Hechos Esenciales Emisores Chilenos Un proyecto no oficial. Para información oficial dirigirse a la CMF https://cmfchile.cl

AGENCIAS UNIVERSALES S.A. 2010-01-29 T-16:24

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Resumen corto:
Agencias Universales S.A. AGUNSA een faces Av. Andrés Bello 2687, Piso 15 AGENCIAS UNIVERSALES INSCRIPCION REGISTRO DE VALORES N? 360 HECHO ESENCIAL Santiago, 28 de Enero de 2010 Señor Guillermo Larraín Ríos Superintendente de Valores y Seguros PRESENTE Señor Superintendente: En cumplimiento
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Agencias Universales S.A.
AGUNSA een faces Av. Andrés Bello 2687, Piso 15

AGENCIAS UNIVERSALES INSCRIPCION REGISTRO DE VALORES N? 360 HECHO ESENCIAL

Santiago, 28 de Enero de 2010

Señor

Guillermo Larraín Ríos Superintendente de Valores y Seguros PRESENTE

Señor Superintendente:

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 9 e inciso segundo del artículo 10% de la Ley N? 18.045 y en la Norma de Carácter General N? 30 de esa Superintendencia, y debidamente facultado al efecto, vengo en informar, en carácter de hecho esencial, que en sesión de directorio celebrada con fecha 27 de enero de 2010. se acordó aprobar una política general sobre operaciones habituales con partes relacionadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 147 letra b) de la ley sobre sociedades anónimas. las que se adjuntan a la presente comunicación y que serán puestas a disposición de los accionistas en las oficinas sociales y el sitio web de la compañía www.agunsa.cl.

Sin otro particular se despide atentamente,

C.C.: Bolsa de Comercio Bolsa Electrónica de Chile Bolsa Corredores – Bolsa de Valores Comisión Clasificadora de Riesgo Banco de Chile, representante de los Tenedores de Bonos DOCV

POLÍTICAS GENERALES DE OPERACIONES HABITUALES

AGENCIAS UNIVERSALES S.A.
(A -__ __ _ _ _=zrE— A A

De conformidad a lo acordado en Sesión de fecha 27 de enero de 2010 del Directorio de AGENCIAS UNIVERSALES S.A. ( la Sociedad o AGUNSA), el presente documento contiene las Políticas Generales de Operaciones Habituales de AGUNSA con sus partes relacionadas, según lo establecido en el Título XVI del a Ley N* 18.046.

Estas políticas tienen por finalidad, establecer las operaciones habituales que AGUNSA ejecuta y que en consideración a su giro social tienen el carácter de ordinarias, por lo que no deberán someterse a los requisitos y procedimientos establecidos en los números 1 al 7 del artículo 147 de la Ley de Sociedades Anónimas.

En atención al giro social de AGUNSA, se entenderán como operaciones ordinarias de la Sociedad con partes relacionadas, sin que la siguiente singularización sea taxativa sino solamente a título ejemplar, las siguientes:

a) La celebración, modificación y terminación de contratos de compra, venta, consignación, concesión, agenciamiento, importación, exportación, de representación, licencia y comercialización de todo tipo de servicios.

b) La celebración, modificación y terminación de contratos de transporte, despacho y servicios logísticos.

c) La celebración, modificación o terminación de contratos de arrendamiento de equipos y contenedores, y de otros muebles yo inmuebles destinados a la realización de las operaciones de la Sociedad y sus filiales.

d) La celebración, modificación y terminación de contratos de publicidad y marketing, incluyendo promociones respecto de los distintos bienes y servicios comercializados por AGUNSA y sus filiales.

e) La celebración, modificación y terminación de contratos de servicios, asistencia, asesoría, y de almacenamiento entre otros.

Edificio del Pacifico

f) La celebración, modificación y terminación de contratos de servicios corporativos relacionados con tareas de back office. como por ejemplo, procesos contables, control de inventarios y confección de estados financieros.

g) La celebración, modificación y terminación de contratos de cuenta corriente mercantil, cuenta corriente bancaria de cartas de crédito y Otros tipos de operaciones relacionadas con el financiamiento o garantía de operaciones de comercio exterior entre otras.

Se deja constancia que las operaciones con partes relacionadas, aún cuando sean calificadas como ordinarias, siempre deberán tener por objeto contribuir al interés social y deberán ajustarse en precio, términos y condiciones a aquellas que prevalezcan en el mercado al tiempo de su realización.

Las políticas contenidas en el presente instrumento se encuentran vigentes desde el día 27 de enero de 2010, y deberán mantenerse a disposición de los accionistas en las oficinas de la Sociedad y en página web www.agunsa.cl.

Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=ac38a49c7a68c43ec0c74f1a2556481dVFdwQmVFMUVRWGhOUkVGM1QxUnJlazVuUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909

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