Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

AGUAS NUEVAS S.A. 2020-07-26 T-19:52

A

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, AGUAS NUEVAS S.A.
INSCRIPCIÓN REGISTRO DE VALORES N* 1066

HECHO ESENCIAL

Santiago, 26 de julio de 2020
AN/060-20

Señor
Joaquín Cortez Huerta
Presidente

Comisión para el Mercado Financiero
Presente

De nuestra consideración,

A la fecha, se encuentran emitidos y vigentes los bonos Serie A emitidos por
Aguas Nuevas S.A. (antes Inversiones AYS Tres S.A.”), con cargo a la Línea de Bonos
que consta de escritura pública de fecha 16 de noviembre de 2010, otorgada en la
Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha, bajo el Repertorio N* 21.514-
2010, y modificada por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2010 otorgada
en la misma notaría, bajo el repertorio 25.475-10. Dicha línea se inscribió bajo el N*
652 con fecha 21 de enero de 2011 en el Registro de Valores de la CMF, y la respectiva
emisión de los bonos BAYS3-A fue autorizada por la CMF con fecha 21 de enero de
2011 (los bonos “BAYS3-A”).

A su turno, la filial Aguas del Altiplano S.A. sociedad inscrita bajo el N* 1156 en
el Registro de Valores de la CMF, ha emitido los Bonos correspondientes a la Serie B,
en los términos y condiciones establecidos en el respectivo Contrato de Emisión de
Bonos por línea de títulos de deuda que consta en escritura pública de fecha 1 de
agosto de 2019, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo,
bajo el Repertorio N* 12.820-2019 y su posterior escritura de modificación de fecha 9
de septiembre de 2019, otorgada en la misma Notaría, bajo el Repertorio N* 15.474-
2019, inscrita en el Registro de Valores de la CMF bajo el N* 991 de fecha 23 de
diciembre de 2019, y su escritura complementaria otorgada con fecha 13 de julio de
2020, en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, bajo el Repertorio N*
10.889-2020; cuya emisión fue autorizada por la CMF mediante Oficio Ordinario
N930.970, de fecha 21 de julio de 2020, (los “Bonos Altiplano Serie B”).

La filial Aguas Araucanía S.A. sociedad inscrita bajo el N* 1154 en el Registro
de Valores de la CMF, ha emitido los Bonos correspondientes a la Serie B, en los
términos y condiciones establecidos en el respectivo Contrato de Emisión de Bonos por
línea de títulos de deuda que consta en escritura pública de fecha 1 de agosto de 2019,
otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, bajo el Repertorio
N* 12.819-2019 y su posterior escritura de modificación de fecha 9 de septiembre de
2019, otorgada en la misma Notaría, bajo el Repertorio N* 15.472-2019; inscrita en el
Registro de Valores de la CMF bajo el N* 992 de fecha 27 de diciembre de 2019, y su
escritura complementaria otorgada con fecha 13 de julio de 2020, en la Notaría de

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Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, bajo el Repertorio N* 10.890-2020; cuya
emisión fue autorizada por la CMF mediante Oficio Ordinario N* 30.969, de fecha 21 de
julio de 2020, (los “Bonos Araucanía Serie B”).

Por último, la filial Aguas Magallanes S.A. sociedad inscrita bajo el N* 1182 en
el Registro de Valores de la CMF, ha emitido los Bonos correspondientes a la Serie A,
en los términos y condiciones establecidos en el respectivo Contrato de Emisión de
Bonos por línea de títulos de deuda que consta en escritura pública de fecha 1 de
agosto de 2019, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo,
bajo el Repertorio N* 12.818-2019 y su posterior escritura de modificación de fecha 9
de septiembre de 2019, otorgada en la misma Notaría, bajo el Repertorio N* 15.473-
2019; inscrita en el Registro de Valores de la CMF bajo el N* 1021 de fecha 13 de
mayo de 2020, y su escritura complementaria otorgada con fecha 13 de julio de 2020,
en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, bajo el Repertorio N“
10.888-2020; cuya emisión fue autorizada por la CMF mediante Oficio Ordinario N%
30.971, de fecha 21 de julio de 2020, (los “Bonos Magallanes Serie A”).

Es del caso que, con el fin de refinanciar pasivos de Aguas Nuevas S.A. y
conforme al uso de fondos autorizado para los Bonos Altiplano Serie B, Bonos
Araucanía Serie B y Bonos Magallanes Serie A, ésta ha optado por ofrecer a todos los
tenedores de sus bonos BAYS3-A el canje voluntario de dichos valores por los emitidos
con cargo a las nuevas líneas de bonos de sus filiales, Aguas del Altiplano S.A., Aguas
Araucanía S.A. y Aguas Magallanes S.A.; todo ello en los términos y condiciones que
comunicará al público mediante aviso a publicar el día de mañana (27 de julio de
2020) en el diario El Mercurio de Santiago (el “Canje”). El texto del referido aviso de
Canje se adjunta a esta comunicación como Anexo 1 (el “Aviso de Canje”).

Mediante este rescate voluntario Aguas Nuevas S.A. concederá a todos los
tenedores de los bonos BAYS3-A la opción de canjear tales bonos por Bonos Altiplano
Serie B, por Bonos Araucanía Serie B y por Bonos Magallanes Serie A, a una relación
de intercambio de 2 (dos) Bonos Altiplano Serie B, 2 (dos) Bonos Araucanía Serie B y 1
(un) Bono Magallanes Serie A por cada 1 (un) bono BAYS3-A y en condiciones
idénticas para todos los tenedores en virtud de lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley
N* 18.045 de Mercado de Valores, de acuerdo a los términos y con sujeción a las
condiciones que se indican en el Aviso de Canje.

Asimismo, y con el objeto de apoyar el proceso de Canje, Credicorp Capital
Chile S.A. ofrecerá irrevocablemente a los tenedores de los bonos BAYS3-A adquirir la
totalidad de sus bonos de dicha serie, de conformidad a los términos y condiciones que
se consignan en el texto del aviso que se adjunta como Anexo Il a esta presentación
(el “Aviso de OPC”), aviso que será publicado también con fecha de mañana (27 de
julio de 2020) en el diario El Mercurio de Santiago. Esta oferta consistirá en ofrecer
adquirir la totalidad de los bonos BAYS3-A emitidos y vigentes, a un precio que
ascenderá a una Tasa Interna de Retorno de 1,00%, que equivale a un precio
aproximado de 122,14% de su valor par, esto es, del capital insoluto de los mismos e
intereses devengados y no pagados a la fecha de la compra de los bonos BAYS3-A (la

“Oferta de Compra”).

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Finalmente, Credicorp Capital Chile S.A. canjeará con Aguas Nuevas S.A. la
totalidad de los bonos BAYS3-A que hubiere adquirido a consecuencia de la Oferta de
Compra, por Bonos Altiplano Serie B, por Bonos Araucanía Serie B y por Bonos
Magallanes Serie A, según los términos y condiciones establecidos en el Aviso de
Canje.

Esta comunicación se efectúa en virtud de lo dispuesto en el Art. 90 e inciso segundo
del Art. 10 de la Ley 18.045 y en la Sección 11, numeral 2.2 de la Norma de Carácter
General N? 30, por delegación del Directorio, por tratarse de un hecho esencial de la
Sociedad.

Lo saluda muy atentamente,

Salvador Villarino Krumm
Gerente General
Aguas Nuevas S.A.

C.C.: Bolsa de Comercio de Santiago
Bolsa Electrónica de Chile
Bolsa de Corredores de Valparaíso.

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ANEXO 1

AVISO DE CANJE

Aguas Nuevas S.A.
Sociedad Anónima
Inscripción Registro de Valores N* 1.066

AVISO DE RESCATE VOLUNTARIO DE BONOS AL PORTADOR
DESMATERIALIZADOS “BAYS3-A”

(Emitidos con cargo a la Línea de Bonos inscrita bajo el N? 652 en el Registro de la
Comisión para el Mercado Financiero)

Aguas Nuevas S.A. (Ex Inversiones AYS Tres S.A.) sociedad inscrita bajo el N* 1066 en el
Registro de Valores de la Comisión para el Mercado Financiero (“CMPF”), ofrece rescatar
la totalidad de los bonos BAYS3-A, emitidos por Aguas Nuevas S.A. (Ex Inversiones AYS
Tres S.A.) con cargo a la Línea de Bonos que consta de escritura pública de fecha 16 de
noviembre de 2010, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha,
bajo el Repertorio N” 21.514-2010, y modificada por escritura pública de fecha 29 de
diciembre de 2010 otorgada en la misma notaría, bajo el repertorio 25.475-10. La emisión
de los bonos BAYS3-A fue autorizada por la Comisión para el Mercado Financiero
(“CMF”) mediante Oficio Ordinario N* 2157 de fecha 21 de enero de 2011.

Mediante este rescate voluntario Aguas Nuevas S.A. concede a todos los tenedores de
bonos BAYS3-A la opción de canjear tales bonos por (1) los emitidos con cargo a la nueva
línea de bonos de Aguas del Altiplano S.A., sociedad inscrita bajo el N” 1156 en el
Registro de Valores de la CMF, que constan de escritura pública de fecha 1 de agosto de
2019, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, bajo el
Repertorio N” 12.820-2019 y su posterior escritura de modificación de fecha 9 de
septiembre de 2019, otorgada en la misma Notaría, bajo el Repertorio N” 15.474-2019,
inscrita en el Registro de Valores de la CMF bajo el N* 991 de fecha 23 de diciembre de
2019, y su escritura complementaria otorgada con fecha 13 de julio de 2020, en la Notaría
de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, bajo el Repertorio N” 10.889-2020; cuya
emisión fue autorizada por la CMF mediante Oficio Ordinario 30.970, de fecha 21 de julio
de 2020, (los “Bonos Altiplano Serie B”), por (ii) los bonos emitidos por Aguas Araucanía
S.A. sociedad inscrita bajo el N” 1154 en el Registro de Valores de la CMF, que constan en
escritura pública de fecha 1 de agosto de 2019, otorgada en la Notaría de Santiago de don
Iván Torrealba Acevedo, bajo el Repertorio N* 12.819-2019 y su posterior escritura de
modificación de fecha 9 de septiembre de 2019, otorgada en la misma Notaría, bajo el
Repertorio N* 15.472-2019; inscrita en el Registro de Valores de la CMF bajo el N* 992 de
fecha 27 de diciembre de 2019, y su escritura complementaria otorgada con fecha 13 de
julio de 2020, en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, bajo el Repertorio
N” 10.890-2020; cuya emisión fue autorizada por la CMF mediante Oficio Ordinario N*
30.969, de fecha 21 de julio de 2020, (los “Bonos Araucanía Serie B”), y por (iii) los

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bonos emitidos por Aguas Magallanes S.A. sociedad inscrita bajo el N” 1182 en el Registro
de Valores de la CMF, que constan en escritura pública de fecha 1 de agosto de 2019,
otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, bajo el Repertorio N*
12.818-2019 y su posterior escritura de modificación de fecha 9 de septiembre de 2019,
otorgada en la misma Notaría, bajo el Repertorio N” 15.473-2019; inscrita en el Registro de
Valores de la CMF bajo el N* 1021 de fecha 13 de mayo de 2020, y su escritura
complementaria otorgada con fecha 13 de julio de 2020, en la Notaría de Santiago de don
Iván Torrealba Acevedo, bajo el Repertorio N” 10.888-2020; cuya emisión fue autorizada
por la CMF mediante Oficio Ordinario N* 30.971, de fecha 21 de julio de 2020, (los
“Bonos Magallanes Serie A”).

La presente oferta de canje se realiza a todos los tenedores de bonos BAYS3-A (los
“Tenedores” o el “Tenedor”) en condiciones idénticas para todos ellos, en virtud de lo
dispuesto en el Artículo 130 de la Ley N” 18.045 de Mercado de Valores, en los
términos y de acuerdo con el procedimiento que se indica a continuación (la “Oferta de
Canje”):

Términos y condiciones de la Oferta de Canje:

1.- La Oferta de Canje está dirigida a todo Tenedor que, de conformidad a la legislación
vigente aplicable, pueda participar en ella.

2.- Los bonos BAYS3-A serán canjeados por Bonos Altiplano Serie B, por Bonos
Araucanía Serie B y por Bonos Magallanes Serie A.

3.- La relación de cambio de los bonos BAYS3-A por los Bonos Altiplano Serie B, por los
Bonos Araucanía Serie B y por los Bonos Magallanes Serie A, es de 2 (dos) Bonos
Altiplano Serie B, 2 (dos) Bonos Araucanía Serie B y 1 (un) Bono Magallanes Serie A por
cada 1 (un) bono BAYS3-A.

4.- Los Tenedores que acepten la Oferta de Canje (los “Tenedores Aceptantes”) deberán,
antes de las 12:00 horas del día 30 de julio de 2020 (la “Fecha de Expiración de la Oferta
de Canje”) entregar una orden de canje irrevocable y vinculante (la “Orden”) en los
términos y condiciones de esta Oferta de Canje a Credicorp Capital S.A. Corredores de
Bolsa (“Credicorp Capital”). Asimismo, antes de las 12:00 horas del día 31 de julio de
2020 (la “Fecha de Liquidación del Canje”) los Tenedores Aceptantes deberán depositar
los bonos BAYS3-A correspondientes en la cuenta del Depósito Central de Valores S.A.,
Depósito de Valores (el “DCV”) que Credicorp Capital designe para estos efectos.
Simultáneamente, en el mismo día de la Fecha de Liquidación del Canje, Credicorp Capital
entregará por cuenta de Aguas Nuevas S.A., a cada Tenedor Aceptante, los Bonos
Altiplano Serie B, los Bonos Araucanía Serie B y los Bonos Magallanes Serie A, a través
del depósito de dichos bonos en las posiciones correspondientes en el DCV, en la cuenta
designada para estos efectos por cada Tenedor (el “Canje de los Bonos”).

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Un formulario de la Orden se encontrará a disposición de los interesados en la página web
de Credicorp Capital (https://www.credicorpcapital.cl/finanzas-corporativas/publicaciones/)
a partir del día 27 de julio de 2020.

Los Tenedores que no acepten la Oferta de Canje en la forma antes indicada o la
condicionen en cualquier forma, se entenderá que rechazan la Oferta de Canje.

5.- El Canje de los bonos BAYS3-A por parte de Aguas Nuevas S.A. queda sujeto al
cumplimiento de las siguientes condiciones copulativas:

(i) Que los Tenedores hayan aceptado canjear sus bonos BAYS3-A antes de la Fecha de
Expiración de la Oferta de Canje, en los términos y condiciones de esta Oferta de
Canje;

(ii) Que los bonos BAYS3-A, respecto de los cuales se hubiere aceptado la Oferta de
Canje, se encuentren libres de gravámenes, prohibiciones, embargos, litigios, medidas
precautorias, condiciones suspensivas o resolutorias, derechos preferentes de terceros,
derechos reales o personales a favor de terceros, y, en general, de cualquier otra
circunstancia que impida o limite su libre cesión o transferencia; y

(iii) Que no se haya producido un hecho, situación o circunstancia económica, financiera,
judicial, política, social, administrativa o legal que produzca un efecto importante y
adverso en: (a) los mercados financieros locales y/o internacionales; o (b) el negocio,
condición financiera, operaciones, resultados o activos de Aguas Nuevas S.A. o sus
filiales, que afecte o pudiese afectar la capacidad de Aguas Nuevas S.A. para hacer
frente a las obligaciones de pago derivadas de los bonos BAYS3-A y/o Bonos
Altiplano Serie B y/o Bonos Araucanía Serie B y/o Bonos Magallanes Serie A y/o a
las obligaciones derivadas de otros financiamientos; o (c) en la validez y
ejecutabilidad de las obligaciones emanadas de las escrituras de emisión de los bonos
BAYS3-A y/o Bonos Altiplano Serie B y/o Bonos Araucanía Serie B y/o Bonos
Magallanes Serie A.

Estas condiciones se establecen en beneficio exclusivo de Aguas Nuevas S.A. y, en
consecuencia, podrán ser renunciadas por éste.

Los Bonos Altiplano Serie B, los Bonos Araucanía Serie B y los Bonos Magallanes Serie A
estarán libres de gravámenes, prohibiciones, embargos, litigios, medidas precautorias,
condiciones suspensivas o resolutorias, derechos preferentes de terceros, derechos reales o
personales a favor de terceros y, en general, de cualquier otra circunstancia que impida o
limite su libre cesión o transferencia al momento del Canje de los Bonos.

Cualquier consulta con respecto a los términos y condiciones de esta la Oferta de Canje y
del Canje de los Bonos podrá ser efectuada al correo electrónico:
fbosselinO credicorpcapital.com

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Aguas Nuevas S.A.
Santiago, 27 de julio de 2020.

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ANEXO II

AVISO DE OPC

OFERTA DE COMPRA DE BONOS BAYS3-A EMITIDOS POR AGUAS NUEVAS
S.A. (EX INVERSIONES AYS TRES S.A.)

CREDICORP CAPITAL CHILE S.A. (el “Oferente”) ofrece a los tenedores de bonos
BAYS3-A (respectivamente, los “Tenedores” y los “BAYS3-A”) emitidos por Aguas
Nuevas S.A. (Ex Inversiones AYS Tres S.A.), adquirir hasta la totalidad de los
mencionados BAYS3-A, en los términos y condiciones que a continuación se señalan (en
adelante la “Oferta de Compra”).

Los bonos objeto de la Oferta de Compra corresponden a aquellos emitidos por Aguas
Nuevas S.A. (Ex Inversiones AYS Tres S.A.) con cargo a la Línea de Bonos que consta de
escritura pública de fecha 16 de noviembre de 2010, otorgada en la Notaría de Santiago de
don Eduardo Avello Concha, bajo el Repertorio N” 21.514-2010, y modificada por
escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2010 otorgada en la misma notaría, bajo el
repertorio 25.475-10. La emisión de los bonos BAYS3-A fue autorizada por la Comisión
para el Mercado Financiero (“CMF”) mediante Oficio Ordinario N” 2157 de fecha 21 de
enero de 2011.

Términos y Condiciones de la Oferta de Compra:

1.- El precio en que el Oferente ofrece comprar los bonos BAYS3-A (en adelante el
“Precio de Compra”) ascenderá a una Tasa Interna de Retorno de 1,00%, que equivale a
un precio aproximado de 122,14% del valor par de los mismos, esto es, de su capital
insoluto e intereses devengados y no pagados a la fecha de la compra de los bonos BAYS3-
A.

2.- La compra de los bonos BAYS3-A materia de esta Oferta de Compra se efectuará
mediante el ingreso de una o más órdenes de compra por parte del Oferente destinadas a
adquirir hasta la totalidad de los bonos BAYS3-A, las cuales se encontrarán vigentes desde
las 09:00 horas hasta las 13:00 horas del día 29 de julio de 2020, a través de la Bolsa de
Comercio de Santiago – Bolsa de Valores (la “Bolsa de Comercio de Santiago”), por
intermedio de Credicorp Capital S.A. Corredores de Bolsa, conforme con los
procedimientos y mecanismos autorizados por la Bolsa de Comercio de Santiago.

3.- Para tal efecto, los Tenedores que acepten la Oferta de Compra deberán vender sus
bonos BAYS3-A al Oferente en el plazo y conforme lo establecido en el número 2 anterior.

4.- La compra de los bonos BAYS3-A materia de esta Oferta de Compra se pagará en pesos
moneda nacional, bajo la modalidad “PM” o “Pagadero Mañana”.

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5.- La Oferta de Compra y, por consiguiente, la adquisición de los bonos BAYS3-A por
parte del Oferente, queda sujeta al cumplimiento previo de las siguientes condiciones
copulativas:

(a) Que Aguas Nuevas S.A. se encuentre debidamente inscrita en el Registro de Valores
de la CMF y que no existan impedimentos legales para que los bonos BAYS3-A
puedan ser objeto de oferta pública en Chile.

(b) Que los bonos BAYS3-A se encuentren clasificados, a lo menos, en el equivalente a
Categoría “AA-”, por al menos dos de las clasificadoras de riesgo que se indican a
continuación: Feller-Rate Clasificadora de Riesgo Limitada, ICR Clasificadora de
Riesgo Limitada, Fitch Chile Clasificadora de Riesgo Limitada o Clasificadora de
Riesgo Humphreys Limitada.

(c) Que Aguas Nuevas S.A. no se encuentre en incumplimiento de ninguna obligación
asumida en el contrato de emisión de la línea que permitiría a los tenedores de los bonos
BAYS3-A hacer exigible anticipadamente el vencimiento de tales bonos
(independientemente de los plazos de gracia o de remedio estipulados en dichos
contratos).

(d) Que se encuentre vigente la opción publicada con esta misma fecha y a través de
este mismo medio, otorgada por Aguas Nuevas S.A. a los Tenedores de los bonos
BAYS3-A , de canjear la totalidad de los bonos BAYS3-A por (1) los bonos emitidos
con cargo a la nueva línea de bonos emitida por Aguas del Altiplano S.A., sociedad
inscrita bajo el N* 1156 en el Registro de Valores de la CMF, que constan de escritura
pública de fecha 1 de agosto de 2019, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván
Torrealba Acevedo, bajo el Repertorio N” 12.820-2019 y su posterior escritura de
modificación de fecha 9 de septiembre de 2019, otorgada en la misma Notaría, bajo el
Repertorio N” 15.474-2019, inscrita en el Registro de Valores de la CMF bajo el N?
991 de fecha 23 de diciembre de 2019, y su escritura complementaria otorgada con
fecha 13 de julio de 2020, en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo,
bajo el Repertorio N” 10.889-2020; cuya emisión fue autorizada por la CMF mediante
Oficio Ordinario 30.970, de fecha 21 de julio de 2020, (los “Bonos Altiplano Serie
B”), por (ii) los bonos emitidos por Aguas Araucanía S.A. sociedad inscrita bajo el N?
1154 en el Registro de Valores de la CMF, que constan en escritura pública de fecha 1
de agosto de 2019, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo,
bajo el Repertorio N” 12.819-2019 y su posterior escritura de modificación de fecha 9
de septiembre de 2019, otorgada en la misma Notaría, bajo el Repertorio N* 15.472-
2019; inscrita en el Registro de Valores de la CMF bajo el N* 992 de fecha 27 de
diciembre de 2019, y su escritura complementaria otorgada con fecha 13 de julio de
2020, en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, bajo el Repertorio N?
10.890-2020; cuya emisión fue autorizada por la CMF mediante Oficio Ordinario N?
30.969, de fecha 21 de julio de 2020, (los “Bonos Araucanía Serie B”), y por (iii) los

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bonos emitidos por Aguas Magallanes S.A. sociedad inscrita bajo el N” 1182 en el
Registro de Valores de la CMF, que constan en escritura pública de fecha 1 de agosto
de 2019, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, bajo el
Repertorio N” 12.818-2019 y su posterior escritura de modificación de fecha 9 de
septiembre de 2019, otorgada en la misma Notaría, bajo el Repertorio N* 15.473-2019;
inscrita en el Registro de Valores de la CMF bajo el N* 1021 de fecha 13 de mayo de
2020, y su escritura complementaria otorgada con fecha 13 de julio de 2020, en la
Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, bajo el Repertorio N” 10.888-
2020; cuya emisión fue autorizada por la CMF mediante Oficio Ordinario N* 30.971,
de fecha 21 de julio de 2020, (los “Bonos Magallanes Serie A”).

(e) Que los bonos BAYS3-A respecto de los cuales se acepte la Oferta de Compra se
encuentren libres de gravámenes, prohibiciones, embargos, litigios, medidas
precautorias, condiciones suspensivas o resolutorias, derechos preferentes de terceros,
derechos reales o personales a favor de terceros, y, en general, cualquier otra
circunstancia que impida o limite su libre cesión o transferencia.

Asimismo, los bonos BAYS3-A deberán ser susceptibles de ser canjeados por Bonos
Altiplano Serie B, por Bonos Araucanía Serie B, y por Bonos Magallanes Serie A. de
conformidad con lo indicado en la letra (d) anterior.

(£) Que no se haya producido un hecho, situación o circunstancia económica, financiera,
judicial, política, social, administrativa o legal que produzca un efecto importante y
adverso en: (i) los mercados financieros locales y/o internacionales; o (ii) el negocio,
condición financiera, operaciones, resultados o activos de Aguas Nuevas S.A. o sus
filiales, que afecte o pudiese afectar la capacidad de Aguas Nuevas S.A. para hacer
frente a las obligaciones de pago derivadas de los bonos BAYS3-A y/o Bonos Altiplano
Serie B, Bonos Araucanía Serie B y Bonos Magallanes Serie A y/o a las obligaciones
derivadas de otros financiamientos; o (iii) la validez y ejecutabilidad de las obligaciones
emanadas de las escrituras de emisión de los bonos BAYS3-A y/o Bonos Altiplano
Serie B y/o Bonos Araucanía Serie B y/o Bonos Magallanes Serie A.

Las condiciones precedentes se establecen en beneficio exclusivo del Oferente y, en
consecuencia, podrán ser renunciadas por él.

Cualquier consulta con respecto a los términos y condiciones de esta Oferta de Compra
podrá ser efectuada al correo electrónico: fbosselinO credicorpcapital.com

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NOE NS Carta Reguladores
AGUAS_NUEVAS

Y a
a 10) La en La la ANS] NA -N* Docto: A1-8000-01BE-3E2A-8CA2

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A A Sd
afectando ello en caso alguno la validez de la firma

Firmante: 10331997-8 VILLARINO KRUMM, SALVADOR
***- Institución – Rol: AGUAS NUEVAS – Gerente Aquas Nuevas
Fecha de Firma: 2020-07-26 10:28:40.453672
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