
ls: e) St

sociedades etcétera;

%

represen

unas Y

IA O
¡Soqiéda
o ones a
comunera, gerente, gestora, liquidadora,

DOS A
nes quema La

de tales sociedades, comunidades,

Cooperativas, etcétera; Yi
Conferir mandatos especiales y
FevocarTos y delegar o reasumir, en:todo o en
“parte, Tel presente poder, “cuantas veces lo
lestime hecesario.: Sin perjuicio que las

facultades del. Gerente General de la compañía

son las contempladas en el artículo cuarenta y

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nueve de la Ley dieciocho mil Cuarenta y seis,

se le confieren adicionalmente mandato especial
pero tan amplio como en derecho sea necesario,
al señor Secretario y Gerente General de la

Sociedad, don Anselmo Jiménez Martin,

quien]
anteponiendo la razón social a su firma, se les
confiere las siguientes facultades: UNO.- Dar

cumplimiento y vigilar que se dé cumplimiento :a
lás directivas, normas e
impartidas por el Directorio, así como a. las que
le confieren o imponen la ley y los estatutos
sociales. DOS.- Organizar, dirigir y conducir la
administración, los negocios y los servicios de
la sociedad, sometiéndose a lo: establecido en
los estatutos, y a las normas o directrices de
organización que existan o se establezcan por el
Directorio, pudiendo realizar todos los actos y
gestiones conducentes a este objeto. TRES.-
Representar a la sociedad ante cualquier
persona, ya sea natural o jurídica en todos los
asuntos que tenga o tuviere interés la sociedad;
del mismo modo representarla ante cualquier
persona, O personas, ante cualquier funcionario

o autoridades ‘ administrativas . y/o

gubernamentales, sean estos municipales “o

fiscales, Servicios Públicos o de Administración

Autónoma, Ministerios y otras reparticiones,
pudiendo efectuar toda clase de peticiones y
tramitaciones ante ellas; CUATRO.- Cumplir con

todas las. leyes, decretos, reglamentos y otras

instrucciones]

t *BIENES: RAICES
*TEMUCO
RS

Doscientos veintitrés

E normas que “regulen : el funcionamiento de las
sociedades: anónimas. CINCO.- Actuar. ante el
Servicio de Impuestos Internos con lag

del Código Tributario,

compartas de telefonía, tanto’ fi)

dl =
O

arrefidamié

O

Aa m

Eómar

menores a. Quinientas Unidades

instituciones de crédito y/o

obligatorias, y en general,
servicio, todo lo relacionado
tributarias; SEIS.- Comparecer

ja como celular,

de

fomento, y, en

atribuciones determinadas en el artículo novena

pudiendo efectuar toda

clase de presentaciones, declaraciones,

tramitar ante dichd

con

ante

Celebrar

cualquiera

DIEZ.- Dando

informe” dal Directorio, contratar préstamos

Fomento, en

cualquier forma, al momento de la operación,

general, con cualquier persona natural o
jurídica, de derecho público o de derecho
|privado; ONCE. – Celebrar contratos de

transporte, de fletamento, de cambio, de

inclusa

materiasi

las]

con

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correduría y de transacción; DOCE.- Celebrar

contratos para .., establecer agentes,
representantes, comisionistas, distribuidores,

concesionarios, etcétera; o para constituir a la

Sociedad en tales calidades;. TRECE.- Abrirl:

cuentas de ahorro, reajustables o no, a plazo dl
la vista, o condicionales, en bancos,
instituciones de previsión social o en cualquier
otra institución de derecho privado, sean en
beneficio de la Sociedad o en el :de sus
trabajadores; depositar. y girar ¡en ellas;
imponerse de su movimiento; aceptar o impugnar
saldos y cerrarlas; -CATORCE.- Imponerse del
movimiento de las’“cuentas Corrientes -de la
sociedad y aceptar o rechazar saldos de las
mismas; QUINCE. – Celebrar toda clase de
Operaciones de cambios internacionales, ya sea
financieras o de comercio exterior; representar
a la Sociedad en las actuaciones que deban
cumplirse ante el Banco Central de Chile u otras
autoridades, en relación con la importación o
exportación de mercaderías, sean temporales- o
definitivas. En el ejercicio de este cometido y
sin que la enunciación que sigue sea taxativa,

Sino enunciativas, el mandatario podrá

representar y formar registros de exportación,

solicitudes anexas, cartas explicativas y toda|

clase de documentación que fuere exigida por el
Banco Central de Chile; tomar boletas o endosar

pólizas de garantía en los casos en que tales

25

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“Doscientos veinticuatro

cauciones . ¡fueren procedentes y

| modificación de las condiciones bajo las cuales

27|

pedir la
devolución: de dichos documentos; endosar
conocimientos de “’embarques, solicitar “ld

se. ha

autorizado una

Operación;

determinada

firmar

a

declaración: Jurada de. valores que forman parte

en:. Fepresentación de la Sociedad la

del texto de los registros’ de importación; y, en

general; éjecutar todos los actos y. realizar

todas las actuaciones que fueren conducentes a
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protestar,” “cancelar,

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o

al

cobro oO

cobrar,

transferir, extender, percibir y disponer, en

xxcualquier forma, de cheques, y demás documentos

mercantiles o bancarios, a la

sean nominativos,
orden o al portador, en moneda

nacional o

extranjera, y ejecutar todas las acciones que a

la Sociedad correspondan en relación con tales

documentos, por sumas menores a Quinientas

Unidades de Fomento, al momento de la Operación:

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DIECISIETE.- Contratar préstamos

inferiores. a

Quinientas Unidades de Fomento, al momento de ld
operación, en cualquier forma, con instituciones

de crédito y/o fomento, y, en general, con

cualquier persona natural o jurídica, de derechd

público o de derecho privado, sea como créditos

en cuenta corriente, créditos simples, créditos

documentarios, créditos en cuentas especiales,

avances contra aceptación, contratando líneas de
crédito, sea en cualquier otra forma; contratar]

acreditivos, en moneda nacional o extranjera;
afianzar y constituir a la Sociedad en codeudora

solidaria; girar, suscribir, aceptar, reaceptar,

renovar, prorrogar, endosar en dominio, cobro o

garantía, avalar protestar, descontar, cancelar,

cobrar, transferir, extender y disponer, en

cualquier forma, de letras de cambio, pagarés y

demás documentos mercantiles o bancarios, sean
nominativos, a la orden o al portador, en moneda
nacional o extranjera; y, en general, efectuar
toda clase de operaciones con documentos

mercantiles, valores mobiliarios, efectos

públicos y de comercio, todo ello en moneda

nacional o extranjera, siempre que sea menor a

la cifra antes mencionada. DIECIOCHO. –
Representar a la Sociedad en los bancós
nacionales [o] extranjeros, ‘ particulares,

estatales o mixtos, con las más amplias

facultades que se precisen; darles instrucciones

y cometerles comisiones de confianza,. depositar


¿
j
Í
;

: Doscientos veinticinco

1

“girar: en’jellas; retirar: “talonarios de chegies

derecho

servicios,

Easetenidones del Estado, Instituciones de
Previsión Social, Instituciones Fiscales;

yo

cheques: “sueltos; y Cerrar unas y otrás; tódd

ello en’ moneda” nacional. o extranjera; laprobar y

bancarias: !

¡
objetar 2 saldos de las cuentas corrientes
>]

i . . . .
cólebrada i con bancos; arrendar cajas de
seguridad, ‘¡abrirlas, “cerrarlas y poner término al
su arrendamiento; colocar ¡valores O retirar
dineros o valores en moneda _ hacional “a

extranjera, en pa Custodia o garantía y
a

a,

cancelar los A efectuar

de, cambios
e

drá Y;
xx 0

A igtones

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ajera;

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Orinoco [ayas

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A

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¿Mbligacion 6 PS la
a mE y,

E peon Yalmente

Matural o

semifinales o de administración autónoma,
etcétera, ya sea en dinero o en otra clase de
bienes, corporales o incorporales, raíces o
muebles, “valores mobiliarios, etcétera;
VEINTE.- Firmar recibos, finiquitos y

cancelaciones y, en general, suscribir, otorgar,

¡o de cualquiera otra ‘operación|

A A e A e

Cn ora e e id

10

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30

firmar, extender, modificar y refrendar, toda

clase de documentos públicos o

y a las oficinas de correos, telégrafos,

+

[o] empresas estatales o particulares, | de

transporte terrestre, marítimo o aéreo,. toda

clase de correspondencia, certificada o no,

piezas postales, giros, reembolsos, cargas,

encomiendas, mercaderías, etcétera, dirigidas o
consignadas a la Sociedad o expedidas por ella;

VEINTIDOS.- Aceptar, reaceptar, extender y

endosar cualquier documento de embarque, porte y

aduana, rendir ante la Aduana de Chile las
cauciones que fueren necesárias para la
liberación de aduanas o internación de todas y

cualquier clase de bienes muebles, maquinarias,

mercaderías, materias primas Y productos;

acordar el pago diferido de los derechos

correspondientes; y, en general, efectuar todos

los actos, actuaciones y trámites que fueren

necesarios ante el Servicio de Aduanas;

VEINTITRES.- Representar a la Sociedad en todos

los juicios -y gestiones judiciales en que ésta

tenga interés o pueda llegar a tenerlo, ante

cualquier tribunal, sea ordinario, especial

arbitral, administrativo o de cualquier

naturaleza, así intervenga la’ Sociedad como

demandante, demandada o tercero de cualquier

privados,
pudiendo formular en ellos todas lasj-
declaraciones que estime necesarias FO]
convenientes;

_aduanas|’

VEINTIUNO.- Entregar y recibir del:

.

2
A y

no a

1

1

oyo . | : . F
pupa 7 SPA RP . ¡ .
dE ll rd ” .

CONSERVADOR DE
BIENES RAICES
: TEMUCO Doscientos veintiséis
ES
ho. : especie; pudiendo . ejercer toda clase de

acciones, ,.Sean ellas ordinarias, ejecutivas,
especiales, de jurisdicción no contenciosa o de
cualquier naturaleza. En el ejercicio de este
poder judicial el mandatario queda -facultadd
para representar a la Sociedad con todas las
facultades ordinarias y extraordinarias del]
mandato judicial; pudiendo desistirse en Pprimerd

instancia de la acción entablada, contestan

demandas, aceptar la demanda contraria,
A A

“gamba

renunciar a AP Te cursos ya Útérminos legales,
ZAONAROS La,
diferir xs Suiamento rr decisorio” O Raceptar su
e o
SE CASA
dais Tansig ‘otorgar a los

: )
ac “e Le UN CU AS

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E y arsrrogar
SN aaa Pa Ps A e

, particibar, ASNO a, jestiones de

EEE] AAA A

Md Venimiento, cobrar “y ¿Percibir;

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general sen ejerden Tas! demás
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ere P2zmatodos ¡factor del
A o a AA :
E Au os y
cadhask; ¡entendidos ques ¿qlerall que se
pl, AN SAS

O o
UA
[enunciativo Yosno iconstithyen,xxén” modo alguno

RA mm”

o. ca nc

limitación o denegación” E otras facultades.
VEINTICINCO.- Con previo acuerdo del Directorio,
por montos superiores a quinientas unidades de
fomento, al momento de la operación, comprar y,
en general, adquirir, a cualquier título, toda
clase de bienes corporales o incorporales,

muebles o inmuebles, incluso valores

E mobiliarios, acciones, efectos públicos y de
: 29

comercio y monedas extranjeras. CINCO.-
30

cd
”,
PE

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1

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30

NOMBRAMIENTO NUEVA ASESORA JURÍDICA.

El –

Directorio nombrar como nueva a

Presidente del Directorio don OCTAVIO SALGADO
REYES toma la palabra y propone a doña Roxanal
Beatriz Obreque Espinoza, como nueva asesora
viva voz, siendo aprobado por unanimidad . dicha
proposición. Se deja presente que’sus¡ servicios
se encontraran regulados. s ne: . :]
correspondiente contrato de’ honórari Ss
en el acto doña Roxana Beatriz ¡Obres
acepta el nombramiento. ACUERDO

CINCO, catorce de enero de dós“ir

Se acuerda por unanimidad de :

co. e AO
que sus servicios se encontrarán:

mediante el correspondiente ‘ xxcontrató de

O E
honorarios. Presente en’ el acto – doña: Roxana
Beatriz Obreque Espinoza, acepta el
nombramiento. SEIS.- ENTREGA OFICIAL
ADMINISTRACION.- La gerente general doña NANCY
UBILLA SANCHEZ, procederá a continuación de la
presente sesión, a informar la documentación más

relevante de la empresa. Se deja presente, que :se

levantará un acta correspondiente a “la

documentación que . se presenta y que

se procederá a levantar un acta completa con el

inventario y documentación, dicha acta llevará
kl

el: visto bueno de la actual asesora jurídica,

jurídica de la empresa. Se procede a votación a

posteriormente el día miércoles veinte de enero|

A a,
CONSERVADOR DE 004)
BIENES RAICES 2 E
‘ ¡ TEMUCO * Doscientos veintisiete 227 A ARÁ L
AAA

del Presidente del Directorio y del Gerente

General. ACUERDO NÚMERO SESENTA Y SEIS, catorc

de enero de dos mil dieciséis.- Se acuerda por
3 [unanimidad de los miembros del Directorio que sg
_fl efectúe la entrega de los documentos má 3
5 relevante de la empresa. Se deja presente que se

6

o.
levantará un acta correspondiente a la
documentación que se presenta y que)
posteriormente el día miércoles veinte de enero

se procederá a levantar un acta completa con el
A
10 inventario! y asi “dicha acta llevará
a NOS SS
Ñ má

ar áctual, asesora jurídica,

11

a a
1 12. a a
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15 $ sé E
TOS: ordinar, ejefectuaran
O . nr A si Se ZA .
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xl los te Nal den laj segunda semana de cada
: o da
17 Si ¿ADAN PEA a Fi

, mes e mes

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SNE, Cos medios de
Pa * i o as

EN . a

comunicación más expéditos, fijándose como

ni ed

ias . o z
correo “electrónico o teléfonos. Dicha
as A e.

oposición! se aprueba por unanimidad. ACUERDO
a y A Ta

: [NÚMERO (SESENTA Y SIETE, catorce de enero de dos
? sf aredissis.- – Se acuerda por unanimidad de
2Lós miembros del Directorio que las reuniones se
efectuaran los días viernes de la segunda semana

de .cada mes, a las dieciséis horas en el

domicilio social, si cae en día inhábil se

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celebrará el día viernes siguiente. Se efectuará

la citación con a lo menos cuarenta y ocho horas]

de anticipación por los medios de comunicación
más expeditos, fijándose como ellos, corred
electrónico o. teléfonos. OCHO.- VIGENCIA DE
ACUERDOS Y REDUCCIÓN A ESCRITURA PÚBLICA: El

Directorio por unanimidad faculta a doña Roxana

Beatriz Obreque Espinoza y/o doña NANCY UBILLA

SANCHEZ. Para . que cualquiera – de ello

s

indistintamente, reduzca a escritura pública *é
todo oO parte de la presente sesión y pára
requerir las inscripciones y anotaciones que
fueren pertinentes o necesarias. Asimismo, se
acuerda dejar constancia de todos los acuerdos]
tomados en la presente sesión fueron adoptados
por la mayoría de _los señores directores,
disponiendo su inmediata aplicación. No habiendo
otros temas que tratar, se levanta sesión a las
dieciocho horas con quince minutos. Hay seis
firmas ilegibles de OCTAVIO SALGADO REYES
PRESIDENTE cuatro millones ochocientos noventa y
seis mil seiscientos cuatro guión siete, CLAUDIA!
VALDIVIA SANDOVAL DIRECTOR nueve millones ciento
trece mil seiscientos sesenta y ocho guión seis,
EDITA RUBILAR SILVA DIRECTOR nueve millones
ciento dieciséis mil dieciséis guión uno, JOSÉ
VERA ESPINOZA DIRECTOR cuatro millones
doscientos setenta y dos mil trescientos: sesenta
guión seis, NANCY UBILLA SÁNCHEZ, GERENTE

GENERAL ocho millones novecientos treinta y

Thai

– * CONSERVADOR DE
– “BIENES RAICES

‘ TEMUCO
OO A A

10
1
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18

: Doscientos veintiocho 228

nueve mil ochocientos noventa guión ocho, ROXANA

OBREQUE ESPINOZA SECRETARIA DE ACTAS diecisietd

millones ‘ setecientos, veintiséis mi]
cuatrocientos treinta y seis guión . nueve”. –

|Conforme.- Anotada -en- el Repertorio de

Instrumentos Públicos bajo el número quinientos]

ochenta.- Así lo otorgó y en comprobante previa

lectura firma. .Se da copia.’ Doy Fe.- Hay firma

ilegible y huella digito pulgar debajo del cual

se lee: NANCY ELIZABETH UBILLA SÁNCHEZ]

A de

POS

AE
ES:

“f
Conforme.

CONFORME CON SU ORIGINAL LA PRESENTE COPIA
TZ 4
TEMUCO, __0/__ de Eterno qe 2076.

=

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=07ae24fe5276005dbbc3f5806eff8cc0VFdwQmVFNXFRWHBOUkVGNVQxUkJNazlSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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