REPERTORIO N*8.500/2022.-
OT 104413
ACTA
ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE APORTANTES
LAS CUMBRES FONDO DE INVERSIÓN PRIVADO
EN SANTIAGO DE CHILE, a veinticinco de julio de dos mil veintidós, ante mí,
ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, Notario Público Interino de la Cuadragésimo
Octava Notaría de Santiago con domicilio en esta ciudad, Avenida Apoquindo número
tres mil setenta y seis, oficina seiscientos uno, sexto piso, comuna de Las Condes,
Región Metropolitana, según Decreto número doscientos sesenta y seis guion dos
mil veintidós, de la Presidencia de la Corte de Apelaciones, Rol Pleno número mil
veinticinco — dos mil veinte, de fecha veintidós de junio del dos mil veintidós, protocolizado
al final de los registros del mes de junio del mismo año, comparece: don YOEL
MAGENDZO DUKES , chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad número
dieciocho millones veintitrés mil setecientos setenta y seis guion tres , domiciliado para
estos efectos en Miraflores doscientos veintidós, piso veintiocho, comuna y ciudad de
Santiago; el compareciente mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédula
antes mencioriada y expone: Que debidamente facultado al efecto, viene en reducir a
escritura pública el acta de la asamblea extraordinaria de aportantes del fondo de
inversión Las Cumbres Fondo de Inversión Privado, celebrada con esta fecha y cuyo
tenor es el siguiente: “ACTA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE APORTANTES LAS
CUMBRES FONDO DE INVERSIÓN PRIVADO. En Santiago de Chile, a veinticinco de
julio de dos mil veintidós, siendo las nueve horas, en las oficinas de la Administradora
AGG S.A. lla “Administradora”! ubicadas en Isidora Goyenechea número dos mil
ochocientos, piso treinta y nueve, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, se celebró
la Asamblea Extraordinaria de Aportantes /la “Asamblea”/ de Las Cumbres Fondo de
Inversión Privado /el “Eondo”/. Il. ASISTENCIA. Asistieron a la presente asamblea los
aportantes que se indican a continuación: Aportante; Nombre Representante; Número
de Cuotas; Serie. Diego Daniel Milberg; Cristián Eyzaguirre C.; cincuenta y siete mil
seiscientos seis; Uno. Daniel Milberg; Cristián Eyzaguirre C.; cuarenta y nueve mil; Uno.
Dolores Milberg; Cristián Eyzaguirre C.; cuarenta y dos mil ciento dieciséis; Uno. Adela
Ayerza; Cristián Eyzaguirre C.; treinta y nueve mil quinientos noventa y uno; Uno. Vicente
Gutiérrez; Cristián Eyzaguirre C.; cincuenta y cinco mil novecientos cuarenta y tres; Uno.
Pablo Gutiérrez; Cristián Eyzaguirre C.; cuarenta y seis mil trescientos cuatro; Uno.
Sebastián Gutiérrez; Cristián Eyzaguirre C.; cinco mil ciento sesenta y cuatro; Uno. Abel
Ayerza; Cristián Eyzaguirre C.; cincuenta y tres mil ciento ochenta y nueve; Uno. Reder
Corp.; Cristián Eyzaguirre C.; ochenta y siete mil doscientos veintinueve; Uno. Artes
Corp.; Cristián Eyzaguirre C.; ochenta y siete mil doscientos treinta; Uno. Eduardo J.
Escasany; Cristián Eyzaguirre C.; ochenta y tres mil setecientos setenta y cuatro; Uno.
Federico Braun; Cristián Eyzaguirre C.; cincuenta y un mil seiscientos cuarenta; Uno.
Santiago Braun; Cristián Eyzaguirre C.; veinticinco mil ochocientos veinte; Uno. Inés
Braun; Cristián Eyzaguirre C.; treinta y cuatro mil cuatrocientos veintiséis; Uno. Pablo
Braun; Cristián Eyzaguirre C.; diez mil trescientos veintisiete; Uno. Susana Braun;
Cristián Eyzaguirre C.; ocho mil seiscientos siete; Uno. Arturo Santillán; Cristián
Eyzaguirre C.; ochomil seiscientos siete; Uno. María Braun; Cristián Eyzaguirre C.; ocho
mil seiscientos seis; Uno. Nicolás Braun; Cristián Eyzaguirre C.; tres mil cuatrocientos
cuarenta y dos; Uno. Mercedes Guerrero; Cristián Eyzaguirre C.; cinco mil ciento sesenta
y cuatro; Uno. Isabel Guerrero; Cristián Eyzaguirre C.; cinco mil ciento sesenta y tres;
Uno. Francisca Guerrero; Cristián Eyzaguirre C.; tres mil cuatrocientos cuarenta y dos;
Uno. Guillermo Pando; Cristián Eyzaguirre C.; catorce mil seiscientos noventa; Uno.
Gonzalo Oromi; Cristián Eyzaguirre C.; nueve mil setecientos noventa y dos; Uno.
Verónica Lagos Mármol; Cristián Eyzaguirre C.; cuatro mil ochocientos noventa y seis;
Uno. Juan José Quiroga; Cristián Eyzaguirre C.; cincuenta y cinco mil trescientos sesenta
y seis; Uno. TOTAL: ochocientas cincuenta y siete mil ciento treinta y cuatro Cuotas.
Se encuentra también presente Antonieta Marina Rojas Pontigo, Notario Público Interina
la Asamblea, el director de la Administradora, don Juan Carlos Ruz Aedo, y actuó como
secretario especialmente designado al efecto, don Yoel Magendzo Dukes. III. HOJA DE
ASISTENCIA. Los representantes firmaron la hoja de asistencia, en la que se indica el
número de cuotas que representa. IV. PARTICIPANTES DE LA ASAMBLEA Y
PODERES. Se dejó constancia que podrán participar en las asambleas aquellos
aportantes que figuren inscritos en el Registro de Aportantes del Fondo, al inicio de la
presente Asamblea. Los poderes otorgados a los presentes fueron revisados,
encontrándose estos poderes y la hoja de asistencia a disposición de los aportantes, los
que fueron aprobados sin objeción por la unanimidad de los aportantes. V.
INSTALACIÓN DE LA ASAMBLEA. El señor presidente señaló que se encontraban
reunidos ochenta y ocho coma treinta y cinco por ciento/ de las cuotas válidamente
emitidas del Fondo con derecho a voto, esto es, ochocientos cincuenta y siete mil ciento
treinta y cuatro cuotas Serie Uno suscritas e integramente pagadas, del total de cuotas
que son novecientos setenta mil ciento noventa y siete cuotas Serie Uno, setecientas
cuotas Serie Dos y doscientas cincuenta cuotas Serie Tres. Asimismo, solicitó que se
dejara constancia en acta que, en virtud de lo establecido en el artículo cuarenta y cuatro
del reglamento interno del Fondo /el “Reglamento Interno”/, se efectuó la citación a la
Asamblea mediante el envío de correo electrónico a los Aportantes, al menos en tres
ocasiones, a las direcciones que tienen registradas en el Registro de Aportantes. El
primer correo electrónico fue enviado con al menos diez días corridos de anticipación. El
Presidente solicitó la omisión de la lectura de las citaciones mencionadas, lo que fue
aprobado por la unanimidad de los aportantes asistentes. Por lo anterior, el señor
presidente declaró legalmente instalada la Asamblea y abierta la sesión. VI. FIRMA DEL
ACTA. Propuso el señor presidente que el acta sea firmada por el presidente y el
secretario de la Asamblea, y por el representante de los aportantes que concurre a la
presente Asamblea. La Asamblea, por unanimidad, aceptó la propuesta del señor
presidente. El señor presidente indicó que el acta contendrá los acuerdos que se adopten
en ella y dejará constancia de los votos que emitan los aportantes cuando se proceda a
votación, de ser necesario, entendiéndose definitivamente aprobada una vez firmada por
las personas antes indicadas. Vil OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El señor
presidente indicó que las materias en tabla a ser discutida en la presente Asamblea es la
siguiente: /a/ Pronunciarse acerca de la disolución anticipada del Fondo; /b/ Fijar el
procedimiento de liquidación y en especial, designar al liquidador, fijándole sus
atribuciones, deberes y remuneración; y /c/ Adoptar todos los demás acuerdos
necesarios o convenientes para cumplir y llevar a efecto las decisiones que determine la
Asamblea. VIII. ACUERDOS. /a/ Pronunciarse acerca de la disolución anticipada del
Fondo. El señor Presidente indicó que, de conformidad con lo señalado en la tabla de la
Asamblea, y sin perjuicio que el plazo de duración del Fondo se extendía hasta el día
trece de noviembre de dos mil veintitrés, se estimaba conveniente acordar la disolución
anticipada del Fondo y así proceder a su liquidación. Al respecto, el Presidente indicó
que la propuesta se fundaba en el hecho que se habían liquidado la mayoría de los
activos del Fondo y por lo tanto se estimaba correspondiente proceder a liquidar los
activos y pasivos actuales. Luego de un breve intercambio de opiniones, la Asamblea
acordó, por unanimidad de los presentes, equivalentes a ochenta y ocho coma treinta y
cinco por ciento de las cuotas emitidas con derecho a voto, disolver anticipadamente el
Fondo y proceder con su liquidación, dando cumplimiento al quórum mínimo de dos
tercios requerido por el Reglamento Interno. /b/ Fijar el procedimiento de liquidación
y en especial, designar al liquidador, fijáandole sus atribuciones, deberes y
remuneración. El señor Presidente señaló que, atendido que los señores Aportantes
habían acordado disolver anticipadamente el Fondo, correspondía pronunciarse desde
ya, acerca de los términos del proceso de liquidación, procediendo al efecto a designar
al liquidador, fijar sus atribuciones, deberes y remuneración. Para estos efectos, se
propuso, en concordancia con lo estipulado en el artículo cincuenta y cinco del
Reglamento Interno, que la misma Administradora llevase a cabo el proceso de
liquidación del Fondo, teniendo para ello las más amplias facultades de administración y
disposición, en particular la de distribuir los recursos del Fondo a los Aportantes del
Fondo, de acuerdo con el procedimiento que se acuerde. Conforme al artículo cincuenta
y seis del Reglamento Interno, por unanimidad de los presentes, equivalentes a ochenta
como liquidador a la Administradora, quien deberá actuar a través de su directorio,
otorgándole un plazo de un año para terminar con su cometido, contados desde la fecha
de la Asamblea, quedando facultada además para realizar todas las gestiones y
actuaciones necesarias con el objeto de realizar y vender, la totalidad de los activos del
Fondo, pagar las deudas y pasivos del mismo, y efectuar las distribuciones finales a los
Aportantes. Adicionalmente, se acuerda que la Administradora no recibirá remuneración
durante el proceso de liquidación del Fondo, pero podrá cobrar a los aportantes todos los
gastos que se incurran por la liquidación a prorrata de su participación en el Fondo.
Adicionalmente, se aprobó que la Administradora, en su carácter de liquidador del Fondo,
representará judicial y extrajudicialmente al Fondo, y tendrá las más amplias facultades
que correspondan para llevar adelante su cometido, las cuales se ejercerán por medio
de los apoderados regulares de ésta y sin que sea necesario el otorgamiento de poderes
especiales para actuar en dicha calidad, siempre limitado a aquellas facultades y
atribuciones necesarias para la adecuada realización de los activos del Fondo. El Fondo
deberá pagar todos los pasivos y obligaciones que mantuviera vigentes y provisionar los
gastos y pasivos futuros que deban cubrirse durante el periodo de liquidación y vender
todos los activos del Fondo para dejar en dinero en efectivo todos los activos del Fondo.
Durante el periodo de liquidación del Fondo, sólo podrán ejecutarse los actos y celebrarse
los contratos que tiendan directamente a facilitar dicho proceso. Una vez materializada
el pago de pasivos y la liquidación de activos a dinero en efectivo, el proceso de
liquidación supone que el Fondo distribuya a los aportantes, los remanentes del Fondo a
prorrata de las cuotas del Fondo. /c/ Adoptar todos los demás acuerdos necesarios
o convenientes para cumplir y llevar a efecto las decisiones que determine la
Asamblea. La Asamblea acordó, por la unanimidad de las cuotas presentes, facultar a
los señores Cristián Eyzaguirre Court, Yoel Magendzo Dukes y María Ignacia Urzúa
Reyes, para que uno cualquiera de ellos, actuando separada e indistintamente, reduzca
a escritura pública, en todo o en parte, el acta de esta Asamblea, así como la certificación
notarial pertinente; y lleve a cabo todos los trámites inherentes a la materialización de los
acuerdos adoptados en la presente Asamblea. Asimismo, se otorga poder especial, pero
tan amplio como sea necesario, a los señores Cristián Eyzaguirre Court, Yoel Magendzo
Dukes y María Ignacia Urzúa Reyes para que uno cualquiera de ellos, en representación
de los comparecientes y de la Sociedad, realice todas las actuaciones que estime
necesarias o convenientes, y suscriba o extienda todos los instrumentos públicos y
privados que fueren necesarios para aclarar, rectificar o complementar la presente acta
de Asamblea Extraordinaria de Aportantes de la Sociedad, o la escritura pública a la que
sea reducida, incluso pudiendo acordar el saneamiento de los vicios formales que
eventualmente tuviere, estando autorizados para extender escrituras modificatorias,
complementarias, rectificatorias o de saneamiento, requerir notificaciones o
aceptaciones, solicitar anotaciones, inscripciones o subinscripciones en toda clase de
registros, efectuar declaraciones, firmar minutas y, en general, suscribir todo tipo de
documentos o realizar cualquier gestión útil para materializar los acuerdos adoptados en
la presente sesión de directorio, estando especialmente facultados para delegar sus
atribuciones en una o más personas. IX. CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS. Se
acordó dejar constancia que, firmada el acta por el señor presidente y el secretario de la
Asamblea y por las personas designadas al efecto, se la tendrá por aprobada
definitivamente, sin necesidad de otra formalidad; y que los acuerdos que en ella se
consignan podrán ser cumplidos desde ese momento. X. TÉRMINO. No existiendo otras
materias que tratar, siendo las diez horas el señor presidente agradece a los señores
aportantes por su asistencia y levanta la sesión de la Asamblea Extraordinaria de
Aportantes de Las Cumbres Fondo de Inversión Privado. Hay firmas ¡legibles. Juan
Carlos Ruz Aedo; Presidente. Yoel Magendzo Dukes; Secretario; Cristián Eyzaguirre
Court. HOJA DE ASISTENCIA. Asisten a la Asamblea Extraordinaria de Aportantes de
Las Cumbres Fondo de Inversión Privado, celebrada el día veinticinco de julio de dos mil
veintidós, a las nueve horas, en las oficinas de Administradora AGG S.A., ubicadas en
Miraflores doscientos veintidós, piso veintiocho, comuna y ciudad de Santiago, Chile, las
siguientes personas: Aportante; Nombre Representante; Número de Cuotas; Serie.
Diego Daniel Milberg; Cristián Eyzaguirre C.; cincuenta y siete mil seiscientos seis; Uno.
Daniel Milberg; Cristián Eyzaguirre C.; cuarenta y nueve mil; Uno. Dolores Milberg;
Cristián Eyzaguirre C.; cuarenta y dos mil ciento dieciséis; Uno. Adela Ayerza; Cristián
vlérrez;
VARIA «SS
Gutiérrez; Cristián Eyzaguirre C.; cuarenta y seis mil trescientos cuatro; Uno. Sebastián
Gutiérrez; Cristián Eyzaguirre C.; cinco mil ciento sesenta y cuatro; Uno. Abel Ayerza;
Cristián Eyzaguirre C.; cincuenta y tres mil ciento ochenta y nueve; Uno. Reder Corp.;
Cristián Eyzaguirre C.; ochenta y siete mil doscientos veintinueve; Uno. Artes Corp.;
Cristián Eyzaguirre C.; ochenta y siete mil dblcientos treinta; Uno. Eduardo J. Escasany;
Cristián Eyzaguirre C.; ochenta y tres mil setecientos setenta y cuatro; Uno. Federico
Braun; Cristián Eyzaguirre C.; cincuenta y un mil seiscientos cuarenta; Uno. Santiago
Braun; Cristián Eyzaguirre C.; veinticinco mil ochocientos veinte; Uno. Inés Braun;
Cristián Eyzaguirre C.; treinta y cuatro mil cuatrocientos veintiséis; Uno. Pablo Braun;
Cristián Eyzaguirre C.; diez mil trescientos veintisiete; Uno. Susana Braun; Cristián
Eyzaguirre C.; ocho mil seiscientos siete; Uno. Arturo Santillán; Cristián Eyzaguirre C.;
ochomil seiscientos siete; Uno. María Braun; Cristián Eyzaguirre C.; ocho mil seiscientos
seis; Uno. Nicolás Braun; Cristián Eyzaguirre C.; tres mil cuatrocientos cuarenta y dos;
Uno. Mercedes Guerrero; Cristián Eyzaguirre C.; cinco mil ciento sesenta y cuatro; Uno.
Isabel Guerrero; Cristián Eyzaguirre C.; cinco mil ciento sesenta y tres; Uno. Francisca
Guerrero; Cristián Eyzaguirre C.; tres mil cuatrocientos cuarenta y dos; Uno. Guillermo
Pando; Cristián Eyzaguirre C.; catorce mil seiscientos noventa; Uno. Gonzalo Oromí;
Cristián Eyzaguirre C.; nueve mil setecientos noventa y dos; Uno. Verónica Lagos
Mármol; Cristián Eyzaguirre C.; cuatro mil ochocientos noventa y seis; Uno. Juan José
Quiroga; Cristián Eyzaguirre C.; cincuenta y cinco mil trescientos sesenta y seis; Uno.
CERTIFICADO. El Notario que suscribe certifica: PRIMERO: Haber asistido a la
Asamblea Extraordinaria de Aportantes de Las Cumbres Fondo de Inversión Privado, que
se celebró en el día, hora y lugar que se indica en el acta que precede. SEGUNDO: Que
se encontraban presentes en la Asamblea las personas que indica el acta. TERCERO:
Que asistieron a la Asamblea aportantes que representan ochenta y ocho coma treinta y
cinco por ciento cuotas emitidas y suscritas del Fondo y se cumplieron los trámites
reglamentarios y legales de convocatoria a Asamblea Extraordinaria de Aportantes.
CUARTO: Que las proposiciones hechas a la Asamblea fueron íntegramente leídas,
puestas en discusión y aprobadas por unanimidad de los asistentes. QUINTO: Que el
acta precedente es un reflejo fiel y exacto de todo lo actuado y acordado en la Asamblea.
Santiago, veinticinco de julio de dos mil veintidós. Hay una firma ilegible. Antonieta Marina
Rojas Pontigo. Notario Público Interino. Cuadragésima octava Notaría de Santiago”.
Conforme con el acta origina! que he tenido a la vista. En comprobante, y previa lectura,
A
YOEL MAGENDZO DUKES
C.N.l. N? 80234 HS
DM £
La presente copia es
testimonio fiel de su original
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REPERTORIO NY 4.500
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