Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

AGENCIAS UNIVERSALES S.A. 2018-03-20 T-15:14

A

AGUNSA Chile
Edificio del Pacífico
Av. Andrés Bello 2687, Piso 15

Teléfono (56-2) 460 2700
Fax (56-2) 203 9000

Las Condes

Casilla 2511

Santiago, Chile
WWW.agunsa.com

r Valparaíso, 20 de marzo de 2018

Señores
Comisión para el Mercado Financiero
Presente
Inscripción Registro de Valores N” 360
Ref.: HECHO ESENCIAL
Señores:

Conforme a lo establecido en el artículo 9” e inciso segundo del artículo 10% de la Ley
N*18.045, y a lo indicado en la Sección Il, punto 2.2, de la Norma de Carácter General
N*30 de esa Comisión, adjuntamos hecho esencial debidamente suscrito por el Gerente
General.

Sin más, les saluda muy atentamente,

AGENCIAS UNIVERSALES S.A.

nte General

EG: Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores, Santiago – eBox
Bolsa Electrónica de Chile, Bolsa de Valores, Santiago
Bolsa de Corredores, Bolsa de Valores, Valparaíso
Archivo

ARICA + IQUIQUE + ANTOFAGASTA xx CHAÑARAL + QUINTERO xx VALPARAISO xx SANTIAGO xx SAN ANTONIO +xx SAN VICENTE xx PUERTO MONTT + PUNTA ARENAS

HECHO ESENCIAL

IDENTIFICACION DEL EMISOR:

INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE VALORES N* [0360

cnu 832-833-810

RUT 96.566.940-K

RAZON SOCIAL AGENCIAS UNIVERSALES S.A.
NOMBRE DE FANTASIA AGUNSA

DOMICIO LEGAL Y ADMINISTRATIVO URRIOLA 87, PISO 2
TELEFONO (32) 2217333

CASILLA 212-V

CIUDAD VALPARAÍSO

REGION 5

La presente comunicación se hace en virtud de lo establecido en el artículo 9” e inciso segundo
del artículo 10” de la Ley N” 18.045, y que trata de un hecho esencial respecto de la sociedad,
sus negocios, sus valores de oferta pública o de la oferta de ellos; como asimismo considerando
la Sección Il, punto 2.2, de la Norma de Carácter General N? 30 de la Comisión para el Mercado
Financiero.

HECHO ESENCIAL

Cumplo con informar, que en sesión extraordinaria celebrada con fecha 19 de marzo de 2018,
el Directorio de Agencias Universales S.A. (AGUNSA”) tomó conocimiento que, al 31 de
diciembre de 2017, AGUNSA dejó de cumplir con los requisitos copulativos establecidos en el
artículo 50 bis de la Ley N* 18.046 sobre Sociedades Anónimas, para contar con Comité de
Directores.

De igual forma, en la misma oportunidad el Directorio de AGUNSA acordó, por unanimidad, que
no se acogerá voluntariamente a las normas contenidas en el artículo 50 bis de la Ley NO
18.046, sobre Sociedades Anónimas, y que por tanto el Comité de Directores de AGUNSA ha
cesado en su funcionamiento.

Se autorizó al suscrito para efectuar las comunicaciones pertinentes.

Valparaíso, 20 de marzo de 2018

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=5b460577afc1233d7312306a8f2a31d1VFdwQmVFOUVRWHBOUkVFd1QxUkpNRTVSUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682376108

Por Hechos Esenciales
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