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Atacama
NUEVA ATACAMA S.A.
INSCRIPCIÓN REGISTRO DE ENTIDADES INFORMANTES EN TRAMITACION
HECHO ESENCIAL
Santiago, 01 de abril de 2020
ATA/045-20
Señor
Joaquín Cortez Huerta
Presidente
Comisión para el Mercado Financiero
Presente
De su consideración,
Ayer 31 de marzo de 2020, se ha celebrado Junta General Ordinaria de Accionistas, en
la que se procedió a la renovación del Directorio de la Sociedad, el que ha quedado
integrado de la siguiente manera:
Director Titular Director Suplente
Keisuke Sakuraba Kazutoshi Sugimoto
Vicente Domínguez Vial Alberto Eguiguren Correa
Carlos Antonio Saieh Larronde | José Manuel Infante Cousiño
Sergio Gritti Bravo Ignacio Merello Estay
Asimismo, la Asamblea acordó no repartir dividendos.
Del mismo modo, y a continuación, se celebró Junta General Extraordinaria de
Accionistas, en la que los accionistas acordaron solicitar y proceder a la inscripción de
la Sociedad en el Registro de Valores de la CMF, manteniendo su calidad de sociedad
anónima cerrada. En ese sentido, se deja constancia que dicha inscripción se realizará
simultáneamente con los valores que la Sociedad ofrecerá públicamente, a saber, una
línea de bonos a emitirse en los términos del Título XVI de la Ley de Mercado de
Valores, con las siguientes características especiales:
a) Monto máximo de la Emisión. El monto nominal total de la línea de bonos que se
conviene emitir será el equivalente en Pesos a 2,500,000 de Unidades de Fomento y,
en consecuencia, en ningún momento el valor nominal del conjunto de Bonos emitidos
con cargo a la línea que simultáneamente estuvieren en circulación podrá exceder a la
referida cantidad. El Emisor podrá renunciar a emitir y colocar el total de la línea y,
además, reducir su monto al equivalente al valor nominal de los Bonos emitidos con
cargo a la línea y colocados a la fecha de la renuncia, con la autorización expresa del
Representante de los Tenedores de Bonos;
b) Plazo de vencimiento de la Línea. La Línea de Bonos tendrá un plazo máximo de 14
años contados desde la fecha de inscripción en el Registro de Valores, dentro del cual
deberán vencer todas las obligaciones de pago de las emisiones que se efectúen con
cargo a la línea;
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Atacama
Cc) Reajustabilidad. Los Bonos emitidos con cargo a la línea y el monto a pagar en cada
cuota, tanto de capital como de intereses, contemplarán como unidad de
reajustabilidad a la Unidad de Fomento;
d) Garantías. Las emisiones no contemplarán garantías reales, salvo el derecho de
prenda general sobre los bienes del emisor de acuerdo a los artículos dos mil
cuatrocientos sesenta y cinco y dos mil cuatrocientos sesenta y nueve del Código Civil.
Esta comunicación se efectúa en virtud de lo dispuesto en el Art. 99 inciso 20 y Art. 10
de la Ley 18.045 y Art. 63 de la Ley 18.046 y por delegación del Directorio, por
tratarse de un hecho esencial de la Sociedad.
Lo saluda muy atentamente,
a
A / di
E $ ‘ )
Ap nel
/
Salvador Villarino Krumm
Gerente General
Nueva Atacama S.A.
SVK/JRL/GNS/cgo
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=e6276a20ad232a901ce4bc5f19201f82VFdwQmVVMUVRVEJOUkVFelRWUkpNazUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108