Cuprum
Miembro de Principal Financial Group
Santiago, 19 de diciembre de 2014
Señor
Carlos Pavez Tolosa
Superintendente
Superintendente de Valores y Seguros
Presente
HECHO ESENCIAL
ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES CUPRUM S.A.
INSCRIPCIÓN REGISTRO DE VALORES N*107
De mi consideración:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 y en el inciso segundo del artículo 10 de la Ley
N*18.045 sobre Mercado de Valores y la Norma de Carácter General N*30 de esa Superintendencia
de Valores y Seguros, encontrándome debidamente facultado al efecto, informo a usted con
carácter de hecho esencial de Administradora de Fondos de Pensiones Cuprum S.A. (“Cuprum”)
lo siguiente:
Como es de público conocimiento, el 26 de septiembre de 2014 se celebraron sendas juntas
extraordinarias de accionistas de las sociedades Principal Institutional Chile S.A. (“PIC”) y
Cuprum (en adelante la “Junta de Fusión de PIC” y la “Junta de Fusión de Cuprum”,
respectivamente), en las cuales se acordó la fusión por absorción de Cuprum en PIC
(la “Operación”).
Continuando con este proceso, con fecha 9 de diciembre del año en curso, se celebró una junta
extraordinaria de accionistas de PIC (la “Nueva Junta PIC”), reducida a escritura pública con esa
misma fecha en la Notaría de Santiago de don Eduardo Avello Concha, en la que se adoptaron una
serie de acuerdos para complementar, precisar y/o modificar algunos de los aspectos relativos a
aquellos acuerdos adoptados en la Junta de Fusión de PIC relacionados con la Operación.
Asimismo, con esta misma fecha a las 09:00 horas se celebró una junta extraordinaria de
accionistas de Cuprum (la “Nueva Junta Cuprum”), en la cual se adoptaron una serie de
acuerdos a fin de adecuar los acuerdos adoptados en la Junta de Fusión de Cuprum a aquellas
complementaciones, precisiones y/o modificaciones adoptadas en la Nueva Junta PIC. El
siguiente es un breve resumen de los acuerdos adoptados en la Nueva Junta Cuprum:
1. Aprobar el nuevo texto refundido de los estatutos de PIC adoptados en la Nueva Junta PIC, en
el entendido que dichos estatutos serán los que rijan a la sociedad continuadora legal resultante
de la fusión.
2. Modificar ciertos aspectos del acuerdo de fusión aprobado en la Junta de Fusión de Cuprum,
relativos a las condiciones suspensivas y copulativas a que se encuentra sujeta la fusión y la
época en la cual surtirá efecto, aprobando un nuevo texto refundido del acuerdo de fusión. Entre
ellos, se acordó que la Operación se encuentra sujeta al cumplimiento de las siguientes
condiciones: (i) la inscripción de PIC y sus acciones en el Registro de Valores llevado por la
Superintendencia de Valores y Seguros; y (ii) que se emita la autorización por parte de la
Superintendencia de Pensiones a la existencia de PIC como AFP y a la operación de fusión de ésta
con Cuprum, por incorporación de esta última en la primera. Asimismo, se acordó que la fusión
comenzará a surtir efectos a contar de la fecha que señale la resolución de la Superintendencia
de Pensiones autorizando la fusión. La Nueva Junta Cuprum acordó mantener, con efecto a
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Cuprum
contar de la fecha de la Junta de Fusión Cuprum, el acuerdo de fusión por incorporación de
Cuprum en PIC en todo aquello no modificado por la Nueva Junta Cuprum.
3. Tomar conocimiento de los documentos complementarios de los informes periciales y estados
financieros que habían sido aprobados en la Junta de Fusión de Cuprum, acordando mantener
íntegramente y en todas sus Partes la aprobación de los informes periciales y los estados
financieros originales, como también la relación de canje, en los términos originalmente
acordados en la Junta de Fusión de Cuprum.
4. Tomar conocimiento del acuerdo adoptado en la Nueva Junta PIC sobre aumento de capital y
emisión de nuevas acciones de PIC, las que se destinarán integramente a ser distribuidas a los
accionistas de Cuprum, excluido PIC en su calidad de actual accionista de Cuprum, en la
proporción que les corresponda de acuerdo a la relación de canje acordada en la Junta de Fusión
PIC; y aprobar que dicho aumento de capital se encontrará reflejado en los estatutos que regirán
a la sociedad continuadora legal resultante de la fusión.
5. Señalar la conformidad de los accionistas de Cuprum con el acuerdo adoptado en la Nueva
Junta PIC acerca de que el nombre de la sociedad continuadora legal luego de la fusión, con
efecto a contar del día en que ésta surta efectos, será “Administradora de Fondos de Pensiones
Cuprum S.A.”.
6. Aprobar los antecedentes que sirvieron de base para los acuerdos adoptados en la Nueva Junta
Cuprum.
Sin otro particular, saluda atentamente a Ud.,
4 Gerente Ge
Ignacio Alvarez Avendañ
4
c.C. Bolsa de Comercio de Santiago
Bolsa Electrónica de Chile
Bolsa de Corredores de Valparaiso
Superintendencia de Pensiones
Link al archivo en CMFChile: https://www.cmfchile.cl/sitio/aplic/serdoc/ver_sgd.php?s567=f7fe273173d9ef82e329a7d0ff74a1fdVFdwQmVFNUVSWGxOUkVVd1RtcEZlazlCUFQwPQ==&secuencia=-1&t=1682366909