AGUNSA Chile
Edificio del Pacífico
Av. Andrés Bello 2687, Piso 15
Teléf -2) 460 2700
Fax (56-2) 203 9000
Santiago, 1 de julio de 2016
Señor
Superintendente de Valores y Seguros
Presente
Inscripción Registro de Valores N* 360
Ref.: HECHO ESENCIAL
Señor Superintendente:
Conforme a lo establecido en el artículo 9” e inciso segundo del artículo 10” de la Ley
N*18.045, y a lo indicado en la Sección Il, punto 2.2, de la Norma de Carácter General
N*30 de esa Superintendencia, adjuntamos hecho esencial debidamente suscrito por el
Gerente General, tal como fue facultado.
Sin más, les saluda muy atentamente,
AGENCIAS UNIVERSALES S.A.
! Ts
Luis Mancilla Pérez >
Ger nte- General
CC. Bolsa de Comercio de Santiago, Bolsa de Valores, Santiago – eBox
Bolsa Electrónica de Chile, Bolsa de Valores, Santiago
Bolsa de Corredores, Bolsa de Valores, Valparaíso
Archivo
AGUNSN
HECHO ESENCIAL
IDENTIFICACION DEL EMISOR:
INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE VALORES N” [0360
cu 832-833-810
RUT 96.566.940-K
RAZON SOCIAL AGENCIAS UNIVERSALES S.A.
NOMBRE DE FANTASIA AGUNSA
DOMICIO LEGAL Y ADMINISTRATIVO URRIOLA 87, PISO 2
TELEFONO (32) 2217333
FAX (32) 2254261
CASILLA 212V
CIUDAD VALPARAISO
REGION 5
La presente comunicación se hace en virtud de lo establecido en el artículo 9” e inciso segundo del
artículo 10? de la Ley N* 18.045, y que trata de un hecho esencial respecto de la sociedad, sus negocios,
sus valores de oferta pública o de la oferta de ellos; como asimismo considerando la Sección ll, punto
2.2, de la Norma de Carácter General N” 30 de la Superintendencia de Valores y Seguros.
HECHO ESENCIAL
En reunión de Directorio de la sociedad, celebrada el día de ayer, se acordó la creación de una sociedad
filial, en la que Agencias Universales S.A. participará con un 99,00% del capital social, la que se
denominará “AGUNSA Extraportuario S.A.”, y que tendrá por objeto exclusivo el desarrollo de almacén
extraportuario en la comuna de San Antonio, al amparo del Decreto N” 1114/1997, del Ministerio de
Hacienda, que establece el reglamento para la habilitación y concesión de recintos de depósito aduanero
y almacenamiento de mercancías. Dicha actividad será realizada en un inmueble que ya es de propiedad
de la sociedad en dicha comuna, restando sólo las obras de habilitación para tal fin, cuya inversión esta
en proceso de determinación.
Se autorizó al suscrito para efectuar las comunicaciones pertinentes.
A
s, : E
Luis Mancilla Pérez >,
<--Gérente General
Nw-
Santiago, 1 de julio de 2016
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=5c42c29f1a944fdea00fe8286154efb5VFdwQmVFNXFRVE5OUkVFMFRrUkZkMDVuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909