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AGUAS-A: AGUAS ANDINAS S.A. 2024-11-18 T-20:48

A

Resumen corto:
Aguas Andinas S.A. establece tarifas para 2025-2030: CTLPN de $576.982 millones (+5% respecto a 2020-2025). Nuevas tarifas entran en vigencia desde marzo 2025. Obras adicionales por $40.677 millones.

**********
HECHO ESENCIAL

AGUAS ANDINAS S.A.
Inscripción Registro de Valores N* 0346

Señora

Solange Berstein

Presidenta

Comisión para el Mercado Financiero Presente

De mi consideración:

De acuerdo a lo establecido en los artículos 9 e inciso segundo del artículo 10 de la Ley 18.045, así como en la Norma de Carácter General N’ 30 de la Comisión para el Mercado Financiero, por medio de la presente, se comunica en carácter de hecho esencial respecto de la Sociedad, de sus negocios, de sus valores de oferta pública o de la oferta de ellos, lo siguiente:

Que según lo dispuesto en el artículo 10 del D.F.L. MOP N*70 1988, Ley de Tarifas de los Servicios Sanitarios, y el artículo 6 del D.S. MINECON N’ 4531989, Reglamento de la Ley de Tarifas de los Servicios Sanitarios, en el marco del Octavo Proceso tarifario de Aguas Andinas S.A. en el que es parte la Superintendencia de Servicios Sanitarios (la “SISS”) y la Compañía, se estableció el nivel tarifario para el quinquenio 2025-2030, mediante acuerdo sancionado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios con esta fecha.

Conforme a lo establecido, el nivel tarifario convenido al 31 de diciembre de 2023 (fecha de referencia establecida en las Bases Tarifarias fijadas por la SISS), asciende a un Costo Total de Largo Plazo Neto (CTLPN) de $576.982 millones de pesos, lo que representa una variación al alza de un 5% en comparación a las tarifas acordadas para el quinquenio 2020- 2025 para los servicios y estándares vigentes. La entrada en vigencia de estas nuevas tarifas se producirá escalonadamente a partir del 1? de marzo de 2025 (+3%), luego el 1 de diciembre de 2025 (+1%) y, finalmente, el 1? de marzo de 2026 (+1%).

Se contemplan tarifas para obras adicionales que formarán parte del programa de desarrollo de la empresa, para ser construidas dentro del próximo quinquenio, destinadas a enfrentar la sequía y demás efectos del cambio climático, y que aplicarán con la entrada en operación de las mismas, por un monto total de CILPN de $40.677.- millones de pesos.
Para un mejor entendimiento del régimen tarifario acordado, el artículo 4 de la Ley de Tarifas de los Servicios Sanitarios define el CILPN como el valor anual constante requerido para cubrir los costos de explotación eficiente y los de inversión de un proyecto de reposición optimizado de la concesionaria, dimensionado para satisfacer la demanda, que sea consistente con un valor actualizado neto de dicho proyecto igual a cero, en un horizonte no inferior a 35 años. En definitiva, este concepto corresponde a los ingresos (bajo una demanda teórica) de una empresa sanitaria, a los que se han descontado del valor de reposición del proyecto de inversión de la concesionaria, aquella parte correspondiente a las redes e instalaciones aportadas por terceros. Los valores antes indicados, corresponden a la recaudación por servicios vigentes (CTLPN) obtenida al aplicar la demanda anual actualizada de los años 2025-2030, a las nuevas tarifas acordadas e indexadas al 31 de diciembre de 2023.

Cabe señalar que no es posible determinar con exactitud la magnitud del impacto en resultados que tendrán las nuevas tarifas en los estados financieros de la Compañía, dado que este régimen tarifario es sólo uno de los tantos elementos que contribuyen a determinar los resultados de cada ejercicio, contándose asimismo factores como el consumo de agua potable, costos, gastos, el polinomio de indexación aplicable, entre otros.

Por último, las fórmulas tarifarias establecidas se fijarán mediante decreto del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, el que debe ser publicado en el Diario Oficial con anterioridad a la fecha de su entrada en vigencia, esto es, marzo de 2025.

Saluda atentamente a usted,

Daniel Tugues Andrés Gerente General

C.C.: Bolsa de Comercio deSantiago Bolsa Electrónica de Chile Fitch Ratings, Clasificadora de Riesgo ICR Clasificadora de Riesgo Banco de Chile

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=56a8e0fea2a0b6bfc0033719b9ff4b54VFdwQmVVNUVSWGhOUkZsM1RVUm5OVTUzUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1731973801

Por Hechos Esenciales
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