AGUAS ANDINAS
yS OFICINA 2 PARTES
025585 17.12.2014
AGUAS CARTAS
andinas».
HECHO ESENCIAL
AGUAS ANDINAS S.A.
Inscripción Registro de Valores N* 0346
Señor
Carlos Pavez Tolosa
Superintendente de Valores y Seguros
Presente
De mi consideración:
En virtud de lo establecido en el artículo 90 e inciso 20 del artículo 100 de la Ley N° 18.045,
de Mercado de Valores, y en la Norma de Carácter General N° 30 de esa Superintendencia, por
medio de la presente, estando debidamente facultado para ello, comunico a Ud. en carácter de
Hecho Esencial respecto de Aguas Andinas S.A. (la “Sociedad” o la “Compañía”), sus negocios, sus
valores de oferta pública o de la oferta pública de ellos, la siguiente información:
Que en su última sesión, el Directorio de la Sociedad adoptó, por la unanimidad de sus
miembros presentes, los siguientes acuerdos:
1. Dividendo Provisorio.
Distribuir entre los accionistas de la Sociedad la suma de $38.855.428.766.-, en calidad de
dividendo provisorio, a cuenta de las utilidades del ejercicio 2014. En razón de lo anterior, el
dividendo provisorio número 59 de la Compañía, ascenderá a la suma de $6,35.- por acción
y será exigible a partir del día 13 de enero de 2015.
2. Registro Líneas de Bonos.
Registrar e inscribir en el Registro de Valores de esa Superintendencia dos líneas de bonos
(individualmente la “Línea de Bonos” y conjuntamente las “Líneas”) cuyas principales
características son las siguientes:
(1) Monto máximo de cada Línea de Bonos: UF 4.000.000 (cuatro millones de Unidades de
Fomento), las que se inscribirán en pesos o en Unidades de Fomento.
(Ii) Plazo máximo de vencimiento de cada Línea de Bonos: 30 años contados desde la fecha de
su inscripción en el Registro de Valores de esa Superintendencia, dentro del cual deberán
vencer las obligaciones de pago de las distintas emisiones de bonos que se efectúen con
cargo a las Líneas.
(lil) Garantías: No tendrán garantías especiales.
(iv) Uso de los fondos: Refinanciamiento de pasivos y financiamiento de inversiones de la
Sociedad, según se determine en cada una de las escrituras complementarias.
(v) Otras condiciones generales: Los bonos podrán ser colocados en el mercado en general, se
emitirán desmaterializados, al portador, no serán convertibles en acciones de la Sociedad y
serán pagaderos en pesos.
Se deja expresa constancia que, no obstante los montos máximos de cada una de las
Líneas, sólo podrán colocarse bonos y/o tener colocaciones de bonos vigentes con cargo a
ellas, hasta por un monto total de UF 4.000.000 (cuatro millones de Unidades de Fomento),
considerando en conjunto los bonos colocados y vigentes emitidos con cargo a las
mencionadas Líneas.
Asimismo, el Directorio acordó facultar a sus apoderados para llevar a cabo la inscripción,
emisión y colocación de bonos con cargo a las Líneas en los términos que se determine en
su oportunidad.
Saluda atentamente a Usted,
Jordi Valls Ri
Jordi Valls GA
Gerente General
Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores
Bolsa Electrónica de Santiago, Bolsa de Valores
Bolsa de Corredores, Bolsa de Valores
Comisión Clasificadora de Riesgo
Fitch Chile Clasificadora de Riesgo Limitada
International Credit Rating Compañía Clasificadora de Riesgo Limitada
Banco de Chile
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=50a7f66116e44b262541cab79ec7f090VFdwQmVFNUVSWGxOUkVVd1RrUm5lVTFuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909